Los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, anulan multas de Madrid Central por confusión e inseguridad jurídica
Desde la entrada en vigor de Madrid Central el 30 de noviembre de 2018, son muchas las dudas que se han generado acerca de su funcionamiento.
En un principio, desde el 1 de enero hasta el 15 de marzo de 2019 se comunicó que se enviarían cartas informativas sin sanción a aquellos conductores que accediesen a Madrid Central sin autorización.
Por el contrario, no se informó debidamente a los conductores, a pesar de que el Ayuntamiento comunicase que se mandarían alrededor de 70000 cartas informativas.
Los continuos cambios han generado una situación de confusión y de inseguridad jurídica en los ciudadanos.
Con el cambio de Alcaldía se aplicó una moratoria sobre las sanciones de Madrid Central. Esto ocurrió durante la primera semana de julio de 2019, volviendo a sancionar una semana más tarde tras Sentencia del Juzgado de lo contencioso Administrativo 24 de Madrid que obligó al Ayuntamiento de Madrid a levantar la moratoria y a sancionar.
Ante estos cambios se generó confusión en los conductores, desconociendo si Madrid Central se encontraba en vigor.
Los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid están anulando multas.
Esta confusión que se ha generado en torno a Madrid Central es tal, que ha sido el motivo que está llevando a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid a anular las multas.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº22 de Madrid, sentencia que ha sido ratificada por los Juzgados 10 y 31 de lo Contencioso Administrativo de Madrid, anulan las sanciones impuestas por acceder a Madrid Central sin autorización.
Eso unido a que no se informó correctamente a los conductores sobre el funcionamiento de Madrid Central, provocó un aluvión de multas que se notificaron a partir de septiembre de 2019 a los conductores.
Muchos de ellos eran residentes de Madrid Central, a los que no se les había informado que sus antiguas autorizaciones habían dejado de tener vigencia.
Con todo esto, el Juez del Juzgado 22 considera que:
“resulta difícil admitir que se pueda exigir a un conductor medio que conozca los sucesivos cambios de situación en los Boletines Oficiales (de fechas muy próximas) para conocer qué día una normativa sancionadora que estaba en vigor deja de estar en vigor, y qué día vuelve a entrar en vigor”.
Los vaivenes normativos y las informaciones confusas se siguen produciendo, habiéndose generado un galimatías jurídico en los conductores que les impide conocer la normativa a la que deben atenerse y si Madrid Central se encuentra en vigor.
Recientemente el TSJ de Madrid ha dictado sentencia indicando que Madrid Central debe ser anulado al no incluirse un análisis del impacto económico de las consecuencias derivadas de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible y la falta de sometimiento de la misma a información Pública, Sentencia que aún no es firme ya que se acaba de recurrir por ecologistas en acción.
Esto sin duda viene aumentar la situación de inseguridad jurídica creada que hace que muchos conductores desconozcan si se puede, o no, acceder a Madrid Central y a qué normativa se tienen que atener.
Vicente Ynzenga
Departamento Jurídico de Pyramid Consulting
Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:
Cómo recurrir las multas en el extranjero
Recent Comments