Presentadas ante el Tribunal de la Unión Europea, en colaboración con el profesor de la Universidad Carlos III, Francisco Javier Donaire Villa.
Pyramid Consulting presenta Cuestiones Prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante el aluvión injustificado de sanciones de las Zonas de Bajas Emisiones
Pyramid Consulting, en colaboración D. Francisco Javier Donaire (Profesor de la Universidad Carlos III de Madrid y Letrado del Estudio Jurídico de esta), ha solicitado ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid que formulen Cuestiones Prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre la interpretación de la Directiva de Calidad del Aire (2008/50/CE).
Incorrecta aplicación por la Ordenanza de Movilidad de Madrid relativa a la Zona de Bajas Emisiones por parte del Ayuntamiento de la capital de España
El motivo fundamental de estas solicitudes es que el Ayuntamiento de Madrid está aplicando incorrectamente esta Directiva, notificando a los conductores sanciones desproporcionadas por acceder a la Zona de Bajas emisiones de Madrid, muchas de ellas reiteradamente hacia un mismo conductor.
Esta medida se une al recurso ya interpuesto por Pyramid Consulting ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contra la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, y que se encuentra pendiente de sentencia.
Son miles los afectados por las sanciones de las Zonas de Bajas Emisiones, y se prevén muchos más…
Independientemente de lo anterior, y hasta que todo ello se resuelva, desde Pyramid Consulting estamos defendiendo los derechos de nuestros clientes, en vía administrativa y en vía judicial, contra el aluvión de multas por accesos a las Zonas de Bajas emisiones de Madrid (Zona de Bajas Emisiones de Madrid 360, así como las zonas de Especial Protección de Plaza Elíptica y Distrito Centro).
Falta de transparencia y falta de información al ciudadano
Además de la falta de trasparencia y la falta de envío en muchos casos, por parte del Ayuntamiento de Madrid, de las cartas informativas que establece el artículo 242.3 de la Ordenanza, se sigue produciendo una notificación en masa, indiscriminada, de denuncias a un mismo conductor por cada uno de los accesos sin tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 63.3 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
La infracción continuada y el afán recaudatorio del Ayuntamiento
En el presente caso nos encontramos ante una única infracción continuada en el tiempo y, por tanto, ante el desconocimiento del conductor, se debe tramitar como una única sanción y no aprovechar la Administración para iniciar el máximo número de expedientes posibles (con fines claramente recaudatorios), notificando todas las multas a la vez al mismo conductor.
La señalización de las Zonas de Bajas Emisiones no se está cumpliendo según la normativa
Igualmente, el Ayuntamiento no está acreditando en el procedimiento administrativo, que la señalización de las ZBE de Madrid cumple con lo establecido en la Instrucción MOV 21/3, aprobada por la Dirección General de Tráfico el día 2 de junio de 2021.
La regulación relativa a la señalización de ZBE se detalla en la Instrucción MOV 21/ 3 de la DGT: Zonas de bajas emisiones (ZBE) y otras regulaciones de acceso a los vehículos en áreas urbanas (UVAR).
Departamento Jurídico de Pyramid Consulting
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