15 kilómetros a más de 200 km/hr

Absuelto tras ser sorprendido a más de 200 km/hr

No había suficientes pruebas para condenarle. Esa ha sido la resolución de la Audiencia de Huesca, que absolvía al acusado de huir de la Guardia Civil a más de 200 km/hr.

No sólo se le acusaba de huir de la autoridad y de hacerlo a más de 200 km/hr. Es que también aseguraban que lo había hecho de forma temeraria. Igualmente, la acusación no ha sido suficiente.

Pero es que además esta sentencia lleva la contraria a una previa del Juzgado de los Penal nº 2 de Huesca. Ésta sala había condenado al motorista a 1 año y 3 meses de prisión, además de la retirada de carnet durante más de 3 años por un delito de conducción temeraria.

La sentencia

La reciente sentencia narra que, supuestamente, la persecución habría comenzado cunado el motorista adelantó a un vehículo de la Guardia Civil y a otros dos vehículos. Fue en la carretera N-330 y ya empezó mal: el adelantamiento lo hizo en línea continua.

Fue en ese momento en el que los agentes conectaron las alarmas y salieron tras el presunto infractor. Entraba entonces en la autovía A-23 en dirección Jaca. Hasta 15 kilómetros después los agentes no pudieron interceptarlo, momento en el que aprovecharon una rotonda para cortarle el paso accediendo en sentido contrario.

A pesar de que en un primer momento el Juzgado de lo Penal estimase que efectivamente el motorista iba a más de 200 km/hr, la Audiencia de Huesca ha considerado que no había “suficiente constancia”. Ha destacado que prácticamente sólo contaban con el testimonio de los propios agentes.

“La única referencia que podían tener era el velocímetro de su propio automóvil, cuya velocidad punta, según manifestó el agente que conducía, era de 225 km/hr“.

La sentencia también recalca que si bien es cierto que tardaron en detenerlo, finalmente le dieron alcance. «Pese a que pueda suponerse que la motocicleta desarrolló una velocidad superior a la reglamentada, pues de otro modo el coche oficial le habría alcanzado al poco de comenzar la persecución”.

No habría provocado situaciones de riesgo

Finalmente, este órgano superior también ha dudado de que el acusado hubiese provocado situaciones de riesgo para los ocupantes de la vía. Y eso a pesar de que los agentes aseguraban que había obligado a dos vehículos a maniobrar violentamente por estar adelantando por el carril izquierdo, volviendo al derecho.

Sin embargo, los magistrados han alegado que no comprendían por qué volver al carril derecho tenía que ser de forma violenta. Y es que si no estaba ocupado por otro vehículo “Creemos que no tenían por qué abortar su maniobra por el sólo hecho de que una motocicleta se aproxima a cierta velocidad, no determinada, por el propio carril izquierdo, ya que, teniendo en cuenta de que dicha motocicleta ninguna preferencia de paso tenía, los otros vehículos también podían haber optado por completar el adelantamiento“.

Lo que sí se le podrá exigir son responsabilidades a nivel administrativo. Y es que quedó probado que el adelantamiento por el que comenzó el proceso tuvo lugar en línea continua.

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