Increíble la sentencia dictada por el Tribunal Supremo: la Administración ha sido declarada responsable del accidente de un motorista contra los guardarraíles de la carretera, a pesar de que éste circulaba a una velocidad superior a la establecida. Y lo que es más: tendrá que indemnizar al conductor con 120.000 euros.

La historia es la siguiente: un motorista circulaba a una velocidad inadecuada y por ese motivo sufrió un accidente que le provocó lesiones de carácter grave (perdió una pierna). En una sentencia de la Audiencia Nacional, se desestimaba cualquier indemnización pero tras imponer un recurso de casación, el Tribunal Supremo aceptó que se indemnizara al motorista. Lo que es más: reparte la responsabilidad del accidente al 50% entre el conductor y la Administración.

Según dicha sentencia, si bien es cierto que la causa del accidente es el exceso de velocidad, si los guardarraíles de la carretera no fueran del tipo que son y de un material cortante no se habría tenido la necesidad de cortar la pierna del motorista: «la velocidad inadecuada -no las características de la autovía- fue la causa del accidente; pero la concreta y específica lesión padecida no se habría producido si la valla de la mediana hubiera sido de un tipo distinto».

Guardarraíles tipo bionda

En ese caso, el Tribunal Supremo lo tuvo claro: dicho elemento de riesgo (el guardarraíles tipo bionda, como la de la imagen) era propiedad de la Administración, «ni siquiera puede afirmarse con rotundidad que el funcionamiento del servicio público fuese enteramente correcto». De ahí la responsabilidad repartida al 50%, y de ahí también que la indemnización se haya fijado en 120.000 euros: la Sala establece que la pérdida de una pierna, especialmente si es joven, se cifra en 240.000 euros, pero como no es una indemnización total ya que no es totalmente la responsabilidad de la Administración, el implicado sólo se lleva la mitad de la cifra total, es decir, 120.000 euros.

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