El Ayuntamiento de Madrid está denunciando indebidamente a los vehículos VTC con distintivo C por incumplir las normas medioambientales.
Los VTC acribillados a multas ilegales por el Ayuntamiento de Madrid
Foto: timejust.es
Se ha detectado desde Pyramid Consulting que desde enero de 2023 los vehículos de arrendamiento con conductor, con licencia VTC inscrita para tal finalidad antes del 24 de octubre de 2018, y con distintivo ambiental C, están siendo injustamente denunciados, proponiéndose una sanción de 90 euros, por CIRCULAR INCUMPLIENDO LAS NORMAS DE CLASIFICACION MEDIOAMBIENTAL DEL ARTÍCULO 195 DE LA OMS en todo el municipio de Madrid (más allá incluso de las Zonas de Bajas emisiones de Especial Protección de Distrito Centro y Plaza Elíptica).
Revisando el texto de la OMS se ha confirmado el error ya que la Ordenanza es clara en este aspecto
El artículo 195 de la OMS establece la prohibición general de circular por las vías públicas objeto de esta Ordenanza a los vehículos clasificados como turismos destinados al arrendamiento con conductor que no estén clasificados según el distintivo ambiental 0 EMISIONES o ECO para categoría M1 de acuerdo con la clasificación del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, salvo que se trate de un vehículo acondicionado para que pueda entrar y salir, así como viajar, una persona en su propia silla de ruedas, en cuyo caso deberá estar clasificado al menos según el distintivo ambiental C para categoría M1.
Sin embargo, se ha obviado la EXCEPCIÓN prevista en la Disposición transitoria Segunda de la OMS
En su apartado b), establece claramente que los vehículos con distintivo C, de arrendamiento con conductor pueden circular hasta el 31 de diciembre de 2027 siempre que dispongan de licencia inscrita para esta finalidad antes de que entrase en vigor la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid el 24 de octubre de 2018:
“(….) los vehículos turismo de arrendamiento con conductor que a la entrada en vigor de esta Ordenanza ya estén asignados a esa finalidad y no cumplan los requisitos ambientales contemplados en el artículo 195, podrán seguir circulando de acuerdo con las siguientes disposiciones:
- b) Hasta el 31 de diciembre de 2027 se permite la circulación de los vehículos con categoría C de clasificación ambiental para categoría M1”.
Los VTC y sus conductores están recibiendo sanciones totalmente injustas e ilegales
Muchos de nuestros clientes con licencias VTC, vehículos de arrendamiento con conductor, están recibiendo estas denuncias por el mero hecho de circular por el municipio de Madrid, disponiendo de distintivo C, y con licencia anterior al 24 de octubre de 2018.
Igualmente, se están recibiendo numerosas consultas de los conductores de estos vehículos al verse indefensos ante las denuncias masivas que están recibiendo por parte del Ayuntamiento de Madrid a razón de 90 euros cada multa.
Como siempre, la mejor solución es recurrir todas estas sanciones totalmente injustas
Desde Pyramid Consulting se están recurriendo estas multas injustas ya que todo indica que se ha producido un error en el traslado de la información sobre la situación de cada VTC del Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana al Ayuntamiento de Madrid.
Se están presentando escritos de alegaciones, aportando pruebas que acreditan que estos vehículos sí que se encuentran dentro de la excepción prevista por la Disposición Transitoria Segunda de la OMS apartado B, es decir, disponer de licencia VTC anterior al 24 de octubre de 2018, estar destinados al arrendamiento de vehículos con conductor y disponer de distintivo ambiental C.
Estos vehículos, con distintivo C, VTC anteriores al 24 de octubre de 2018, pueden circular por el municipio de Madrid hasta el 27 de diciembre de 2027
No obstante, y es importante remarcarlo, para poder circular por la Zona de Bajas de Especial Protección de Distrito Centro -ZBEDEP- (la antigua Madrid Central), deberán de disponer de un servicio, previamente contratado, con origen y/o destino, Distrito Centro, y encontrarse dados de alta en el Sistema de gestión de accesos a Distrito Centro para no ser sancionados con 200 euros por acceder sin autorización a esta ZBEDEP.
Desde Pyramid Consulting ya estamos defendiendo a todos nuestros clientes que están recibiendo masivamente estas denuncias por circular incumpliendo los requisitos medioambientales.
Vicente Ynzenga
Responsable del Departamento Jurídico
Pyramid Consulting
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Hola hoy hemos recibido 2 sanciones por circular por madrid en días distintos con una vtc de Castilla la mancha y queríamos saber si esto es normal no podemos llevar a nuestros clientes de toledo al ave de atocha con distintivo c
Estimado Ismael,
Los vehículos con etiqueta ambiental C que accedan en Madrid a las zonas de bajas emisiones de especial protección, Plaza Elíptica o Distrito Centro, recibirán del Ayuntamiento notificación de sanción. No obstante, puede contactar con nuestro departamento de atención al cliente para examinar su caso, ya que es posible presentar recurso contra estas sanciones.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes.dispongo de una vtc castilla y león y he recibido una multa de las que ustedes hablan .no se cómo debo hacer para que me informen ustedes si debo pagarles algo y cual sería la cuantía.muchas gracias.
Estimado Santos,
Muchas gracias por participar y por su confianza. Nuestros compañeros del Departamento Comercial se pondrán en contacto con usted para poder ayudarle con su consulta.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
BUENOS DIAS,HE RECIBIDO UNA MULTA DE ESTE TIPO,SON 45,00 EUROS SI SE PAGA EN PLAZO,NO SE SI MERECE LA PENA RECURRIRLA,PERO LO QUE SI ES IMPORTANTE ES QUE ME INDIQUEN O ME HAGAN LA GESTION PARA DARME DE ALTA EN EL AYTO YA QUE MI LICENCIA ES MUY ANTERIOR A 2018.ESPERO SU RESPUESTA
Estimado José,
Le aconsejamos que se ponga en contacto con nosotros para valorar detalladamente su caso y poder darle respuesta adecuada una vez nos remita la documentación necesaria.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
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