Nuevas sanciones para los Vehículos de Movilidad Personal

Las nuevas sanciones de la DGT para patinetes eléctricos

El uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) está creciendo en las zonas urbanas, por ello, la DGT publica las nuevas sanciones para los que hagan un mal uso de estos vehículos.

Actualmente no existe una regulación formal de este tipo de vehículos, están elaborando la normativa de acuerdo a los criterios establecidos en la Unión Europea.

No obstante, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado las nuevas sanciones que se impondrán a los usuarios que hagan un uso incorrecto de los patinetes eléctricos.

La DGT tiene previsto la regulación de estos vehículos

Con el aumento de estas alternativas de desplazamiento, la DGT busca la forma de regular estos vehículos para que no afecten negativamente a la seguridad vial.

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¿Qué es un Vehículo de Movilidad Personal?

Antes de nada, es importante saber qué vehículos se consideran como Vehículos de Movilidad Personal.

Según la DGT: «es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h.»

A este tipo de vehículos no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio.

Por esta razón, no se quitarán puntos del carnet al conductor en caso de infracción.

Comportamientos sancionables en la instrucción

Alcohol y drogas

Las personas que utilicen estos vehículos están obligados a someterse a controles de alcohol y drogas, en caso de ser requerido.

La sanción establecida es la misma que la de cualquier otro vehículo.

Si se sobrepasa la tasa de alcohol permitida las sanciones estarán entre 500 o 1000 euros. En caso de haber consumido drogas la multa asciende a 1000 euros.

Por otra parte, si se niegan a someterse a estos controles, en principio se denunciará como una infracción administrativa.

La utilización del móvil

La sanción por utilizar el teléfono móvil o cualquier sistema de comunicación es de 200 euros.

Uso de auriculares

No se podrá utilizar auriculares o reproductores de sonido mientras se está conduciendo. En este caso la multa será de 200 euros.

Casco y elementos de protección

Como no existe una regulación en el en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regulará según la Ordenanza Municipal.

En caso de ser de uso obligatorio, la sanción por no cumplir con esta norma será de 200 euros. Además, se inmovilizará el vehículo.

Se prohíbe circular por aceras y zonas peatonales

A excepción de monopatines, patines o aparatos parecidos que lo hagan sólo a paso de persona.

La sanción por circular por estas zonas asciende a 200 euros. Podrá variar en función de las Ordenanzas Municipales.

Sin pasajero

Los VMP podrán ser utilizados únicamente por una persona, en caso de tener más ocupantes la sanción será de 100 euros.

Prendas reflectantes o sistema de alumbrado

Es necesario el uso de prendas reflectantes para poder ser vistos por el resto de conductores. En caso contrario, la multa será de 200 euros.

Las paradas y estacionamientos

En cuanto a las paradas y estacionamientos, la regulación de las aceras es competencia de las Ordenanzas Municipales.

Las sanciones a menores

Cuando un menor de 18 años cometa una infracción, responderán en su lugar los padres o tutores del menor.

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