multar por usar el móvil en una gasolinera

Muchos lo hacen como una costumbre o porque les enseñaron muy bien en las autoescuelas. Lo cierto es que cuando se llega a una gasolinera para repostar rara es la persona que deja la música, o radio puesta o utiliza los teléfonos móviles en ese conflictivo radio. No es de extrañar porque el grado de peligrosidad que implica esta inocente acción puede ser extremadamente grave a lo que hay que sumarle que implica multas para los que no hagan caso de esta expresa prohibición.

Puede parecer una leyenda o algo casi imposible pero hay un riesgo más que considerable y comprobado de que se produzca una explosión por utilizar la tecnología móvil en una gasolinera mientras se reposta. Esto se debe a que en estos lugares se reúnen una serie de factores que pueden favorecer que en determinado momento por su fusión se produzca una deflagración. Para que ocurra es necesaria la presencia de un producto combustible, el comburente del oxígeno que se encuentra en el aire y faltaría la fuente de ignición que puede deberse a la misma electricidad estática o que podría proceder de las mismas radiaciones que producen los teléfonos móviles.

¿Qué dice la ley?

Con esta explosiva mezcla podemos de la manera más sencilla crear una verdadera bomba de fuego. Es por ello que por ley está sancionado tal como estipula el artículo 115 del Real Decreto 1428/2003, en la cuál se indica que la radio del coche y los teléfonos móviles deberán estar apagados al repostar en las gasolineras de la misma manera en la que hay que apagar las luces y el motor. La multa por hablar por móvil supondrá 200 euros de penalización y hasta la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.

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