El alcalde de Madrid se ve obligado a anular todas las multas impuestas de manera reiterada en Plaza Elíptica, manteniendo únicamente la primera sanción.

Almeida cede con las multas de Plaza Elíptica ante los argumentos de Pyramid Consulting y los miles de conductores afectados

Foto: 20minutos.es

En la sesión ordinaria 11/2022 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid celebrada el día 20 de julio de 2022 en el Palacio de Cibeles, el alcalde del Ayuntamiento de Madrid se ha comprometido a anular las sanciones impuestas de manera reiterativa a los conductores para los accesos a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Plaza Elíptica hasta el día 2 de mayo de 2022, manteniendo únicamente la primera de las denuncias.

 

Al Ayuntamiento de Madrid no le quedaba otra opción que ceder, su actuación ha sido nefasta

El Ayuntamiento ha aceptado los argumentos que veníamos planteando desde Pyramid Consulting en defensa de nuestros clientes, tanto en los recursos planteados, como en los comunicados de prensa que se han ido emitiendo desde la entrada en vigor de la ZBEDEP de Plaza Elíptica.

 

Confusión; es la palabra que define lo que ha generado el Ayuntamiento de Madrid con este asunto

La ampliación del periodo de preaviso hasta el día 1 de mayo anunciado por el Ayuntamiento en la señalización de las entradas a Madrid, así como en la M30, de la ampliación del periodo de aviso para la circulación por el interior de la M30 para los vehículos sin etiqueta ambiental, generó tal confusión entre los conductores que muchos de ellos accedieron reiteradamente a la ZBEDEP de Plaza elíptica que se encontraba en vigor desde el 22 febrero del 2022.

 

La señalización de las Zonas de Bajas emisiones de Madrid ha sido errónea y chapucera

Igualmente, la señalización de las Zonas de Bajas emisiones de Madrid no es la correcta ya que no se adecúa a lo establecido en la instrucción mov 21/ 3 de la DGT, regulación relativa a la señalización de la Zonas de bajas emisiones (ZBE) y otras regulaciones de acceso a los vehículos en áreas urbanas (UVAR).

 

No se han notificado las cartas informativas que obliga el artículo 242.3 de la Ordenanza

La consecuencia de esta confusión generada ha sido que miles de conductores con vehículos sin etiqueta ambiental han accedido reiteradamente, de manera continuada, a Plaza Elíptica recibiendo todas las sanciones a la vez sin previo aviso (acumulando algunos de ellos hasta 100 multas). Tampoco se han notificado en muchos casos las cartas informativas que obliga el artículo 242.3 de la Ordenanza.

 

El Ayuntamiento de Madrid ha aceptado que se mantenga únicamente la primera sanción

Desde Pyramid Consulting venimos informando y defendiendo a nuestros clientes, de esta forma incorrecta de proceder por parte del Ayuntamiento de Madrid (que ya ocurriera con Madrid Central) al notificar en masa, indiscriminadamente, varias denuncias a un mismo conductor por cada uno de los accesos sin tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 63.3 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

 

Todas estas sanciones se deben tramitar como una única sanción y no notificarlas todas a vez, con un afán recaudatorio claro

En el presente caso nos encontramos ante una única infracción continuada en el tiempo y, por tanto, ante el desconocimiento del conductor, se debe tramitar como una única sanción de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63.3 de la Ley 39/2015, y no aprovechar la Administración para iniciar el máximo número de expedientes posibles (con fines claramente recaudatorios), notificando todas las multas a la vez al mismo conductor.

 

El Ayuntamiento de Madrid ha tenido que atender los argumentos de Pyramid Consulting y dar marcha atrás

El Ayuntamiento de Madrid ha atendido los argumentos planteados en defensa de nuestros clientes de anular las sanciones a aquellos conductores que han accedido de manera continuada a Plaza Elíptica con un vehículo sin etiqueta ambiental, manteniendo únicamente la primera sanción para las sanciones cometidas hasta el día 2 de mayo de 2022.

 

Aun no está publicado en el BOAM… recomendamos seguir recurriendo todas las sanciones que han recibido y que sigan recibiendo

No obstante, hasta la publicación definitiva de la decisión en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, recomendamos a nuestros clientes, y a los conductores que están recibiendo este aluvión de sanciones, que recurran las sanciones que hayan recibido y que reciban en los próximos días que englobe hasta el día 2 de mayo de 2022.

 

Para las sanciones posteriores al 2 de mayo, la recomendación es la misma ¡Seguir recurriendo porque llevamos la razón!

Además, para las sanciones posteriores a esa fecha, desde Pyramid Consulting, seguiremos defendiendo los intereses de nuestros clientes, si se siguiera incumpliendo por parte del Ayuntamiento de Madrid el artículo 63.3 de la Ley 39/2015, al considerarse que este tipo de accesos continuados, sin previo aviso al conductor, deben tramitarse como una única sanción.

Igualmente, mantenemos que la señalización de las Zonas de Bajas emisiones de Madrid no es la correcta ya que no se adecúa a lo establecido en la instrucción mov 21/ 3 de la DGT, regulación relativa a la señalización de la Zonas de bajas emisiones (ZBE) y otras regulaciones de acceso a los vehículos en áreas urbanas (UVAR).

 

Vicente Ynzenga

Responsable Departamento Jurídico

Pyramid Consulting

 

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