¿Puedo negarme a hacer la prueba de alcoholemia?
Todos los que conduzcan un vehículo, ya sea con motor o sin él, están obligados a someterse a la prueba de alcoholemia si un agente lo considera necesario.
Los conductores de vehículos y bicicletas, cuando sean requeridos para ello por un agente de la autoridad, están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia, tal y como establece el Reglamento General de Circulación.
La negativa a someterse a dichas pruebas se encuentra tipificada como delito en el artículo 383 del Código Penal, que establece que: “El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas […], será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.”
Para que pueda considerarse que se ha producido tal negativa por parte del conductor, es necesario que exista un requerimiento expreso a la realización de dichas pruebas por parte del agente, así como una voluntad del conductor de desobedecer dicho requerimiento, ya sea negándose expresamente a no hacer la prueba, o bien manteniendo una actitud pasiva.
¿Y si doy positivo en el control de alcoholemia?
Las sanciones por superar la tasa de alcohol permitida es de 500 euros y pérdida de 4 o 6 puntos, o bien 1000 euros y retirada de 4 o 6 puntos, en el caso de los conductores que ya hubieran sido multados por alcoholemia en el año anterior, así como para aquellos que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a 0,60 miligramos por litro o superior a 1,2 gramos por litro en sangre, nos encontraremos ante un ilícito penal, en lugar de una sanción administrativa.
La multa en este caso sería una pena de prisión de tres a seis meses o bien la de multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Por lo tanto, es importante tener en cuenta que, en caso de no llegar a una tasa que suponga un ilícito penal, la negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol, tiene consecuencias más graves que el hecho de arrojar un resultado positivo, por lo que, aun cuando se tenga la certeza de dar positivo en el control no es recomendable negarse a la realización del mismo.
Marta Civiero
Departamento Jurídico de Pyramid Consulting
Hola .siendo chófer profesional .donde el limite es 0.0 ,, te da 1.70. Cual sería la sanción.
Buenos días, Saúl:
Indicarte que a partir de una tasa de alcohol en aire superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, la infracción deja de ser una sanción administrativa y se convierte en un delito penal. En este caso las consecuencias son más graves, y la sanción consistirá en una pena de:
– PENA DE PRISIÓN de 3 a 6 MESES, o
– PENA de MULTA de 6 a 12 MESES, o
– PENA DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD de 31 A 90 DÍAS
En cualquiera de los tres supuestos, siempre se producirá la RETIRADA DEL PERMISO DE CONDUCIR vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a UN AÑO y hasta CUATRO AÑOS.
Quedamos a su disposición para cualquier otra consulta.
Muchas gracias.
Un saludo
Si mi coche está estacionado en doble fila no voy conduciendo y me dicen q realize una prueba de alcoholemia porque el coche es mio.. Estoy cometiendo un delito.
Buenas tardes David,
El hecho denunciado es claro, es por CONDUCIR bajo los efectos del alcohol, por tanto si usted está estacionado no deberían obligarle a hacer el control del alcoholemia por lo que habría posibilidad de recurrir esa sanción.Para cualquier consulta, no dude en contactar con nosotros.
Muchas gracias,
Un saludo.
Di una tasa de alcoholemia 0,05 superior a la tasa Que marca la ley, aparte estaba saliendo de una camino de tierra y nos estaban esperando nos pararon sin ningún motivo y me hicieron la prueba de alcoholemia sin ningún motivo ni presentaba embriaguez
Es locito el procedimiento?
Buenas tardes Luis:
El procedimiento es normal, si bien en muchas ocasiones la Administración no remite las pruebas necesarias para imponer este tipo de sanciones y por ello, recomendamos recurrir este tipo de denuncias para solicitar las pruebas oportunas para la iniciar la defensa del procedimiento.
Gracias.
Un saludo.