Las nuevas luces V-16 siguen siendo fuente de polémica. La OCU advierte de muchos dispositivos a la venta que no son legales.

¡Cuidado con comprar las nuevas luces V-16 de emergencias! ¡Muchas no están homologadas!

Foto: | Help Flash

Reguladas ya por un nuevo Real Decreto de Auxilio en Carretera, es verdad que hasta 2026 no tendrás que llevar obligatoriamente las nuevas luces V-16 en tu coche en sustitución de los actuales triángulos de emergencia.

Pero también lo es que ya están aprobadas las nuevas balizas y que hoy, no solo son legales y las puedes usar ya en lugar de los más inseguros triángulos, sino que, precisamente por ese menor riesgo en carretera, la DGT te recomienda ya que los uses y los adquieras lo antes posible.

 

No  todas son legales, ni están homologadas. Lo denuncian desde Tráfico y desde la OCU

Situadas sobre la carrocería del coche, más visibles y con la ventaja de no tener que bajar del vehículo ante un accidente o avería en carretera, las nuevas luces V-16 ya aprobadas por la DGT se pueden comprar hoy en supermercados o por Internet.

 

Obligatorias en 2026

Aunque las luces V-16 que serán obligatorias en 2026 deberán tener geoposicionamiento, y todavía la DGT no ha publicado el protocolo para poder homologar estas balizas, durante los próximos 3 años sí podrán utilizarse legalmente estas luces sin geoposicionamiento, que no son caras, son más seguras y sí cuentan con requisitos de homologación que puedes comprobar al comprarlas.

 

Debería existir mucha más transparencia a la hora de saber los requisitos que deben cumplir

En este sentido, Camilo Lobato, director de Desarrollo de Negocio de Grupo Recalvi, una de las principales empresas independientes del sector que distribuyen o fabrican las señales luminosas V-16 hoy homologadas, critica que el problema es que;

“debería haber mucha más transparencia a la hora de saber qué tienen que cumplir los distintos productos, una idea más clara de cómo deben ser las balizas”, para que el consumidor final no adquiera dispositivos que no son legales. Para él, “al consumidor le llegan informaciones contradictorias, cada vez distintas, y el Real Decreto que lo regula no termina de estar claro casi un año después”.

 

Si las V-16 no funcionan de manera óptima, pueden generar un riesgo para la vida del conductor

Según Lobato, la DGT “debería perseguir más los productos que no están homologados y las empresas que los distribuyen, ya que todos ellos es difícil que cumplan además con su función de manera óptima y hay que recordar que una baliza que no funcione de manera óptima pone en riesgo la vida de la persona que la usa y de todas las que circulen por esa vía”.

Y es que, según nos recuerda, sí sabemos cuáles son hoy los requisitos de homologación para comprobar que estas luces sean legales. ¿Cómo deben ser por tanto?

 

Las luces v-16 tienen que contar con estos requisitos legales hoy

A continuación, fijamos los criterios que convierten hoy a una luz V-16 en un dispositivo homologado de la DGT y legal para poder usarse en el vehículo en sustitución de los triángulos de emergencia. Son los siguientes:

Irradiación

El sistema óptico debe estar diseñado para que la luz cubra un campo de visibilidad horizontal de 360 grados y en vertical un mínimo de ± 8 grados hacia arriba y hacia abajo.

 

Intensidad luminosa

La intensidad debe ser en el grado 0, entre 40 y 80 candelas efectivas, y en los grados ±8, de un mínimo de 25 candelas. En los dos casos, esta intensidad se tiene que mantener durante al menos 30 minutos.

 

Grado de protección IP (resistencia a agua y resto de líquidos): al menos será IP54

 

Estabilidad

El equipo debe estar diseñado para quedar estable sobre una superficie plana, no desplazándose nunca frente a una corriente de aire que ejerza una presión dinámica de 180 Pa, en la dirección más desfavorable para su estabilidad.

 

Frecuencia destello: entre 0,8 y 2 Hz

 

Se garantizará el funcionamiento de la luz a temperaturas de −10 °C y 50 °C

 

Realización de los ensayos

La comprobación de cumplimiento de las características definidas anteriormente se realizará en un laboratorio acreditado de acuerdo a la norma UNE EN-ISO 17025 por la Entidad Nacional de Acreditación (o por cualquier otro Organismo Nacional de Acreditación designado por otro Estado miembro de acuerdo al Reglamento CE nº 765/2008 y en las condiciones establecidas en el artículo 11 de dicho Reglamento) para el Reglamento CEPE/ONU 65.

El laboratorio, si los ensayos son satisfactorios, emitirá un certificado en tal sentido, indicando las marcas que la identifiquen en la tulipa del dispositivo.

 

La alimentación del dispositivo será autónoma a través de una pila o batería que deberá garantizar su uso al cabo de 18 meses

Se considerará que los dispositivos pueden utilizar una batería recargable siempre que la carga se pueda realizar en el propio vehículo.

Fuente: autopista.es

 

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