El nuevo estado de alarma ha planteado muchas dudas a la ciudadanía, entre ellas la de si pueden viajar en coche a otra comunidad autónoma.
Viajar en coche durante el estado de alarma
España está, de nuevo, en estado de alarma. Tiene muchas diferencias con el que se decretó en marzo, por lo que muchos ciudadanos tienen dudas al respecto. Una de las más comunes es si pueden viajar en coche entre comunidades autónomas.
¿Se puede viajar en coche entre comunidades autónomas con el nuevo estado de alarma? ¿Podré salir de mi comunidad durante el puente? Estas son algunas de las preguntas más frecuentes sobre el nuevo estado de alarma.
Desde el 25 de octubre España está, otra vez, en estado de alarma. Si bien todavía necesita el apoyo del Congreso, el Gobierno quiere una prórroga de seis meses. De ser así, estaría en vigor hasta el próximo 9 de mayo.
¿Se puede viajar entre comunidades durante el estado de alarma?
Si bien el estado de alarma decretado en marzo dejaba estas decisiones en manos del Gobierno Central, ahora está en manos de los presidentes autonómicos. Y es que serán las mismas comunidades las que decidan si confinan total o parcialmente sus territorios.
De este modo, podrán limitar la entrada y salida de sus territorios, aunque no es necesario que sea de toda la comunidad autónoma. No así, podrán cerrar solo determinados municipios o, como en el caso de Madrid, zonas básicas de salud.
Por tanto, siempre que salgamos de una zona sin restricciones perimetrales y nos dirijamos a otra que tampoco las tenga, podremos desplazarnos en coche o en cualquier otro vehículo.
¿Y si necesito atravesar una comunidad autónoma cerrada?
También existe la posibilidad de que, mientras dure el estado de alarma, queramos desplazarnos de una zona sin restricciones a otra que tampoco las tenga, pero que necesitemos atravesar una zona cerrada. Por ejemplo, si queremos viajar de Barcelona a Madrid y Aragón permanece confinada.
En ese caso, el BOE lo deja muy claro en el artículo 6, apartado 3. «No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo.»
¿Puedo salir de una zona confinada? ¿Y durante el toque de queda?
Tal y como ya ocurrió en el estado de alarma de marzo, se han contemplado una serie de excepciones. Así, aunque en principio no podrá haber desplazamientos si una zona está cerrada o entre las 23 horas y las 6, en determinados casos no sería sancionable.
- a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
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Parece que cuando se habla de restricciones perimetrales sólo nos acordamos de los transportistas que parece que son los únicos perjudicados. Pero los transportistas no tienen problema ninguno en transportar sus mercancías. Hay infinidad de casos que parecemos obviar o no caer en la cuenta. Yo soy comercial de productos de regalo y mi zona comercial se encuentra dentro del CONTORNO de Aragón, Asturias, Madrid. Las visitas a los clientes para la campaña de navidad se producen precisamente entre los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre, para servir el producto que se fabricará para Diciembre. Me gustaría saber cuando se habla de salvar la Navidad a que nos referimos…? No me cabe duda de que hay infinidad de profesionales que como yo no podemos hacer un trabajo telemático, de la misma manera que hasta ahora no he visto hacer una cama o sacudir una alfombra por teletrabajo.
Buenas tardes Cesar ,
Muchas gracias por sus comentarios, estamos totalmente de acuerdo con usted. Sin duda son tiempos difíciles pero seguro que los superaremos!!
Nos ponemos a su disposición para cualquier duda o consulta que necesite.
Un abrazo
En el Colegio Oficial de Agentes Comerciales te facilitan un certificado de tu actividad y la zona donde la desarrollas con todos los requisitos legales
Gracias por sus comentarios Jorge. Cuente con nosotros para cualquier tipo de duda que le surja .
Un abrazo