Las denuncias por superar el límite de velocidad constituyen las sanciones de tráfico más frecuentes en nuestro país.

La cuantía de este tipo de sanciones varía desde los 100 euros hasta los 600. Pueden conllevar la pérdida de hasta 6 puntos

El Reglamento General de Circulación (RDL 1428/2003) y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015) regulan la normativa aplicable en esta materia.

No hay que olvidar que cada año aumenta el número de conductores que son sancionados por este tipo de infracciones. Ello se debe a que cada día se implementan radares más sofisticados y controles más exhaustivos. El exceso de velocidad sigue siendo una de las principales causas de accidentes de tráfico.

Actualmente, España se encuentra en el noveno lugar del ranking de países con mayor número de radares por cada 1.000 kilómetros cuadrados.

El director general de la DGT, Pepe Navarro, explicó en su última comparecencia que a los más de 1.300 radares que ya existen en nuestro país (764 fijos, 548 móviles y 80 de tramo), este año se van a sumar otros 75, de los cuales el 40% serán radares móviles.

Aumentará la flota de drones en 28 más (20 para vigilancia y control del tráfico y 8 para formación)

Y por último, también incrementará el número de agentes de la Guardia Civil de Tráfico, hasta superar los 9.100.

En la actualidad, existen en nuestro país diferentes tipos de radares que controlan el exceso de velocidad:

  • Radar fijo. Situado en un punto fijo de la carretera. Por ley debe estar señalizado con anterioridad por medio de una señal o panel informativo.
  • Radar móvil. Puede estar bien dentro de un coche de la Guardia Civil o camuflado sobre un trípode junto a la vía, por lo que es difícil de localizar.
  • Radar en cascada. Se trata de un radar móvil colocado seguidamente de un radar fijo.
  • Radares Velolaser. Son los más nuevos, pequeños y prácticamente indetectables. Funcionan tanto de día como de noche y son capaces de controlar vehículos circulando hasta 250 km/h por hora.
  • Radar de tramo. Calcula la velocidad media a la que se atraviesa un tramo de carretera, por lo que deberá mantenerse durante todo el tramo una velocidad inferior a la máxima permitida.
  • Pegasus. Este tipo de radar es capaz de controlar la velocidad de un vehículo volando a una altura de 300 metros. Además, sus cámaras de alta resolución permiten identificar otro tipo de sanciones como, por ejemplo, uso del cinturón, móvil etc.
  • TruCam II. Se trata de uno de los más avanzados. Es capaz de tomar fotografías cada 0,3 segundos y enviarlas al instante a los agentes de tráfico, siendo su margen de error de tan solo 2km/h.

No solo detecta infracciones por exceso de velocidad, sino también, el uso del cinturón, móvil o la circulación por carriles prohibidos

Y es que la Dirección General de Tráfico impone unas 10.000 multas de velocidad al día. Esto sin contar las que ponen otras Administraciones como por ejemplo el Servei Català de Trànsit o los ayuntamientos.

Hay que tener en cuenta que no siempre se imponen de forma correcta. En la mayoría de las ocasiones, envían las sanciones sin haber aplicado los márgenes de error de los radares establecidos en la Circular 10/2011 de la Fiscalía General del Estado, de 17 de noviembre.

Generalmente el margen de error es de 5km/h si la velocidad es igual o menos a 100 km/h, y del 5% si es mayor

Por ejemplo, un vehículo es sancionado circulando a 113 km/h en una vía limitada a 80 km/h, lo cual conlleva una sanción de 300 euros y retirada de 2 puntos. Sin embargo, tras aplicar el margen de error, la sanción a imponer son 100 euros, sin retirada de puntos.

Cada día son más los Tribunales que dan la razón a los recursos contra las denuncias por exceso de velocidad por no haberse aplicado correctamente el margen de error de los radares.

No obstante, hay más aspectos a tener en cuenta a la hora de recurrir. Por ejemplo la existencia de defectos de forma, la existencia de fotografías (deben ser siempre 2 tomadas en momentos distintos), o el incumplimiento de los plazos administrativos, entre otros.

En Pyramid Consulting somos partidarios de recurrir todas aquellas sanciones de velocidad que se hayan impuesto de manera incorrecta. LLevamos casi 30 años luchando por los derechos de nuestros clientes. Animamos a los demás a recurrir a la valoración y asesoramiento de expertos en la materia para la correcta defensa de sus intereses.

Lavinia Benedic

Departamento Jurídico

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