El Impuesto de Circulación suele generar mucha dudas.
Lo primero que hay que tener claro es que, en realidad, no se llama Impuesto de Circulación, sino Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica.
El conocido como Impuesto de Circulación es una de las facturas que obligatoriamente debemos pagar cuando tenemos un vehículo. No obstante, numerosos conductores desconocen cómo deben hacerlo y cuándo.
A muchos conductores se les plantean numerosas dudas a la hora de pagar el Impuesto de Circulación. Por más que sea una tasa municipal de pago anual, hay muchos usuarios que aún tienen dudas al respecto. Por ejemplo: un coche eléctrico, ¿tiene que pagar Impuesto de Circulación? La respuesta es sí, aunque con matices.
Impuesto de Circulación: a qué vehículos afecta.
Todos los vehículos, en principio, deben pagar el Impuesto de Circulación. Pero, como comentábamos, esta afirmación tiene matices. Y es que algunos muy particulares están exentos: los vehículos destinados al transporte público de viajeros, para el uso agrícola, las ambulancias y los vehículos con matrícula diplomáticas y los que están adaptados a personas con movilidad reducida.
Sin embargo, una de las dudas más recurrentes con respecto al Impuesto de Circulación es si afectará a los coches híbridos, puesto que no se pueden considerar de Tracción Mecánica. Pues los híbridos, híbridos enchufables o eléctricos siguen teniendo que pagar el Impuesto de Circulación. No obstante, la mayoría de las ciudades aplica descuentos en la tasa para este tipo de vehículos; descuentos que, en algunos casos, son hasta del 70%.
Si compro un vehículo de segunda mano, ¿quién paga el Impuesto de Circulación?
Al ser un impuesto que se abona el 1 de enero de cada año, será el anterior propietario quien haya tenido que abonarlo. No obstante, una vez se ejecute el cambio de titularidad, serás el responsable de pagar el Impuesto de Circulación el año siguiente.
¿Dónde se debe pagar el Impuesto de Circulación?
Para pagar el IC hay que dirigirse al ayuntamiento donde resides, aunque la inmensa mayoría envía a los domicilios de sus vecinos una carta de pago con la que, simplemente, tienes que ir a la entidad bancaria designada por el consistorio para hacer una transferencia o un ingreso.
Y si no lo pago… ¿qué pasa?
Sin embargo, si alguna vez te han puesto una multa en tu pueblo o ciudad, habrás averiguado que los municipios tienen sus medios para cobrar lo que se les adeuda. Lo primero que recibirás es una notificación, luego otra y, quizá, otra más tarde. Y, al final, podría llegar el embargo.
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