En Madrid es obligatorio llevar la etiqueta medioambiental de la DGT
Cuando los conductores empezaron a recibir en casa la etiqueta medioambiental, pocos pensaron que sería tan trascendental como está resultando ser. Y es que en Madrid es obligatorio su uso, y es más que probable que se extienda a otras ciudades.
La DGT ha clasificado los más de 32 millones de vehículos de España. Así, ha distinguido entre los que más contaminan y los que menos. Eso sí, con una gran escala de grises.
Los 32 millones de vehículos que, en teoría, son menos nocivos para el medio ambiente, están también clasificados. Será esta etiqueta medioambiental la que determinará, al menos en Madrid, cómo nos afecta el Plan de calidad del aire.
Discriminación negativa, discriminación positiva
No todos los vehículos salen perdiendo una vez se ponen la etiqueta medioambiental. Y es que si bien muchos dejarán de poder circular por determinadas zonas, otros verán cómo su circulación es más fluida. Nos referimos a los automóviles menos contaminantes, a los que no afectarán las restricciones de tráfico a nivel municipal. Además, también disfrutarán de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente.
La otra cara de la moneda es la de aquellos vehículos que, de acuerdo a su año de matriculación y tipo de combustible, están considerados más contaminantes. Ellos verán cómo algunas vías se les cierran.
La clasificación en función de la etiqueta medioambiental
Hay cuatro niveles en función de las características específicas de cada automóvil y sus emisiones:
Cero emisiones
En esta categoría se incluye a motocicletas, triciclos, cuadriciclos y ciclomotores; turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como eléctricos de batería, vehículos eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables (con una autonomía mínima de 40 kilómetros) o vehículos de pila de combustible.
Eco
Los que están en este segundo nivel están considerados también amigables con el medio ambiente. Engloba a turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados como híbridos enchufables (autonomía inferior a 40 kilómetros), híbridos no enchufables y vehículos propulsados por gas natural (Gas Natural Comprimido o Gas Natural Licuado) o por gas licuado del petróleo.
C
Con esta etiqueta se marca ya a los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Incluye también a los vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014.
B
Aglutina a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y diésel a partir de enero de 2006. Además, se incluyen vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto gasolina como diésel matriculados a partir de 2005.
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