El debate de los patinetes eléctricos

Éste último año hemos visto como crecían de forma exponencial los patinetes eléctricos en las calles de las grandes ciudades. Son una nueva forma de transporte sostenible y barato.

Son catalogados como Vehículos de Movilidad Personal (MVP) por la DGT. Sin embargo, no se ha delimitado su régimen jurídico. Por eso, se está obligando a las Administraciones locales a actuar regulando su uso mediante las Ordenanzas de Movilidad ante el enorme auge que se está viviendo en las principales urbes.

La ley para los patinetes eléctricos

Ciudades como Valencia o Madrid ya han regulado su uso en las calles. En la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada para la Ciudad de Madrid se les considera como vehículos de propulsión eléctrica.

Y eso a pesar de que Tráfico todavía no los ha calificado como tal (aunque así se prevé en la nueva Ley de Seguridad Vial). Por tanto, se limita su uso a las ciclocalles y demás carriles de uso exclusivo de la bicicleta, calles residenciales con límite 20km/h y calles zona 30.

Es por ello que su uso en la acera, calzadas con límite de más de 30 km/h y carriles bus-taxi estará completamente prohibido. Además, en las calles donde esté permitido circular deberán hacerlo pegados al extremo derecho.

Así mismo, para poder circular con estos vehículos se deberá ir equipado con timbre, frenos, luces de posición y el correspondiente casco, en cumplimiento de la normativa.

¿Y los demás Vehículos de Movilidad Personal?

A pesar de que estamos utilizando el término patinetes eléctricos, también están incluidos en esta categoría otros vehículos como los denominados hoverboard o los segways.

En Barcelona se ha regulado su uso desde hace más de un año. En la ciudad condal han sido catalogados de forma similar, aunque la principal diferencia es que podrán circular por calles de zona 30 siempre que superen los 20 km/h o si existe un carril bici.

Por tanto, queda todavía mucho camino por recorrer en la regulación normativa de estos “vehículos” cuya cifra aproximada en nuestro país es de 20.000. La capital madrileña la ciudad es líder en su uso, ya que se estima que circulan actualmente unos 5.000 Vehículos de Movilidad Personal, por lo que la DGT deberá hacer hueco en la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial para establecer un claro manual de uso que nos disipe muchas de las dudas que tenemos los ciudadanos con respecto a su uso en las calles.

Rubén Seseña Niño

Departamento Jurídico Pyramid Consulting

[woorousell id=»49056″]
Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?