A principios de julio de 2023, España registra más de 18.600 licencias VTC, un incremento del 3% respecto de finales de 2022.

VTC Vs Taxis ¿Cuál es la proporción actual y que dice la Ley?

Foto: Jose Manuel Vidal-EFE

Este incremento, en la actualidad, parece mantenerse la regla de un VTC por cada 3,3 taxis, frente a la proporción uno a treinta recuperada por el Decreto-Ley 1057/2015 para que se puedan conceder nuevas licencias.

 

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Semanas atrás, en fecha 8 junio 2023, se publicó la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictada en el asunto C50/21, en el que, a raíz de una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea debatía sobre la interpretación que había que darse a los artículos 49 y 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) en relación con la limitación del número de licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de taxi, en la ciudad de Barcelona.

 

Esta cuestión prejudicial se presentó en el contexto de un litigio entre una mercantil que ofrecía servicios de arrendamiento de vehículos de turismo con conductor y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB)

El litigio versaba sobre la validez de una normativa del AMB que exige, por un lado, la obtención de una licencia para prestar servicios de VTC en la conurbación de Barcelona, y, por otro lado, la limitación del número de licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de taxi otorgadas para dicha conurbación.

Recordemos que la Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, (LOTT) aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre recoge, en su artículo 1, titulado «Obligatoriedad de la autorización» que: «Para la realización de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor será precisa la obtención, para cada vehículo que se pretenda dedicar a la misma, de una autorización que habilite para su prestación, de acuerdo con el artículo 180 [del ROTT].»

 

¿Qué regula el Reglamento de Ordenación de la actividad de transporte urbano discrecional de viajeros con conductor (RVTC)?

El Reglamento de Ordenación de la actividad de transporte urbano discrecional de viajeros con conductor en vehículos que circulan íntegramente en el ámbito del Área Metropolitana de Barcelona, de 26 de junio de 2018 (RVTC), entró en vigor el 25 de julio de 2018.

El RVTC tiene por objeto la regulación del servicio de VTC en toda la conurbación de Barcelona, constituyendo un ámbito urbano para el transporte de personas en taxi o en vehículo de turismo con conductor, asimismo, hace uso de la facultad prevista por el artículo 48, apartado 3, de la LOTT de limitar el número de licencias habilitantes para los servicios de VTC a una por cada treinta licencias concedidas para los servicios de taxi.

 

¿Obstaculizar la actividad de los VTC y favorecer a los taxis?

La empresa mercantil que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la elevación de la cuestión prejudicial considera que, habida cuenta de las limitaciones y restricciones que les impone el RVTC, el único objetivo de la adopción de este era obstaculizar la actividad de tales empresas, teniendo como único fin el de proteger los intereses del sector de los taxis. En consecuencia, solicitaron al órgano jurisdiccional remitente que declarara nulo de pleno derecho el RVTC.

Sin embargo, el artículo 49 TFUE, párrafo primero, establece en el marco de las disposiciones que figuran en el capítulo 2 del título IV de la tercera parte del Tratado que “quedarán prohibidas las restricciones a la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro”.

El Tribunal Europeo habla de restricción a la libertad

El Tribunal Europeo apoyándose en numerosa jurisprudencia concluye que la limitación del número de licencias de tales servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi otorgadas para dicha conurbación debe calificarse de restricción a la libertad de establecimiento, ya que restringe el número de prestadores de servicios de VTC establecidos en esa conurbación.

Seguidamente, sostiene el Alto Tribunal que: tales restricciones a la libertad de establecimiento únicamente podrían admitirse a condición, en primer lugar, de estar justificadas por una razón imperiosa de interés general y, en segundo lugar, de respetar el principio de proporcionalidad, lo que implica que sean apropiadas para garantizar, de forma congruente y sistemática, la realización del objetivo perseguido y que no vayan más allá de lo necesario para su consecución.”

 

Los VTC pueden contribuir a alcanzar el objetivo de una movilidad eficaz e integradora

Por tanto, el procedimiento europeo no ha concluido con elementos que permitan demostrar que la medida de limitación de las licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi sea idónea para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente.

Es más, tal y como recoge la Sentencia: “los servicios de VTC pueden contribuir a alcanzar el objetivo de una movilidad eficaz e integradora, por su nivel de digitalización y la flexibilidad en la prestación de servicios, como una plataforma tecnológica accesible a los invidentes, y a normativa estatal fomenta el recurso a vehículos que utilizan energías alternativas para los servicios de VTC no han quedado desvirtuadas ni por el AMB ni por el Gobierno español.” […]

 

Y más claro aún …

 “No puede excluirse que un posible impacto de la flota de los VTC en el transporte, el tráfico y el espacio público en la conurbación de Barcelona no pueda limitarse adecuadamente a través de medidas menos restrictivas, como medidas de organización de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulación en determinados espacios.

Tampoco puede excluirse que el objetivo de protección del medio ambiente en la conurbación de Barcelona no pueda alcanzarse con medidas menos lesivas para la libertad de establecimiento, como límites de emisión aplicables a los vehículos que circulan por esa conurbación”.

 

La sentencia ha fallado que la restricción existente en España para limitar las licencias de VTC frente a los taxis es contraria a las normas de funcionamiento de la Unión Europea

Se opone, por tanto, al establecimiento de la limitación al número de licencias de VTC a una por cada treinta licencias de taxis. Y es que el Tribunal Europeo determina que esta restricción no garantiza “la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente”, así como que “objetivos de carácter meramente económico no pueden constituir una razón imperiosa de interés general que justifique una restricción a una libertad fundamental garantizada por el Tratado”.

 

Confirma la posibilidad de exigir una licencia adicional a los VTC otorgada por el municipio donde presten servicio

Siempre que esa autorización extra se base en “criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano que excluyan cualquier arbitrariedad y no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que respondan a necesidades particulares de esa conurbación”.

 

La resolución judicial no sólo afecta a Barcelona, también a toda España

Esta resolución judicial afecta no solamente a Barcelona sino a todo el resto de España, por lo tanto, tras la resolución europea, los juzgados deberán ajustarse a la decisión del TJUE en los procedimientos de autorizaciones VTC denegadas que están paralizadas en los tribunales. Desde el Dpto jurídico de Pyramid Consulting, le animamos a contactarnos si su licencia VTC se encuentra en esta situación.

 

Trabajar en conjunto, VTC y Taxis, para acabar definitivamente con este conflicto

A la vista del escenario planteado tras la decisión europea, es necesario un replanteamiento urgente y crítico de la movilidad urbana, alejándonos de regulaciones que generen un desequilibrio e inseguridad jurídica y centrándose en el interés general.

En este sentido, de cara a paliar las continuas desavenencias entre el sector del TAXI y el sector del VTC, desde el Ministerio de Transportes del Gobierno, se han comprometido a trabajar juntos para buscar ese equilibrio entre ambos sectores.

 

Paula Eguía Moreno

Abogada

Pyramid Consulting

 

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