Si no queremos sorpresas, debemos solicitar un Informe del vehículo expedido por Tráfico cuando vamos a comprar un coche de Segunda mano o de Ocasión.

¿Por qué es tan importante pedir un informe a Tráfico del coche que vamos a comprar de Segunda Mano?

Foto: autobild.es

La ralentización económica debido a la pandemia, la falta de chips electrónicos y el conflicto de Ucrania, entre otros factores, han afectado considerablemente al sector del automóvil y de manera sustancial al precio de los coches nuevos.

Esta complicada situación, ha llevado a muchos compradores a plantearse buscar su vehículo en el mercado de Segunda Mano y Ocasión, ya sea por la rapidez en la entrega o por su precio más asequible.

 

La DGT está obligada a llevar un registro de todos los vehículos

Para no llevarnos ninguna sorpresa, es recomendable solicitar un Informe del vehículo expedido por Tráfico. De este modo, es posible tener acceso a la situación administrativa del vehículo (titularidad, cargas, etc.).

Tal y como señala el artículo 2 del RGV (Reglamento General de Vehículos), la DGT está obligada a llevar un registro de todos los vehículos, que será público para los interesados y terceros que tengan un interés legítimo. A través de la solicitud del informe señalado, es posible tener acceso a esos datos.

 

LAS CARGAS ¿Qué cargas pueden figurar en el informe de Tráfico?

Embargo

La anotación de embargo se realiza a partir de un mandamiento judicial o administrativo como medida preventiva, para garantizar el futuro cobro de una deuda impagada mediante una posible subasta pública.

 

El embargo es una de las cargas más frecuentes

En otras palabras, suele ser porque, o bien un juzgado a solicitud de una persona física o jurídica acuerde la anotación de embargo para hacer frente a alguna obligación pecuniaria del titular que figura en el Registro, o bien, porque un organismo público (suele ser la AEAT o TGSS, aunque también, a veces, Ayuntamientos o Diputaciones Provinciales) anote el embargo como consecuencia de una deuda del titular registral del vehículo.

Si no es posible ver el organismo embargante en el Informe de Tráfico (que a veces ocurre), es recomendable solicitar una Nota del Registro de Bienes Muebles. Para conocer el importe, se ha de solicitar una Nota Ampliada del Registro de Bienes Muebles.

 

Precinto

Normalmente la anotación de precinto es consecuencia del mismo impago que ocasionó la anotación de embargo.

 

¿Si en un informe de Tráfico el vehículo tiene un precinto, quiere esto decir que está con un cepo o en un depósito municipal?

La respuesta es no, o al menos no necesariamente. Lo que figura en Tráfico es una anotación de precinto, que puede facultar a un agente de la autoridad para precintarlo, pero no significa que necesariamente esté precintado.

De hecho, en un mismo informe pueden constar varios precintos sobre un vehículo anotados por organismos diferentes.

 

Denegatoria

Esta carga no figura en el apartado de cargas propiamente dicho, sino que la misma se puede ver arriba donde constan varios checks (ITV, seguro, cargas) y donde es posible observar la palabra denegatoria.

 

La existencia de una denegatoria impide la transferencia del vehículo

Las denegatorias pueden ser por multitud de razones, que van desde algún tipo de sanción que recae sobre el vehículo, a que se haya intentado transferir por una persona que no es el propietario, no haber pasado la ITV, o algún tipo de anotación de precinto….

Lo recomendable en estos casos es pedir una ampliación de denegatoria a Tráfico donde se podrán ver los motivos de esta y el organismo que la ha anotado.

 

Reserva

Es una de las cargas más ambiguas. Puede significar que existe un renting o bien puede ser una anotación de concurso de acreedores, entre otras posibilidades. Nuestra recomendación es la misma: solicitar nota del Registro donde vendrá detallada la causa y el organismo.

Si el vehículo se compra en un concurso de acreedores, el juez del concurso deberá levantar las cargas conforme al artículo 225 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

 

Leasing

Los arrendatarios de un contrato de arrendamiento financiero o leasing tienen la facultad de inscribir la reserva de dominio en el Registro de Tráfico.

Esto quiere decir que no se va a poder cambiar de titular en Tráfico con ella inscrita y que algunas cargas de las que consten inscritas serán sobre los derechos de uso, no sobre el bien en sí.

 

¿Y si hay un embargo en un coche de leasing?

A modo de ejemplo, si existe una anotación de embargo en un vehículo que también tiene anotación de leasing, el embargo estará trabado no sobre el vehículo (que será de una entidad financiera) sino sobre los derechos de uso que tiene el arrendatario.

Esto se podrá ver pidiendo una Nota Ampliada al RBM, ya que en un informe de Tráfico ordinario sólo constará como embargo.

 

IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica)

Es muy habitual ver anotada la carga IVTM. Significa que existen deudas derivadas del pago del impuesto. Para realizar la transferencia del vehículo a nuestro favor es necesario pagar al menos el último año conforme al artículo 99 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Ante esta situación, la pregunta que se plantea es: ¿Puedo comprar un vehículo con cargas?

Sí, aunque ciertas cargas dificultarán la transmisión en Tráfico, es posible pactar en el contrato de compraventa que el vehículo lleve cargas, como por ejemplo un embargo o un impago de IVTM. Nuestra recomendación es que quede muy claro en el contrato.

 

HISTORIAL DE BAJAS

Otro de los datos que puede consultarse en un Informe de Tráfico son las bajas. Si existe una anotación de baja voluntaria a solicitud del titular, lo normal es que se pueda dar de alta de forma sencilla por una mera solicitud. Si consta la anotación baja por sustracción, se referirá a que ha habido un robo.  

En cambio, si consta la anotación baja definitiva, es posible que el vehículo esté en un depósito municipal o desguazado y la rehabilitación en el Registro de Tráfico es más compleja.

 

CABALLOS FISCALES

Uno de los apartados que más atención suscitan a la hora de comprar un vehículo es el importe de IVTM al que tendrá que hacer frente el comprador una vez ya conste como titular del vehículo.

Los caballos fiscales, que se pueden ver en la última hoja del informe de Tráfico, permiten conocer cuál será la cuantía que el contribuyente deberá pagar. Esta variará en función de la localidad donde se encuentre matriculado el vehículo, por lo que se ha de consultar la normativa local.


El informe de Tráfico es un elemento fundamental si queremos comprar un coche sin riesgos

En resumen, el Informe de Tráfico es una herramienta que nos proporciona información muy útil del estado de un vehículo y los posibles riesgos de su compra, por lo que supone una ayuda inestimable a la hora de hacer frente a la compra de un vehículo.

Si tiene cualquier tipo de duda, desde Pyramid Consulting nos ponemos a su disposición para todo lo que necesite. Llámenos, seguro que podremos ayudarle.

 

Carlos Fernández Benítez 

Abogado

Pyramid Consulting

 

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