De las 5.542.178 multas que la DGT notificó en 2022, 3.704.675 fueron por exceso de velocidad ¡Un 66,8% del total! Te enseñamos como defenderte legalmente.

¿Cómo nos podemos defender en caso de recibir una multa por exceso de velocidad?

Foto: autopista.es

La Dirección General de Tráfico siempre ha puesto el punto de mira en las multas por exceso de velocidad, de hecho, suponen casi el 70 % del total.  La DGT realiza continuas campañas para controlar este tipo de sanciones, son muy loables en cuanto al enfoque para controlar tramos de riesgo y disuadir conductas temerarias con el fin de reducir la siniestralidad.

 

Los conductores tenemos todo el derecho del mundo a recurrir las multas por exceso de velocidad

No obstante, este celo en el control de la velocidad también puede desembocar en que conductores prudentes se encuentren con una sanción que, además de herir su orgullo y su bolsillo, les deje una sensación de impotencia e injusticia.

Porque cuando se recibe una multa cabe pensar, yo he cometido un error, pero ¿Ha hecho todo bien la Administración? ¿Cómo puedo saberlo? ¿Cómo puedo recurrir una multa?

 

A la hora de plantearse recurrir una multa de velocidad, hay varios puntos a tener en cuenta

Uno es el margen de error del radar, recogido en la norma estatal ICT 155/2020. En función del tipo de radar de que se trate, fijo o móvil, hay que restar un porcentaje a la velocidad registrada.

Por ejemplo, si me llega una multa por circular a 127 km por hora en una vía limitada a 120 km/h, la falta de aplicación del margen de error a la velocidad denunciada, podría conllevar la inexistencia de infracción.

 

¿El radar que nos ha multado ha pasado todas las revisiones y tiene sus certificados en vigor?

Por otro lado, habrá que examinar si el propio radar y el soporte en que se aloja han pasado las revisiones obligatorias y tienen sus certificados en vigor. Muchos organismos no envían información respecto a estos elementos, lo que debe encender nuestras alarmas cuando somos sancionados.

 

Un elemento determinante para la correcta emisión de la sanción es la fotografía de la infracción

Además de verificar que haya dos fotografías del vehículo en diferentes instantes, y no una mera ampliación del mismo fotograma, debemos fijarnos en si la imagen permite identificar indudablemente el vehículo.

Y esto no debería extrañarnos, puesto que en denuncias que se basan en una imagen, esta debe ser lo bastante nítida no solo como para apreciar la matrícula, sino también como para reconocer el vehículo denunciado. Dicho de otra manera, la imagen debe proveer cierto contexto, no basta con que nos envíen una fotografía en la que lo único que se aprecia es la matrícula de nuestro vehículo.

 

La señalización de la vía es otro elemento fundamental para recurrir una multa por exceso de velocidad

Y cuando hablamos de sanciones de velocidad, no todo es radar y fotografías. Otro capítulo importante lo constituye la señalización de la vía.

Todos sabemos que en una autovía no podemos circular a más de 120 km/h, pero cuando nos enfrentamos a denuncias por no respetar límites específicos de velocidad, hay que verificar que ese límite específico existía y estaba correctamente señalizado en el momento de la denuncia.

 

Nuestro mejor consejo; recurrir siempre las multas por exceso de velocidad, las posibilidades de éxito son muy elevadas

En resumen, todos queremos más seguridad en nuestras carreteras, pero también queremos que la potestad sancionadora se ejerza con todas las garantías. Desde Pyramid Consulting trabajamos desde hace 30 años en este camino y ponemos nuestra experiencia al servicio de todos los conductores.

 

Rosa Moral Conde

Abogada

Departamento Jurídico

 

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