Las limitaciones del remolque
Cada vez hace mejor tiempo, y eso invita a tomarse unos días de vacaciones. Muchos optan por llevar un remolque, para poder portar el equipaje. Pero antes de tomar esa decisión hay que tener claras las limitaciones que conlleva.
En estas fechas muchos de nosotros cargamos nuestros vehículos para disfrutar de unos días de descanso en nuestro destino favorito. Algunos, incluso, tenemos la necesidad de ampliar el espacio de carga incorporando un remolque al vehículo. Esta es siempre una buena opción, ahora bien, debemos observar ciertas especialidades que nos permitan hacerlo de forma segura y legal.
Distinguimos dos categorías de remolques, en función de nuestras necesidades de carga:
Remolques ligeros: su MMA es inferior o igual a 750 kg y no precisan permiso de circulación ni matrícula propia, tampoco un seguro independiente.
Remolques no ligeros: su MMA es superior a 750 kg. Precisan de un permiso de circulación propio, matrícula específica y seguro obligatorio.
¿Es necesario un permiso especial para llevar un remolque?
Únicamente necesitamos el permiso de la clase B si incorporamos un remolque ligero a nuestro vehículo. Ahora bien, si queremos cargar algo más pesado como, por ejemplo, una lancha, será necesario ampliar el permiso B con la autorización B-96, que permite llevar un remolque de MMA superior a 750 kg con un vehículo de hasta 3.500 kg (siempre que el conjunto no supere 4.250 kg).
Con el permiso BE, podríamos remolcar hasta 3.500 kg siempre que nuestro vehículo no exceda de esa misma masa.
Infracciones y sanciones
Al circular con un remolque estamos expuestos a las mismas sanciones que si circuláramos sin él, pero además hay que tener en cuenta ciertos comportamientos relativos a su uso que conllevan sanción.
En cuanto a los límites de velocidad, si circulamos con un remolque ligero en autopistas y autovías el límite será de 90 km/h; si el remolque es no ligero, será de 80 km/h. En carreteras convencionales con arcén pavimentado de más de un metro y medio, o con más de un carril para algún sentido de circulación, el límite es de 80 km/h; y en el resto de las vías fuera de poblado, 70 km/h. En vías urbanas es de 50 km/h, con carácter general.
Las infracciones por exceso de velocidad son sancionadas con multas entre 100 y 600 euros, en función de si son graves o muy graves, y la pérdida de hasta 6 puntos del permiso de conducir.
Por otro lado, debemos cerciorarnos a la hora de comprar un remolque, de que está homologado y se nos entrega la tarjeta ITV. La instalación y utilización de un remolque, precisa de un sistema de acoplamiento que lo fije y establezca las conexiones con el vehículo; la instalación de este sistema es una reforma de importancia en el vehículo, por lo que al realizarla dispondremos de 15 días para verificarla y legalizarla en un centro de Inspección Técnica de Vehículos (constará después en la parte trasera de la tarjeta ITV).
En caso de no regularizar esta reforma, estaremos cometiendo una infracción grave sancionada con 200 euros; y en caso de circular con un remolque no ligero sin que haya superado la ITV, cometeremos igualmente una infracción grave, sancionada con 200 euros.
Seguridad en la conducción
Existen diversos factores que afectan a la conducción cuando circulamos con un remolque. De esta manera, debemos prestar especial atención a la distancia de frenado, pues aumenta entre un 15 y 20 %. Es por esto que conviene guardar una mayor distancia con el vehículo que nos precede.
También tendremos que estar atentos en las curvas cerradas. Así, conviene abrir el giro ya que el remolque describe una trayectoria distinta en función del radio de la curva, y a la transferencia de la masa, pues influye en la presión de los neumáticos y es importante ajustarla correctamente.
Carmen Olivas
Departamento Jurídico de Pyramid Consulting
Me encanta la imagen del artículo.