La nueva Ley de Tráfico está generando muchas dudas. Debemos tener claro que detectar e inhibir un radar es ilegal, pero avisar sí está permitido.
Con la nueva Ley de Tráfico ¿Podemos usar detectores, avisadores e inhibidores de radar?
El caso más sencillo y sin novedades con la nueva Ley de tráfico, es el caso de los avisadores de radar, son la opción cien por cien legal. Son dispositivos que avisan de la ubicación de los radares en base a información pública. Estos dispositivos funcionan con señal GPS y se pueden adquirir bien como un dispositivo físico o como una aplicación móvil.
La nueva Ley de tráfico ha pasado de sancionar el uso de los detectores de radar a multar por el hecho de portarlos en el vehículo
Sin embargo, una de las novedades de la nueva Ley de Tráfico es una multa por llevar a bordo un detector de radar, aunque no lo estés utilizando. Los detectores de radar detectan la presencia de cinemómetros en un radio de acción que depende de las prestaciones del aparato. La nueva Ley ha pasado de sancionar el uso de estos dispositivos a multar por el hecho de portarlos en el vehículo.
En efecto, dicha Ley, no solo no es sancionable su uso, sino que se multará con 200 euros y 3 puntos el mero hecho de llevar un detector de radar en el interior del vehículo.
Multas de 6.000 euros y 6 puntos de pérdida de carné si llevas un inhibidor de radar
Para concluir, en el caso de los inhibidores, la nueva Ley de Tráfico 2022 manifiesta que: “se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como a emitir o hacer señales con dicha finalidad”.
Y sanciones de 30.000 euros para los talleres que instalen estos inhibidores
Además de detectar su presencia pueden alterar su funcionamiento. Es por eso por lo que son los más perseguidos y sancionados con multa de hasta 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos. También se sanciona a los talleres que instalen este tipo de dispositivos con multas que pueden llegar a los 30.000 euros.
Considerada una falta muy grave por la DGT; Multas de 3.000 a 20.000 euros
Por otro lado, siendo una falta muy grave la de llevar instalados inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, la DGT considera esta práctica una falta muy grave que está sancionada con una multa de entre 3.000 y 20.000 euros.
Susana Sagra
Abogada
Pyramid Consulting
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Se puede llevar un escáner multibanda en el coche? La recepción de ondas hercianas es libre según ley.
Lo digo porque si a mi me gusta oír las frecuencias de portadoras de radio en bandas K, Ka y cercanas según ley no esta prohibido. Igual que se pueden oír las frecuencias de radio aficionados o servicios de comunicaciones. A mi me agrada oír las portadoras de esas frecuencias de 33,4 ghz o cercanas en esa banda de radio. Alguna ley lo prohíbe?
Estimado José Luis,
En relación con su pregunta, comentar que lo que más importa es la calificación del aparato de escaneo en convencional y no convencional : los aparatos convencionales, captan emisiones realizadas sin codificación y en longitudes de onda accesibles para aparatos convencionales, así que no hay alguna limitación con respecto a este categoría; los aparatos no convencional, que le permitirían captar frecuencias de las autoridades de público control, por ejemplo, requieren aparatos no convencionales, que no se encuentran en el mercado, y que deberían ser prohibidos en la compra tanto como en su utilizo.
Hay que destacar, también, que la utilización de estos dispositivos mientras se conduce, podría configurar un riesgo para la circulación, al par de los dispositivos electrónicos de los cuales se prohíbe el utilizo, como por ejemplo un teléfono, un micrófono, un altoparlante etc..
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