Varios años después del establecimiento de la etiqueta medioambiental de la DGT, aún se generan dudas. Con la implantación de las ZBE la cosa se complica…

¿Te pueden multar por no llevar visible en el coche la etiqueta de la DGT?

Foto: computerhoy.com

Las etiquetas medioambientales de la DGT –B,C, ECO y CERO- se establecieron para clasificar el nivel contaminante de los vehículos que circulan por las calles y carreteras de nuestro país.

Asimismo, los denominados vehículos sin etiqueta (que les correspondería el distintivo medioambiental “A”) serían los más contaminantes y son todos aquellos de gasolina anteriores al año 2001 y diésel previos a 2006.

 

Las etiquetas sirven para delimitar qué coches entran y cuales no, en las zonas de bajas emisiones

El otro gran objetivo de la implantación de estas pegatinas de la DGT supone delimitar qué vehículos pueden o no circular dentro de un área ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) o en determinados episodios de alta contaminación.

En Madrid, por ejemplo, los vehículos sin distintivo medioambiental sólo pueden circular durante 2022 por la M-30, pero nunca por el interior de esta conocida vía de circunvalación.

 

En los próximos tres años, las restricciones de vehículos sin etiqueta serán durísimas

Esta medida queda exenta a los residentes, pero a partir del 2023 la medida se hará aún más dura y tampoco podrá circular por la mencionada M-30; a partir del 2024, todas las vías del ámbito territorial de Madrid estarán prohibidas; y ya a partir del 2025, ni siquiera los residentes podrán circular.

 

¿Qué ocurre si los coches que sí tienen distintivo medioambiental B, C, ECO o CERO no llevan la pegatina bien visible en el vehículo?

Al respecto, para la DGT, la colocación de esta pegatina es voluntaria, aunque sí que recomienda que se adhiera en una zona visible del vehículo para facilitar la rápida identificación de los vehículos menos contaminantes.

Por el momento, sólo en Madrid y Barcelona sí que resulta obligatorio llevar esta etiqueta de la DGT bien visible con el objetivo de facilitar la labor a los agentes que regulan las zonas ZBE (o para controlar o vigilar los vehículos afectados por los episodios de alta contaminación).

 

¿Qué dice el Ayuntamiento de Madrid sobre la colocación de la pegatina de la DGT?

«A partir del miércoles 24 de abril (de 2019) los vehículos a motor deberán llevar visible en Madrid el distintivo medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT), finalizando el periodo de transición de seis meses establecido en la Ordenanza de Movilidad Sostenible. El distintivo debe mostrarse en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, salvo que el vehículo no disponga de parabrisas, en cuyo caso deberá colocarse en un lugar visible».

 

Las sanciones en Madrid por no llevar esta etiqueta medioambiental conllevan una infracción leve

Al respecto, el entonces gobierno municipal de Manuela Carmena anunció que los conductores de vehículos que no lleven el distintivo ambiental de la DGT en Madrid se enfrentarán a una multa de 15 euros.

De forma específica, la ordenanza de movilidad sostenible, que incluye esta obligación, señala que no llevar la pegatina ambiental es una infracción leve, por la que se prevén multas de hasta 100 euros, aunque el Consistorio de la capital lo fijó en tan solo 15 euros.

Fuente: autopista.es

 

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