Pyramid Consulting se ha puesto en contacto con la DGT para conocer y valorar el funcionamiento de las nuevas cámaras que multan por línea continua o Stop.
¡Las nuevas multas, que ya están llegando a los conductores, de la DGT por rebasar línea continua o no respetar las señales de Stop!
Foto: autobild.es
Existe la posibilidad de que recientemente haya recibido en su domicilio una multa de Trafico en la que le indican como hecho denunciado “No respetar una línea continua, sin causa justificada. infracción captada por cámara de control” o un texto similar haciendo referencia a una señal de Stop. Junto a la misma le enviaran una seria de fotografías como base para imponerle la sanción.
Hasta ahora este tipo de sanciones las recibíamos únicamente cuando un agente de la autoridad era testigo de la infracción y, o bien nos la entregaba en mano, o bien nos llegaba a nuestro domicilio si por alguno de los motivos tasados por la ley no era posible esta notificación en mano.
En verano de 2023 empezaron las pruebas de la DGT para multar con cámaras por rebasar la línea continua o no respetar un Stop
A partir del pasado verano la Dirección General de Tráfico puso a prueba un nuevo sistema para sancionar a los conductores en relación con estos dos tipos de señalizaciones. Sistema, que dejó de estar a prueba una vez finalizado el periodo de vacaciones, empezando a enviar ya notificaciones de sanción a estos conductores.
Desde Pyramid Consulting nos hemos puesto en contacto con Trafico para conocer más acerca del funcionamiento de estas cámaras y valorar si estas pruebas que nos envían se pueden considerar válidas para imponer una sanción como la que se pretende.Recordar, que estas sanciones llevan aparejada una sanción económica de 200 euros y, además, en el caso de la señalización de Stop, una retirada de 4 puntos no es poca cosa.
En el caso de las sanciones por no respetar la línea continua existen dos cámaras dotadas de un sistema de reconocimiento de matrículas, que están sincronizadas mediante GPS
Las cámaras están situadas al inicio y al final de un tramo de 4 carriles en el que la pareja de carriles 2 y 3 están delimitados por una línea continua de la pareja de carriles 0 y 1.
La cámara de inicio toma imágenes de manera continua, registrando las matrículas encontradas en los carriles 2 y 3. Si la cámara de final, que toma imágenes en los carriles 0 y 1, registra una matrícula coincidente con la registrada por la cámara de inicio en un tiempo inferior al configurado en el sistema, voilá, nos llegara una multa.
Para multarnos, el vehículo deber ser siempre perfectamente identificable
Sin embargo, no se nos debe olvidar, que en toda infracción captada por imagen en primer lugar el vehículo denunciado debe ser perfectamente identificable y, además, la infracción debe quedar perfectamente acreditada en la imagen, es decir, se debe ver al vehículo sobrepasar la línea continua o no respetar la señal de STOP.
No obstante, en las pruebas fotográficas que estamos viendo desde el departamento jurídico rara vez queda acreditada esta infracción pues en muchos casos es imposible leer con claridad la matrícula del vehículo que aparece en la fotografía y, en otros, lo único que se ve en dichas pruebas es un vehículo circulando por su carril sin siquiera aproximarse a la línea continua y en puntos diferentes que podrían pertenecer a un mismo tramo o no.
¿Se están utilizando correctamente estas cámaras para multarnos por línea continua o Stop?
Por otro lado, teniendo en cuenta el funcionamiento de estas cámaras, las cuales realizan una medición del tiempo transcurrido entre la foto tomada por la cámara A y la foto tomada por la cámara B, el cual no puede ser inferior al configurado en su sistema, se deberá acreditar el correcto funcionamiento de estas conforme a lo establecido en la Orden ICT/155/2020 de 7 de febrero.
Con las multas de Stop, será necesaria la existencia de una secuencia de imágenes que acredite que el vehículo no ha estado parado ante la línea de detención el tiempo suficiente
Con respecto a las sanciones por no respetar el Stop, si bien las cámaras utilizadas para las sanciones de línea continua lo que realizan son fotografías, las sanciones relativas a la señal de Stop utilizan un sistema diferente pues son detectadas por una única cámara que graba permanentemente el paso de los vehículos detectando aquellos que no se detienen por completo ante dicha señal, enviando en ese caso la grabación al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
En este caso será necesaria la existencia de una secuencia de imágenes que acredite que el vehículo no ha estado parado ante la línea de detención el tiempo suficiente para considerar cumplida la señalización.
Pyramid Consulting considera que en muchas de las denuncias la infracción no quedaría acreditada ¡Debemos recurrir y defender nuestros derechos!
En ambos casos, valorando las notificaciones que estamos recibiendo desde el departamento jurídico de Pyramid Consulting consideramos que en muchas de las denuncias la infracción no quedaría acreditada.Pues si bien entendemos que estos controles son necesarios para garantizar la seguridad de todos los conductores, los mismos deben realizarse conforme a la normativa vigente y asegurando en todo caso el cumplimiento de las garantías y derechos de los ciudadanos.
Desde Pyramid Consulting, el departamento jurídico, expertos en materia de tráfico, se pone a su disposición para cualquier duda o problema que les pueda surgir en relación a estas u otras sanciones de tráfico.
Almudena Zapatero
Abogada
Departamento jurídico de Pyramid Consulting
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Buenos días
Según su artículo entiendo que una multa impuesta por presuntamente no respetar un stop y notificada por un ayuntamiento ¿debe ir acompañada de una serie de imágenes para que sea válida?
Buenas tardes, Nuria.
Las denuncias por no respetar una señal de stop varían según la casuística. En ocasiones estas son captadas mediante imagen, en otras existen instrumentos de grabación que recogen la infracción en forma de vídeo. Es también posible que la denuncia sea interpuesta por la apreciación de un agente de la autoridad o con potestad en materia de tráfico, en cuyo caso es posible que no exista imagen del momento de la comisión.
En todos los casos, independientemente del medio de captación, cuando se recibe una denuncia de estas características y en caso de presentar alegaciones, se solicitan siempre pruebas acreditativas de la infracción, ya sea aportando imágenes, vídeo, o solicitando informes de ratificación motivados en los supuestos de captación por agente.
Si tiene cualquier otra cuestión o esta disconforme con alguna denuncia recibida por este hecho, no dude en contactar con Pyramid Consulting para que podamos estudiar su expediente y asesorarle en cual es la mejor manera de proceder.
Te animamos a ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 915 24 23 40 o del email info@pyramidconsulting.es. Estaremos encantados de poder ayudarte.
Un saludo cordial.
Me ha llegado esta multa,
NO RESPETAR UNA MARCA LONGITUDINAL CONTINUA, SIN CAUSA JUSTIFICADA. Infracción captada
por cámara de control.
En la foto inicial captada por el radar sale mi coche ciculando y el carril en el que voy, y arriba los datos exactos en el momento de la infracción, fecha, hora, P.K. morca y numero de serie del radar, y entre otros el numero del carril en el que circulo que es el carril 3.
Y en la foto final los mismos datos 20 segundos despues y la imagen que se ve clara que estoy en otro carril, fecha…. etcetera, entre otros el carril en el me regustra el radar que es el carril 2.
Segun las especificaciones y el certificado del radar que adjuntan con la multa, funcionamiento del radar y parametros que registra junto con el croquis de los números de carriles y ubicación del radar inicial y final pone que se genera la sanción si en la foto 1, estas en los carriles 3 ó 2 y en la foto 2 estas en los carriles 1 ó 0.
Por lo que, si en los datos que genera el radar en la foto inicial estoy en el carril 3 y en la foto final estoy en el carril 2 en teoria no deberia de haberme multado.
He de decir que en las fotos es claro que cruce la linea continua, pero los datos del radar registardo son erroneos, imagino que e fallo de la configuración del radar.
Este error es viable recurrir la multa?
Entiendo que esos datos que genera el radar y quedan garbados en la imagen van a misa…. si es asi puedo librarme de la multa??
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¡Hola! Gracias por contactar con nosotros.
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Un saludo.
Esta incoherencia es valida para recurrir y quedar exento de la multa?
¡Hola! Gracias por contactar con nosotros.
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Un saludo.