El Resumen de Actividades Individuales (RAI) ha sido declarado nulo por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras considerarse que «no se ajusta al derecho». Este indicador ofrecía premios y una elevada consideración a aquellos agentes que impusieran más multas de tráfico a los conductores.
La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha sido motivo de contento para los agentes que en todo este tiempo, han visto como se cuestionaba su trabajo por el sobreinterés en la imposición de multas de tráfico. El cambio solicitado en un recurso por parte de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), pretendía cambiar una norma que se implantó en 2010 a raíz de la conocida ‘huelga de bolis caídos’.
De esta forma el RAI controlaba la actividad de los agentes en todos los aspectos, ofreciendo especial importancia y valoración al número de multas de tráfico que imponían a los conductores. Una medida que les impulsaba a cazar de cualquier manera con sanciones para lograr premios, así como conservar privilegios, fomentando el afán recaudatorio.
Para luchar contra lo que en opinión de la AUGC les convertía en una «espiral recaudatoria ajena a los principios básicos de la agrupación» y promoviendo la competitividad agresiva entre unidades, debido a que unos jefes cobraban más si sus subordinados eran los que recaudaban más con multas, se plantearon un recurso que ahora el Tribunal Superior les ha dado por fin la razón.
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