La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid acuerda el sobreseimiento y archivo de las multas ZBE Plaza Elíptica hasta el 2 de mayo.

¡Las sanciones de la ZBE Plaza Elíptica son injustas y nulas, no sólo las anteriores al 2 de mayo!

Foto: eldiario.es

El Ayuntamiento de Madrid acordó el pasado día 20 de octubre de 2022 la anulación de oficio todas las multas repetidas de los conductores que entraron indebidamente en esta zona entre el 22 de febrero y el 2 de mayo de 2022, ambos días inclusive.

El comunicado emitido por el Ayuntamiento de Madrid a través de su portavoz Inmaculada Sanz, no hace más que confirmar las palabras del alcalde José Luis Martínez Almeida, que se comprometió en la sesión de pleno del ayuntamiento celebrada el 20 de julio de 2022 a anular todas las multas impuestas de manera reiterada al mismo conductor hasta el día 2 de mayo, debiendo pagar tan sólo la primera de ellas.

 

En el comunicado se explica cómo se llevarán a cabo estas devoluciones

De esta forma, la Administración enviará a los afectados una notificación de oficio informando sobre la anulación de las sanciones. En esa carta, se solicitará a los destinatarios que indiquen un número de cuenta para la devolución, que se realizará incorporando intereses de demora. Esta había sido hasta ahora una cuestión por resolver, ya que hasta el momento los administrados desconocían cómo se iban a llevar a cabo las devoluciones.

 

El Ayuntamiento de Madrid ha tenido que reconocer todos sus errores

Cómo causas para la anulación de las sanciones, el Ayuntamiento destaca en primer lugar que  se ha producido un retraso en la remisión de las cartas informativas de los últimos días del periodo de aviso y  en segundo lugar, que se ha dilatado la carga y notificación de determinadas denuncias por infracciones en Plaza Elíptica a consecuencia de los cambios informáticos requeridos para ajustar los sistemas a la nueva normativa estatal tras la entrada en vigor, el pasado 21 de marzo, de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que establece que las infracciones por acceder a zonas de bajas emisiones pasan de leves a graves.

 

Desde Pyramid Consulting se han presentado recursos contra estas sanciones desde que se empezaron a notificar a nuestros clientes

En nuestros recursos se alegó y se sigue alegando entre otros motivos, que ha quedado acreditado que no se han remitido en muchos casos las cartas informativas que establece el artículo 242.3 de la Ordenanza ( el Ayuntamiento reconoce un retraso cuando en realidad no se están enviando) y la necesidad de anular  todas aquellas sanciones que hayan recibido los conductores por accesos continuados desde la entrada en vigor de Plaza Elíptica, hasta que el denunciado tuvo conocimiento de estas en virtud del artículo 63.3 de la Ley 39/2015.

A la luz del comunicado del Ayuntamiento, en el cual reconoce que la existencia de deficiencias en el envío de las cartas informativas, y en el que acuerda eliminar todas las sanciones dentro de ese período salvo la primera, consideramos que las alegaciones realizadas por Pyramid Consulting están en la línea correcta y ya han surtido parte de su efecto.

 

La fecha aleatoria que selecciona el Ayuntamiento es totalmente injusta e inaceptable

Sin embargo, en Pyramid Consulting seguimos defendiendo los intereses de aquellos conductores que recibieron, durante el periodo de junio y julio de 2022, todas las denuncias a la vez por accesos comprendidos entre febrero y julio de 2022, solicitándose, igualmente, la anulación de las sanciones por accesos posteriores al 2 de mayo de 2022. Entendemos que la fecha no debe fijarse aleatoriamente como ha establecido el Ayuntamiento de Madrid, sino que debe determinarse en función de cada caso.

 

Siguen afectados miles de ciudadanos que, no recibieron cartas informativas y si multas masivas ¡Por eso hay que seguir recurriendo!

Existen supuestos de conductores que accedieron antes y después del 2 de mayo, siendo notificadas en junio todas las denuncias, acumulando una sanción al día desde el 2 de mayo hasta junio en que recibieron las notificaciones, no pudiendo reaccionar hasta esa fecha. Entendemos, por tanto, que deben ser anuladas, para estos casos, las posteriores al 2 de mayo.

Con la remisión de este comunicado, se confirma que desde Pyramid Consulting se están dando los pasos adecuados y se están empezando a ver los primeros frutos del trabajo realizado. Sin embargo, sigue habiendo muchos ciudadanos afectados por estas sanciones cuyas denuncias son posteriores al 2 de mayo, que tampoco han recibido cartas informativas, que han recibido las sanciones masivamente y que consideramos tienen argumentos más que suficientes para recurrir sus sanciones.

 

Carlos Fernández Benítez

Abogado

Pyramid Consulting

 

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