Apurar el tiempo al máximo puede generarnos un riesgo y unas multas de tráfico que deben ser tenidas en cuenta. Contra ciertas creencias que aseguran que si caduca el carnet de conducir se tiene que hacer frente otra vez al famoso examen de conducir, lo cierto es que lejos de esa realidad, de lo que sí se tiene constancia y peligro es de que para ello habrá una sanción.
Por sentido común ante todo y porque es uno de los requisitos indispensables para la conducción, el carnet de conducir siempre tiene que estar en vigor. Mayor es todavía la exigencia y por consiguiente la multa, si este hecho lo ignora un conductor profesional, dado que este documento es el símbolo y garantía de su cualificación y profesionalidad. Por ello la caducidad no es una cuestión banal que se deba ignorar y que en caso de no tenerse actualizada, costará consecuencias a los conductores.
La ley no establece un margen de tiempo posterior al vencimiento de la licencia en el que se estará eximido de pagar sanción por no tener el carnet en vigor. Esto nos indica que tenemos que actuar con rapidez porque desde el mismo momento en el que éste caduque estaremos expuestos a ser sancionados.
Multa de tráfico sin pérdida de puntos
En caso de encontrarnos con un control en donde se nos pida la documentación y se pueda comprobar que circulábamos con el carnet de conducir caducado, estaremos ante una multa de tráfico de 200 euros en el mejor de los casos, aunque no nos retirarán puntos por ello. Para que los despistes no nos pillen en la carretera, tendremos que tener en cuenta que los permisos ordinarios para turismos tienen una validez de 10 años hasta que el conductor cumpla los 65. A partir de esa edad, la renovación será cada 5 años.
Recent Comments