Conducir estando en tratamiento con antidepresivos
Los trastornos depresivos son una patología frecuente. En ella, no sólo la padece el afectado, sino también los que están a su alrededor. Por eso, se suele tratar con antidepresivos que no siempre son compatibles con la conducción.
La depresión es una patología que puede afectar a cualquiera en un momento dado. La parte buena es que, en la mayoría de los casos, se consigue controlar. Con frecuencia, el tratamiento pasa por los antidepresivos.
La depresión cursa con diversas manifestaciones, siendo una de las primordiales el bajo estado de humor o ánimo y de conducta (desinterés por todo y visión negativa de la vida). Esta patología, además, deteriora el rendimiento cognitivo y la capacidad de concentración. Por eso, una persona con estos síntomas no deberá, en principio, conducir, como medida de prevención ante una mayor accidentalidad.
El tratamiento con antidepresivos
Actualmente, cuando una persona es diagnosticada con depresión se la pone, en el menor tiempo posible, bajo un tratamiento de antidepresivos. Con frecuencia, además, necesitará también tratamiento psicológico.
Una de las particularidades del tratamiento con antidepresivos es que sus efectos no son inmediatos. Al contrario, la mejoría comenzará a notarse después de varias semanas, y siempre de manera progresiva. También por este motivo el tratamiento se mantendrá durante unos meses, cuyo número variará en función de la situación de cada paciente.
Los antidepresivos y la conducción
Como decíamos, algunos de los síntomas de la depresión pueden afectar directamente a la capacidad para conducir. Así, el desinterés, en enaltecimiento o la baja capacidad de concentración supondrán trabas para ponerse al volante.
Es por eso que, en principio, está desaconsejado que conduzca una persona con depresión sin haber empezado el tratamiento con antidepresivos. Pero ¿qué pasa una vez se han empezado a tomar?
Los fármacos antidepresivos mejoran la situación clínica del paciente y le permiten encontrarse en mejores condiciones para conducir. No obstante, como cualquier medicamento, pueden tener efectos secundarios en algunos pacientes.
Éstos deberán tener en cuenta que, si bien en un primer momento no deberán conducir, están inmersos en un proceso evolutivo. Por eso, a medida que el paciente continúe con la medicación, tolerará mejor esos efectos adversos y mejorará en su situación clínica. Finalmente, la mayoría podrá conducir con normalidad.
La opinión de los médicos
Por todo esto, los médicos recomiendan no conducir durante las primeras semanas, así como utilizar maquinaria pesada o llevar a cabo trabajos de riesgo. Así, evitarán que algunos posibles efectos secundarios (somnolencia, vértigos, mareos…) les perjudique en la conducción.
A pesar de que todos los antidepresivos llevan su propio pictograma sobre conducción, no todos afectan a la conducción en el mismo grado. Por eso, cuando necesitemos conducir lo mejor será consultarlo con el médico o el farmacéutico, que podrán prescribirnos el medicamento más adecuado.
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Rívotril 0,5(4 al día)
Deprax y zolpiden para dormir
Me gustaría saber si con esta medicación puedo conducir ya que siento inestabilidad y dolores de cabezas crónicos
Buenas tardes Pilar,
Dependiendo de la composición química de la medicación que toma, estará permitido o no la conducción bajo sus efectos. Mi recomendación es que si siente inestabilidad y cefaleas, antes de conducir, consulte con su médico que es quien podrá indicarle de forma correcta si por el hecho de tomar toda esa medicación de forma conjunta, es recomendable la conducción.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola! Quisiera saber si tomando SERTRALINA CLORHIDRATO de 50 mg puedo conducir carga peligrosa..
Buenos días, David:
Los medicamentos como sertralina pueden afectar a su capacidad para conducir o utilizar máquinas. Por lo tanto, no conduzca ni maneje maquinaria pesada, hasta que no sepa cómo afecta este medicamento a su capacidad para desarrollar estas actividades.
Los médicos recomiendan no conducir durante las primeras semanas, así como utilizar maquinaria pesada o llevar a cabo trabajos de riesgo. Así, evitarán que algunos posibles efectos secundarios (somnolencia, vértigos, mareos…) les perjudique en la conducción.
A pesar de que todos los antidepresivos llevan su propio pictograma sobre conducción, no todos afectan a la conducción en el mismo grado. Por eso, cuando necesite conducir lo mejor será consultarlo con el médico o el farmacéutico, que podrán prescribirnos el medicamento más adecuado.
Saludos
Se puede conducir con escitalopram 20 MG?
Estimado Guillermo,
Le recomendamos que su médico le confirme si consumiendo ese medicamentos puede conducir, que no afecta a sus habilidades y que le facilite un certificado médico para que pueda llevar en el vehículo. Existen controles de sustancias estupefacientes en el que los medicamentos pueden llegar a alterarlos dando resultado positivo.
El Reglamento General de Conductores establece que en caso de que se demostrase que los medicamentos le afectan para la conducción, podrían declarar la pérdida de vigencia del permiso hasta que acredite que ha dejado de consumirlos. En concreto se recoge en el artículo 36 del Reglamento de Conductores. Por ello le recomendamos que se asegure con su médico que estos medicamentos no le afectan a la conducción y que así lo haga constar en un certificado.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola. Hace 3 años por circunstancias personales..estuve tomando fluoxetina 20 gramos durante 5 o 6 meses…fui reduciendo note mejoría..lo superé. Desde entonces ya no tomo nada. Este tratamiento me lo puso mi médico de cabecera, no necesite psicologa ni psiquiatra. Ahora me toca renovar el carnet de conducir. Será impedimento para la obtención de la renovacion???
Buenos dias Raquel,
Existen una serie de enfermedades que pueden impedir o suponer un obstáculo a la hora de renovar el carnet de conducir. En este sentido, el caso que nos comenta no debería suponer un problema. Tenga en cuenta que en el examen médico no le preguntarán por todas estas enfermedades, si no si se ha operado recientemente, etc. Por tanto no debería tener problema en renovar el permiso de conducir.
Muchas gracias,
Un saludo.
si tomo 20mg de fluoxetina ¿afectará mi conducción llevando 3 meses consumiendola?
Estimada Catalina,
Normalmente en los prospectos de los antidepresivos como la fluoxetina viene un apartado referente a la conducción. No obstante, le recomendamos que consulte con un médico ya que podrá asesorarle mejor en esta materia.
Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes. Hace un año q empecé a tomar 20mg de escitalopram y ahora ya me han bajado la dosis a 15mg. Tengo q renovar el carnet de conducir y me lo han hecho para 5 años. Esto es así?.
Estimada Mari Carmen,
El periodo por el que se concede la renovación del permiso, depende de la edad del interesado así como del tipo de permiso que se desee renovar. El clásico ejemplo es el de permiso tipo B, cuya renovación para personas mayores de 65 años, se concede por un periodo de 5 años.
Si la renovación en sí depende de una patología previa, sería preciso conocer los detalles de la misma, no obstante, en el Anexo IV del Reglamento General de Conductores (RD 818/2009, de 8 de mayo) se prevén la mayoría de supuestos, siendo la norma general que el facultativo pueda reducir el periodo de vigencia según su criterio, en virtud del cuadro y medicación del interesado.
Le animamos a contactar con nuestro Departamento Jurídico para cualquier cuestión que necesite.
Un abrazo y feliz tarde!!!
Hola.
He estado de baja laboral por ansiedad un año, y he estado tomando Diazepan y Escitalopram.
Actualmente ya estoy incorporada y solo tomo 1 Escitalopram (15mg) al día a punto de reducir la dosis.
Me estoy sacando el carnet, ¿tendré algún problema para presentarme al exámen?
Gracias y un saludo.
Estimado Amig@,
Tanto las benzodiazepinas como el inhibidor (escitalopram), pueden causar somnolencia y reducir la atención y la capacidad de reacción. Todo depende del tiempo que haya estado tomando dichos medicamentos y sólo su médico y Vd. conocen el alcance de dicha medicación en su organismo, por lo que antes de realizar la prueba sería conveniente acuda a su médico para que certifique que está en condiciones de realizar el examen. Ello además será relevante de cara al examen médico que se realiza para el carnet, y que se llama reconocimiento del estado general de la salud: Consiste en un chequeo general en el que te toman la tensión, te hacen preguntas básicas sobre tu historial clínico para saber si tienes alguna enfermedad, si te han operado alguna vez, si tienes antecedentes familiares de diabetes, dolencias cardíacas etc. No estará de más que acompañe un certificado médico que avale su actual estado y le facilite pasar el trámite.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es.
Un abrazo y feliz día!!!
Tomo escitalopram 20 mg de mañana y bromazepam 3 mg mañana tarde y noche…..puedo seguir conduciendo? Mi marido no quiere.yo ne siento capaz!!!!! Hace años que tomo…..
Estimada Viviana,
Le recomendamos que su médico le confirme si con el consumo de esos medicamentos puede conducir, que no afecta a sus habilidades y que le facilite un certificado médico para que pueda llevar en el vehículo. Existen controles de sustancias estupefacientes en el que los medicamentos pueden llegar a alterarlos dando resultado positivo.
El Reglamento General de conductores establece que en caso de que se demostrase que los medicamentos le afectan para la conducción, podrían declarar la pérdida de vigencia del permiso hasta que acredite que ha dejado de tomarlos. En concreto se recoge en el artículo 36 del Reglamento de Conductores. Por ello le recomendamos que se asegure con su médico que estos medicamentos no le afectan a la conducción y que así lo haga constar en un certificado.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es. Seguro que podremos dar solución a sus problemas.
Un abrazo y feliz tarde!
A caso esta peohibido? Mi médica me dijo que si puedo! Necesito que me comenten por favor!!!!
Estimada Viviana,
Le recomendamos que su médico le confirme si con el consumo de esos medicamentos puede conducir, que no afecta a sus habilidades y que le facilite un certificado médico para que pueda llevar en el vehículo. Existen controles de sustancias estupefacientes en el que los medicamentos pueden llegar a alterarlos dando resultado positivo.
El Reglamento General de conductores establece que en caso de que se demostrase que los medicamentos le afectan para la conducción, podrían declarar la pérdida de vigencia del permiso hasta que acredite que ha dejado de tomarlos. En concreto se recoge en el artículo 36 del Reglamento de Conductores. Por ello le recomendamos que se asegure con su médico que estos medicamentos no le afectan a la conducción y que así lo haga constar en un certificado.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es. Seguro que podremos dar solución a sus problemas.
Un abrazo y feliz tarde!!!
Buenos días. Hace 7 años sufrí diferentes episodios de ataque de ansiedad. Nunca se me derivó a psiquiatría ni al psicólogo.
No tuvo medicación salvo 7 días puntualmente si no recuerdo mal.
Hace muchos años que no me da la ansiedad puesto que en mi situación fue provocada por no tener empleo.
Tengo que informar en mi próximo reconocimiento médico si no tomo ninguna medicación y fué hace tiempo?.
Un saludo
Estimada Stefi,
Si no toma ninguna medicación actualmente no tiene que informar de ello. Si por el contrario los continuase consumiendo, el Reglamento General de conductores establece que en caso de que se demostrase que los medicamentos le afectan para la conducción, podrían declarar la pérdida de vigencia del permiso hasta que acredite que ha dejado de tomarlos. En concreto se recoge en el artículo 36 del Reglamento de Conductores. Por lo que nos comenta no es su caso por lo que no tiene que informar de ello.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es.
Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes. Tomo Sertralina 25mg hace 10 días y quisiera saber si puedo conducir. Gracias
Estimada Yeniley,
En estos casos, debe consultar con su médico si con la medicación que toma le permite conducir y revisar el prospecto médico.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas noches. Me llamo Damián y escribo desde Tenerife. En el mes de junio tengo que efectuar un proceso y debido a la situación económica en que nos encontramos en España, pues no me gustaría tener que hacerlo. Perdón, me explico: Hace 13 años me saqué el carné de conducir. Desde entonces he conducido regularmente y sin ninguna multa ni retirada de puntos en mi carné. Bueno, hace 3 años fui a renovar el carné en mi pueblo. En la primera parte, el chico empieza a hacerme las típicas preguntas. Llega a un punto en el que me pregunta si tomo algún medicamento. Yo le digo que no, evidentemente. Pero luego, en un acto de estupidez por mi parte le dije: Bueno, si le soy sincero, hace años si tomaba un antidepresivo llamado Aremis (Sertralina). Anotó un escrito en un margen de la hoja y me di cuenta de mi error. Se interesó por conocer los detalles, y yo le dije que eso fue hace 15 años, o sea 5 años antes de sacarme el carné. Por aquel tiempo yo estaba en mi último año de instituto y había empezado a estudiar para piloto privado paralelamente. Al final tuve que decidirme por estudiar una de las cosas primero y después continuar con la otra, ya que me iba bastante mal en los estudios debido a la sobrecarga de “trabajo”. Mis padres notaron un cambio en mí y decidieron llevarme a un psiquiatra privado. El psiquiatra me receto Aremis (Sertalina) por seis meses. Al cabo de seis meses acudí otra vez y me las retiró viendo que yo ya estaba mucho mejor. A partir de ahí dejé de tomar esas pastillas. Siguieron un par de sesiones psiquiátricas hasta que mejoré. Pero todo eso ocurrió cinco años antes de sacarme el carné. Nunca en mi vida me han puesto una multa ni quitado puntos del carné. El chico me pide que le dé un informe del médico, al que le digo que ese médico debe de estar ya retirado porque era un señor mayor, y ademas la clínica seguramente ya no existe por ser él el dueño. Vuelvo a mi casa, investigo, y evidentemente el psiquiatra ya está retirado, y la clínica ya no está. Vuelvo a verlo y me dice que va a necesitar un documento firmado por un psiquiatra que acredite que estoy emocionalmente sano. Voy a mi doctora de cabecera y lo llama personalmente, comunicándole que ella ya lo sabía desde hacía años, que soy un hombre íntegro, sin ningún problema emocional… pero oídos sordos para el señorito. Bueno, es comprensible en cierto sentido. Finalizando… que tuve que ir a un psiquiatra de la seguridad social, y pagar 100 euros por el “informe”. Entrecomillo lo de “informe” porque el médico estaba perplejo, como yo y se lo tomó medio a cachondeo diciendo: ¿Pero… este “tío” que quiere que yo le ponga? Y cosas por el estilo. Al final se lo entrego y le da el visto bueno, sólo que dentro de tres años tengo que volver a renovar el carné y hacer otra vez lo mismo, o sea gastarme otros 100 euros en el psiquiatra para el mismo informe… pero que ya sería la definitiva. Mi pregunta es: y lo siento por el “relato bíblico” que he escrito, pero es que mi situación económica no es buena en estos momentos, y tener que gastarme otros 100 euros en un psiquiatra no me gustaría mucho. He leído un poco en internet, y aquí en España creo que si tomas antidepresivos y quieres sacarte o renovar el carné, necesitas un informe positivo de un psicólogo o psiquiatra de que ya no los tomas, pero no sé si es igual, si ya los has tomado. ¿Con este informe ya me basta?
Gracias de antemano,
Damián.
Estimado Damián.
En relación a la consulta que nos plantea, informarle que la autoescuela solicitará a los conductores los informes que les exijan a ellos, ya sea un informe privado o público, en virtud de las patologías de los citados.
Desconozco esa medicación cuando prescribe y deja sin efecto para que no aporte usted ningún informe psquiátrico, quizás en al Seguridad Social se lo pueden facilitar de forma gratuita.
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Un abrazo y feliz día!!!
Buenos días. Estoy tomando desde junio del 2020 lexatin y deprax . Puedo renovar el carnet de conducir . Me encuentro mucho mejor cada día y me estoy planteando dejar la medicación. Pues hay días que ya no me tomo la medicación. El médico de cuando vas renovar el carnet de conducir puede entrar en tu historial médico? Que preguntas te hacen ?
Gracias
Saludos
Estimado Miguel Ángel,
El Reglamento General de Conductores RD 818/2009 establece una serie de pruebas de pruebas de aptitud psicofísica, pruebas de control de conocimientos, pruebas de control de aptitudes y comportamientos.
Las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto dejar constancia de que no existe enfermedad o deficiencia que pueda suponer incapacidad para conducir asociada con una relación de patologías que contiene el artículo 43.2
El artículo 44 dice:
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el centro que estuviese realizando el reconocimiento detectase que un solicitante, pese a no estar incluido en algunas de las deficiencias o enfermedades relacionadas en el anexo IV, no estuviese en condiciones para que le fuera expedido un permiso o licencia de conducción, o prorrogada su vigencia, lo comunicará, indicando las causas, a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente para que resuelva, previo informe de los servicios sanitarios competentes, lo que proceda.
Por tanto es preciso que el aspirante acompañe un informe médico con carácter previo especialmente si está tomando medicación como es su caso, que avale que está en condiciones de conducir.
A partir de ahí será el centro el que a través de las pruebas pertinentes determine si esta capacitado o no y en consecuencia, dé traslado de sus conclusiones a la Jefatura Provincial de Tráfico.
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Un abrazo y feiz tarde!!!
Me estoy tomando desde el 20 de junio y pastilla por la noche de deprax y lexatin una cada ocho horas . Pero ya me encuentro mucho mejor . Y algunos días no me la tomo . Por ver como me encuentro y como dije estoy mucho mejor . Me gustaría saber si puedo renovar el carnet de conducir . Con este tratamiento . ¿ el medico que te hace las pruebas para renovar el carnet de conducir tiene acceso a tu historial médico?
Gracias por todo
Saludos
Estimado Miguel Ángel,
El Reglamento General de Conductores RD 818/2009 establece una serie de pruebas de pruebas de aptitud psicofísica, pruebas de control de conocimientos, pruebas de control de aptitudes y comportamientos.
Las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto dejar constancia de que no existe enfermedad o deficiencia que pueda suponer incapacidad para conducir asociada con una relación de patologías que contiene el artículo 43.2
El artículo 44 dice:
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el centro que estuviese realizando el reconocimiento detectase que un solicitante, pese a no estar incluido en algunas de las deficiencias o enfermedades relacionadas en el anexo IV, no estuviese en condiciones para que le fuera expedido un permiso o licencia de conducción, o prorrogada su vigencia, lo comunicará, indicando las causas, a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente para que resuelva, previo informe de los servicios sanitarios competentes, lo que proceda.
Por tanto es preciso que el aspirante acompañe un informe médico con carácter previo especialmente si está tomando medicación como es su caso, que avale que está en condiciones de conducir.
A partir de ahí será el centro el que a través de las pruebas pertinentes determine si esta capacitado o no y en consecuencia, dé traslado de sus conclusiones a la Jefatura Provincial de Tráfico.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es.
Un abrazo y feiz tarde!!!