1.-Introducción: ¿Qué son las zonas APR?
Las Zonas de Prioridad Residencial (APR) son zonas donde se restringe el acceso vehicular para promover la tranquilidad residencial. Las Zonas APR son una estrategia clave en la lucha contra la congestión vehicular y la contaminación urbana.
Al limitar el acceso de vehículos no autorizados, las APR aseguran un espacio seguro y limpio para los peatones y residentes, a la vez que plantean desafíos para los conductores no familiarizados con estas restricciones.
Las cada vez más presentes Áreas de Prioridad Residencial (APR), suponen para las conductores una constante preocupación, incertidumbre y motivo de masivas multas de tráfico.
Con la reciente incorporación del barrio de Ópera en Madrid, cada vez son más, las zonas que acotan su espacio para el acceso y circulación de los conductores.
Muchos son los usuarios que acceden a los parkings públicos de la zona con miedo ante posibles multas de las áreas restringidas de tráfico.
2.-Introducción: ¿Qué son las zonas APR?
Las regulaciones APR imponen limitaciones específicas sobre qué vehículos pueden entrar en estas zonas, basadas en criterios como emisiones y permisos especiales.
¿Qué vehículos pueden ingresar en zonas APR?
- Vehículos autorizados
- Vehículos de personas residentes en esa zona.
- Vehículos que van a estacionar en parkings públicos autorizados.
- Vehículos con etiquetas medioambientales: Algunas zonas APR permiten circular a vehículos con etiquetas medioambientales, como los de emisiones cero o ECO. Los vehículos sin etiquetas pueden tener restricciones adicionales.
3.- ¿Como se controla el acceso a zonas APR?
En el corazón del sistema de las Zonas APR se encuentran las cámaras de control de acceso APR, que registran las matrículas de todos los vehículos que entran y salen.
Estas cámaras son fundamentales para vigilar el cumplimiento de las restricciones de acceso y son un factor crucial para los conductores al planificar sus rutas a través de la ciudad.
4.-¿Cómo evitar Multas en Zonas APR?
Algunos consejos para que los conductores puedan evitar las multas en las zonas APR incluyen las siguientes 3 claves:
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Verificar la Autorización de Parking:
Asegurarse de que el parking utilizado esté autorizado para acceder a la zona APR. Estos parkings proporcionan un espacio seguro para aparcar y pueden servir como justificante ante posibles errores de acceso a las Zonas APR ya que cuentan con una doble vigilancia, tanto de entrada como de salida.
Cuando entras en una APR una cámara reconoce la matrícula del coche. Lo mismo sucede si accedemos a uno de los parking de la zona, la matrícula será leída y registrada de nuevo por el sistema informático del parking. De esta forma el mismo parking se convierte en la puerta y justificante idóneo ante cualquier equivocación que nos lleve a una zona APR.
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Atención a las Señalizaciones y Excepciones:
Estar atentos a las señales de «Acceso libre APR» o «Permitido APR» a esta acción se han apuntado, tal como se especifica desde ABC, los parkings de la plaza de las Descalzas y de Mayor.
La duda de los conductores, reside en si pueden llegarles multas aún accediendo a una zona que cuenta con excepciones es por ello que se debe conocer las excepciones y permisos especiales de cada zona como puede ser Madrid Central u otras zonas APR ubicadas en otras ciudades. Incluso dentro de las Zonas APR, existen excepciones y permisos especiales que permiten el acceso a determinados vehículos.
Navegar con éxito por estas zonas requiere un conocimiento detallado de estas regulaciones y excepciones que son objeto de cambio.
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Manejo de Situaciones Específicas:
En caso de acceder a un parking autorizado pero no poder estacionar debido a la altura del vehículo o falta de espacio, se puede solicitar como prueba el estado de la señalización de la zona para recurrir una multa.
5.-Me han puesto una multa por circular por una zona APR ¿Qué puedo hacer?
En caso de recibir una multa por entrar en una Zona APR por error, los conductores pueden recurrirla proporcionando pruebas de su estacionamiento en un parking público con la señalización adecuada. Cada día, los datos de las matrículas son enviados al Ayuntamiento, allí se chequean los vehículos que han accedido para entrar a parkings y esas multas no se tramitan, considerando siempre el análisis de la matrícula.
Mayoritariamente se dan dos tipos de errores:
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Recursos por Errores de Autorización:
Si el autorizador de accesos cometió un error en la fecha de autorización, es posible recurrir por otros motivos, como la falta de pruebas necesarias aportadas por el Ayuntamiento.
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Inconsistencias en la Evidencia:
Si las fotos proporcionadas son inconsistentes o hay un error en los fotogramas, se puede recurrir la multa.
En caso de equivocarse y acceder a una de estas zonas de acceso restringido, lo mejor que se puede hacer es acceder, ya puestos, al parking que será la mejor plataforma y alternativa para anular luego la multa, siempre contando con el apoyo y defensa de profesionales en la materia.
6.-Futuro de las Zonas APR
Las Zonas APR están en constante evolución, con el potencial de expandirse a más áreas y ajustar sus regulaciones para alinearse con las metas ambientales y de tráfico. Mantenerse informado sobre el presente y futuro es vital para cualquier conductor en la ciudad.
Si quieres conocer las zonas de Madrid que en la actualidad cuentan con APR, pincha aquí y controla los focos de peligro.
ya pero si entras por calles NO autorizadas a parking libres de multas las multas las recibes como es mi caso
Hola buenas tardes, mi problema es en zona Apr de embajadores 66,mi trabajo está dentro de la zona residencial y paso todos los días del año ha dicha zona, tenía que haber renovado en agosto de 2016 y no lo hice le mala información del personal de Atocha 70,tengo alquilada plaza garaje y contrato y justificantes de pago de la plaza, Me han multado más de 40 veces y no tenía conocimiento de ello hasta hace un mes,por recibir las notificaciones en mi otra vivienda y las publicaban directamente en el BOE, que puedo hacer gracias.
Estimado Antonio, si bien es cierto que es necesaria la autorización para acceder a la APR, le recomendamos se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico puesto que cabe presentar alegaciones junto con la copia del contrato y los justificantes de pago de la plaza de garaje. Asimismo, le recomendamos compruebe en tráfico si tiene el domicilio actualizado con el fin de que reciba las sanciones en su domicilio. Un cordial saludo.
Buenas tardes
si tienes una tarjeta de minusvalia y pasas a una celle de acceso restringido porque hay un sitio de minusvalido, puedo recurrir?
Estimado usuario,
Con relación a su consulta comentarle que en este caso hay que pedir la autorización para acceder a una zona APR. El hecho de tener tarjeta de minusvalía no exonera de hacer el trámite para solicitar el acceso, por ello, si usted accedió sin solicitar la autorización le pueden multar.
Un saludo
Hola puede multar un controlador de s.e.r si dejo la furgoneta subida en la cera?
Si no es un guardia no debe tener potestad para ello no?
Estimado Alberto,
Entendemos que cuando los controladores S.E.R. sancionan por infracciones de estacionamiento irregular, tienen que aportar pruebas complementarias del hecho denunciado, pues no tienen presunción de veracidad como los agentes de autoridad y actúan fuera de su función específica.
Por tanto, si fue usted multado por un controlador S.E.R., le invitamos a contactar con nuestro departamento jurídico para ampliar la información sobre recursos.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola mi caso es que somos transportistas, y pasamos de manera constante por estas calles, me están empezando a llegar multas ahora, pero creemos que si, realmente esto esta activo desde Noviembre, nos puedan llegar 30 o 40 multas.
Podemos recurrirlas???
Gracias
Buenos días, Asunción:
Para poder ofrecerle un mejor asesoramiento es importante ver las sanciones que nos comenta ya que hay que diferencias el barrio de APR en que ha sido sancionado el conductor para saber qué motivos de impugnación son factibles.
Así, en nuestra página web hemos publicado una nota de prensa al respecto aclarando todas las dudas que surgen sobre este tema. No obstante, le resumo la regulación de estas zonas:
1-Se amplía la vigencia de todas aquellas autorizaciones que para cualquier zona APR se hubieran obtenido para el ejercicio del 2015 al amparo de la normativa o Decreto de 28/01/15. La citada vigencia se amplía hasta 15/03/16. De este modo todos los interesados deberán solicitar la nueva autorización, según requisitos exigidos conforme Decreto de 23/10/15, hasta el viernes 11/03/16. Igual obligación concierne a los interesados en solicitar la autorización para la nueva APR de Opera.
2- Se acuerda de modo explícito hasta 15/03/16, la suspensión de las medidas de restricción de circulación de vehículos, que afectan y por el que se implanta la nueva Área de Prioridad Residencial de Opera (APR OPERA)
3- Se concede a la Administración Municipal la capacidad para anular todos los expedientes que no se ajusten a la previsión de la presente norma y en particular a analizar jurídicamente todos los expedientes que afecten a los interesados que durante este período de tiempo hayan podido acceder a la zona restringida de circulación de APR de Opera, dejando sin efecto dichas sanciones, si concurren todos los requisitos.
Por todo ello, Pyramid Consulting SL, recomienda recurrir las denuncias vinculadas a la circulación por cualquiera de las Áreas Restringidas.
Muchas gracias por su confianza, quedamos a su disposición para lo que necesite.
Un saludo
hola , mi caso es que me han multado por pasar por la calle mayor 23 .. pero yo aparque en el parking de tudescos ese día y tengo entendido que cuando entras a un parking la multa se anula, entonces la multa la debo pagar ?, el pago del parking lo hice en efectivo así que no tengo el comprobante pero me imagino que se podrá pedir … si me pueden informar que hacer ? , gracias un saludo .
Buenos días Óscar,
Seguramente el parking guarde algún registro de entrada. Teniéndolo, podríamos aportarlo como prueba en el recurso.
En cuanto al pago, le recomendamos que no lo efectúe; y es que, de hacerlo, perderá la posibilidad de recurrir.
Así pues, teniendo en cuenta que el plazo para recurrir es de 20 días naturales, le recomendamos que nos haga llegar la sanción lo antes posible para tramitarlo.
Para su comodidad, puede dejarnos un teléfono y le explicaremos cómo proceder.
Un saludo
me han puesto más de 3 multas en una APR de leganitos!debo pagarlas y después de recurrir?o recurrir antes,que posibilidades tengo de que me las quiten?
Buenos días, Paula:
En relación a su consulta indicarle que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece en su art. 94 que en caso de abonar la sanción con la reducción de 50 por cierto se renuncia a formular alegaciones y, en caso de que se formulen, se tendrán por no presentadas.
Por tanto, no ha de pagar la sanción y debe recurrir ya que estas denuncias se están defendiendo por varios motivos, uno de ellos, por la falta de certificado de buen estado y mantenimiento de la cámara, certificado que no suele obrar en los expedientes administrativos y que ya muchos jueces están reconociendo que deben incorporarse a los mismos.
Saludos
Me han multado en la calle de Jacometrezo, vivo en Madrid Central, tengo tarjeta de movilidad reducida y autorización para todas las áreas de prioridad Residencial de Madrid.
Estimado Casimiro,
Las autorizaciones de acceso a Madrid Central se actualizaron en junio de 2019. Las antiguas autorizaciones de acceso a las Áreas de Prioridad Residencial tenían que ser actualizadas antes de esa fecha por los interesados. Necesitaríamos conocer si actualizó su autorización por las nuevas de Madrid Central y, en caso de no hacerlo, si el Ayuntamiento de Madrid le informó que debía actualizarla. En caso de que el Ayuntamiento no le informase, entendemos que el Ayuntamiento no obró con transparencia y buena fe.
Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para valorar las posibilidades de recurrir. En caso de que dispusiera de antigua autorización APR, si no le aviso el Ayuntamiento que la misma dejaba de tener vigencia, se vulneró el Principio de Confianza Legítima, y por tanto es recurrible.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es.
Un abrazo y feliz día!!!
¿En caso de pasar por las calles APR se puede alegar si vives en la zona por trabajo adjuntando el contrato de alquiler y el contrato de trabajo si has estado un mes y no pediste los permisos?
Buenos días,
En relación a su consulta indicarle que el residente empadronado en un Área de Prioridad Residencial tiene que solicitar autorización de acceso para el/los vehículo/s de su titularidad que no tenga/n la autorización de residente del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), ya que si tiene/n ésta última puede/n acceder libremente sin necesidad de realizar ningún trámite. En este caso, la autorización se tiene que solicitar siempre con antelación a la fecha del acceso a la APR.
Por otro lado, el titular de un comercio o empresa cuyo local u oficina está situado en el interior de un APR , bien en una vía de libre circulación o una vía restringida, tiene que solicitar autorización de acceso para los vehículos que tenga en propiedad, renting/leasing o en virtud de un contrato de distribución, hasta un máximo de cinco vehículos. Dentro de este límite, puede solicitar autorización de acceso para dos vehículos adicionales que no sean de su titularidad. Las autorizaciones se tienen que solicitar siempre con antelación a la fecha del acceso, excepto en el caso de las autorizaciones para accesos de un día (autorizaciones puntuales) que se pueden solicitar dentro de los tres días posteriores al de la fecha del acceso.
Por tanto, en su caso puede solicitar el acceso a la APR como residente, pero no como trabajador ya que, en ese caso, deberá ser la empresa (titular del comercio/empresa) quien lo deba solicitar.
No obstante, estas denuncias se están recurriendo en base a la falta de certificado que acredite que el aparato con que fueron tomadas las fotografías haya pasado las revisiones oportunas, certificado que acreditaría no sólo su correcto funcionamiento, sino también su falta de manipulación. Sin embargo, a fecha de hoy, el Ayuntamiento de Madrid no está emitiendo ese certificado por lo que muchas sanciones están siendo recurridas y ganadas en vía judicial ya que son muchos los jueces que consideran dicha prueba como pertinente y relevante para la acreditación de la infracción.
Así mismo, PYRAMID CONSULTING se pone a su disposición para el asesoramiento y tramitación de cualquier sanción de tráfico y transporte que pudiera tener así como el resto de servicios de gran interés para los conductores como es la búsqueda de sus multas en el BOE, información de puntos, descarga telemática de sanciones, etc.
El equipo de Pyramid Consulting estará encantado de poder ayudarle en la defensa de sus intereses.
Saludos
En caso de lo qe pregunté de la zona APR me pueden dar la alegación válida si presento contrato de la casa en la zona y de trabajo aunque se me olvidase pedir la acreditación para pasar por la calle?
Buenos días Alberto,
En su caso puede solicitar el acceso a la APR como residente, pero no como trabajador ya que, en ese caso, deberá ser la empresa (titular del comercio/empresa) quien lo deba solicitar.
Por otro lado, como le indicaba las autorizaciones se tienen que solicitar siempre con antelación a la fecha de acceso a la APR.
Saludos
hola
tengo 6 multas por acceder la zona retringido queria saber si puedo recurir la multa que la zona se encuentran el lugar de mi trabajo y por desconocimiento de norma pensaba que puede pasar la zona pero que no se puedo aparcar ni dejar el vehiculo me gustaria saber si hay posibilidades de recurrir las 6 multas
A mi lo que me ha pasado es que yo no suelo coger mucho el coche y anteriormente si que había pasado alguna vez por alli.
Este ultimo mes he tenido que pasar varias veces y no sabia que no se podía. Me han llegado dos multas de dos días seguidos de finales de marzo, y se que he pasado alguna vez mas.
Mi duda es: si me llegan variad multas después de estas, ¿podría recurrirlas de alguna forma?
Han sido 4 o 5 veces, por la misma calle (Hileras, 16) y todas aproximadamente a la misma hora (8:30 am)
¿Se podría alegar algo?
Buenas tardes, María:
En relación a esta sanción indicar que son recurribles ya que, a pesar de que seguramente exista fotografía de la presunta infracción, se puede alegar la falta de acreditación de la fiabilidad de la cámara que realiza tal fotografía ya que la misma debe pasar las revisiones oportunas.
Por todo ello, le recomendamos que nos haga llegar toda la documentación al respecto para poder darle el asesoramiento necesario.
Un saludo
Hola, mi problema ha sido que nos fuimos a madrid a pasar un fin de semana, y un mes y medio después me ha llegado una multa a mi casa, con una foto en la calle Hileras 16, y nos gustaría recurrirlas, porque lo primero es que ni siquiera vimos la señal, pero además es que somos de Zaragoza y allí no existen las áreas restringidas. ¿Qué podemos hacer? ¿Dónde la podemos recurrir? Mil gracias!!
Buenas tardes, nos acaba de llegar una multa con su respectiva foto a casa de 90€ por circular en la calle Hileras 16 hace un mes y medio, y nos gustaría saber qué podemos hacer, puesto que ni siquiera vimos la señal y además somos de Zaragoza que aqui no hay área restringida. ¿Qué podríamos hacer? ¿Donde hay que recurrirla? ¡¡Mil gracias!!
Estimada María José,
Las denuncias por circular por calles prohibidas incluidas generalmente en zonas APR, tienen posibilidades de recurso, ya que normalmente el Ayuntamiento dispone de fotografías conforme las cuales se demuestra la comisión de la infracción, pero de lo que no suele disponer la Administración es del certificado que acredite el correcto funcionamiento de la cámara con la que fue tomada, por lo que existe posibilidad de anulación.
Le aconsejamos que nos remuta la multa recibida para poder darle el máximo asesoramiento.
Un saludo
Buenas tardes:
He recibido una multa por pasar por C/Hileras, 16 a las 00:53 am de la madrugada del sábado 7 de octubre al 8 de octubre del 2017. Este fue un día en el que se cortó el acceso a la Glorieta de Atocha y Castellana porque al dia siguiente iba a haber una maratón. Yo estaba aparcada en zona SER al final de la calle Atocha (casi al lado de la Glorieta de Atocha) y para volver a mi casa, hubiera cogido la glorieta y luego Castellana, pero como estaba cerrado tuve que ir por un camino que no es el mío habitual. Subí por Atocha y pasé por debajo de la Plaza Mayor (donde está el parking-pero no entré al parking) y salí por San Felipe Neri y seguí por Hileras, que es lo que me indicaba el GPS que debía hacer. No ví la señal del APR ni la foto que debieron hacerme. La foto se ve oscura en blanco y negro, aunque sí se ve la matrícula.
Soy una persona que no bebe, cumplidora con las normas de circulación y no suelo tener multas. ¿Hay alguna posibilidad de recurrir esta multa con garantías de éxito?
Muchas gracias por su atención
Acabo de ver en google que la señal del APR está en la C/Arenal y no en frente, en la C/Hileras….siendo de noche y sabado con la gente paseando por la calle, estoy segura que no la vería. Sino ya hubiera echado para atrás o no sé,porque ya me echaron una vez una multa hace años por entrar a Lavapies a la casa de una amiga y me fijo mucho en esos carteles.
El caso es que una vez que bajas desde San Felipe Neri por Hileras, no puedes echarte atrás. La señal debería de estar en el principio de la calle Hileras.
Buenas tardes, Alma:
Las denuncias por circular por Área de Prioridad Residencial del Ayuntamiento de Madrid (APR) son recurribles. En la actualidad existen cuatro zonas restringidas en el centro de Madrid (letras, Cortes, Embajadores y Ópera). El Ayuntamiento de Madrid para acreditar la infracción envía, junto con la denuncia, la imagen captada del vehículo denunciado. Las cámaras están situadas en las entradas de las zonas restringidas y señalizado.
En su caso es recurrible por varios motivos. Para empezar, el Ayuntamiento tiene que acreditar que la cámara utilizada para la captación de la imagen ha sido sometida a control metrológico y si está homologada. Hasta el momento el Ayuntamiento no lo está haciendo. También tienen que acreditar la señalización de la zona entre otras pruebas que tienen que aportar, como informe del agente que a la vista de la fotografía ha denunciado los hechos, y que habría que solicitar con el escrito de alegaciones (tiene 20 días naturales para ello desde la fecha de la notificación de la denuncia).
En cuanto a los cortes de tráfico habría que valorar si le interesa añadirlo como alegación al escrito. En caso de que no existiera vía alternativa, tendríamos que solicitar si existió en la fecha de la denuncia algún corte de tráfico que afectase al APR y que obligase a los vehículos a circular por la zona restringida, y si así consta como incidencia en el Ayuntamiento.
Por todo ello entendemos que sí que existe fundamentación legal para la defensa de la denuncia que ha recibido. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para aconsejarle cómo proceder.
Un saludo
buenos días, el 23 de diciembre pase por Madrid, yo soy de Arenas de San Pedro. al entrar en gran via me desviaron por lo que me metieron de lleno en la calle leganitos, por lo que me ha llegado una sanción de acceso restringido. y quería saber si se puede recurrir de alguna forma, gracias.
Buenos días Juan Carlos,
La calle Leganitos se encuentra en el Área de Prioridad Residencial de Ópera, siendo esta una zona restringida a vehículos autorizados. Si ocurriera alguna incidencia que obligase a desviar el tráfico por la zona restringida a vehículos no autorizados y recibieran una denuncia, habría que solicitar en el escrito de alegaciones que se presente contra la misma, que se compruebe si consta alguna incidencia en la base de datos del Ayuntamiento en la fecha y hora de la denuncia (debido a manifestaciones, cortes por obras, tráfico… etc). Independientemente de lo anterior, es recomendable que se soliciten pruebas que acrediten la homologación de la cámara que captó la infracción y de la señalización de la zona.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono para que nuestro equipo se ponga en contacto con usted a fin de darle un asesoramiento más personalizado.
Saludos
Yo estoy en el.mismo caso en el.mismo sitio. Hay alguna solucion ??
Hola, Alvao:
Tal y como comentábamos, las multas por circular por APR son recurribles, puesto que se pueden solicitar distintos documentos que acrediten la correcta señalización, así como el correcto funcionamiento de las cámaras. Si quieres, déjanos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo te lo explicará más detenidamente.
Un saludo
hola.me gustaría asesorarse sobre la calle leganitos que me han puesto 3 multas por pasar y es muy injusto.
gracias
Buenas tardes, me he dado cuenta hoy mismo que llevo pasando por la zona de APR durante 6 días ya que vivo en las afueras de Madrid y desconocía tal infracción. La multa seria siempre a la misma hora¿ Habria alguna manera de recurrirlas? Estoy yendo a una academia de idiomas que se encuentra situada en dicha zona.
Muchas gracias
Buenos días, Carlos:
solo se puede acceder a dicha zona si es usted residente de la misma y en casos determinados para acceder a un hotel o parking con autorización previa solicitada por la empresa. En su caso la única opción sería comentarlo con su academia que por ser una empresa puede tener varías matrículas autorizadas y existe la opción de solicitar la autorización de paso hasta 3 días después del acceso con el vehículo, si aún está dentro del plazo intente la gestión para no recibir 6 multas.
En cuanto reciba alguna de las sanciones pónganse en contacto con nosotros para analizarlas detenidamente, ya que si hay defectos en las mismas, puede conseguir la anulación de alguno de los expedientes.
Un cordial saludo.
Buenas tardes,
nos a llegado una multa despues de 1 mes de la calle Hileras 16,¿puedo recurrirla?
No vimos que apareciera en ningun sitio que sea residencial.
Gracias
Buenos días, Ana:
El plazo para notificar denuncias leves es de tres meses, por tanto la notificación cumple ese requisito. Por supuesto si no está conforme puede recurrir y solicitar las pruebas que considere son necesarias para acreditar el hecho denunciado, especialmente si estima que la señalización era inexistente o no lo suficientemente clara al efecto.
Si quiere, puede dejarnos aquí un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted, para estudiar todas las posibles vías de recurso.
Saludos
Buenas tardes,
acaba de llegarme una multa del Ayuntamiento de Alcorcón, por lo mismo. Fui a Madrid para recoger a mi hija para verla ya que reside no muy lejos de esta calle y el único camino que conozco era esta calle Mayor ,30. vale la pena recurrir, si pago ahora será 40€ sinon el doble, a parte me temo que me manden mas ya que pase varias veces por ahí por ignorancia total.
Un saludo
Buenos días, Miriam:
En vista de que previsiblemente le lleguen más multas y de que no tenemos suficientes datos, como por ejemplo, ¿cuál es el hecho denunciado en la multa?, recomendamos lo consulte inmediatamente con los profesionales de Pyramid Consulting, de cara a valorar el recurso en defensa de sus intereses en tiempo y forma. Saludos.
Ayer 8 de Abril del 2019, recibí una carta certificada con una sanción de marzo del 2018, por circular por esta vía. Tengo registro del pago del parking que reserve, con lo que para acceder tuve que circular por esa calle. Cual es mi sorpresa q al intentar recurrir no puedo, puesto que se supone se paso el plazo de reclamación al no haber recibido ninguna notificación anteriormente. Así sanción asegurada para el bolsillo del ayuntamiento. ?
Indignante
Buenas tardes, Maite:
Desde que nos notifican una denuncia tenemos un plazo de 20 días para formular alegaciones. En este caso, visto que el plazo de recurso ha expirado, llamaría al organismo sancionador para que ver si te dejan realizar el pago con descuento, de lo contrario esperaría a recibir la notificación de resolución sancionadora para intentar recurrirla, pero si no lo hizo en el momento de la notificación de denuncia, las posibilidades de éxito se reducen.
De todas formas, le aconsejo que nos remita la multa para que podamos realizar una valoración jurídica más exhaustiva. Si o desea, déjenos un número de teléfono para que le indiquemos cómo proceder.
Gracias,
Un saludo
Buenos días:
En mi caso me ha llegado una multa por pasar por la calle Jacometrezo después de salir del parking de las descalzas entorno a las 12 de la noche. Es evidente que al igual que a todos, estas señales no son perceptibles al ojo puesto que cuando conduces vas pendiente de otros factores más determinantes (ceder paso a otros vehículos, pasos de peatones, etc…) máxime cuando la señal APR te pilla en pleno giro hacia dicha calle de tal forma que no está orientada para ser vista por la calle por la que vienes, sino que lo está por la calle que está prohibida; si a esto le añades que de noche la visibilidad es mucho menor como fue mi caso, es prácticamente imposible percibir dicha señal. Nadie en su sano juicio se metería por una calle a sabiendas de que le van a poner una multa. Si lo que verdaderamente pretenden es que ningún coche transite por estas calles, deberían retroiluminar estas señales, e incluso hacerlas intermitentes, como las señales que te sueles encontrar en algunas curvas cerradas de carreteras comarcales. Esto permitiría su automática percepción y por tanto, el error de transitar por estas calles. Imagino que recurrir estas multas habiendo foto de por medio no tiene demasiado sentido, ya que no puedes alegar nada. En cualquier caso si estiman que se puede hacer algo, agradecería su consejo. Un saludo y gracias.
Buenas tardes Sergio,
En relación a su cuestión indicar que desde Pyramid Consulting recomendamos recurrir dichas sanciones pues a pesar de que, efectivamente, existe fotografía ésta no sirve para acreditar de forma fehaciente la comisión de la infracción, pues no queda acreditado que la cámara no haya sido manipulada o esté en perfecto estado de uso. Por tanto, no hay documento que demuestre y acredite su fiabilidad conforme lo exige la Ley de Seguridad Vial.
Si lo desea, puede dejarnos su teléfono y nos pondremos en contacto con usted a la mayor celeridad posible, a fin de orientarle más detenidamente.
Un saludo
Os podéis poner en contacto. Seis multas seguidas de lunes a viernes y lunes siguiente por leganitos 24 área de prioridad residencial. 90 euros por multa
Buenos días, Lara:
Por supuesto, déjanos un número de teléfono y nos pondremos en contacto contigo a la mayor celeridad. Las multas en Área de Priodridad Residencial (APR) son perfectamente recurribles, puesto que tienen que aportar documentos que acrediten que han pasado todos los controles metrológicos necesarios.
Un saludo
He recibido 3 multas por haber circulado por Jacometrezo 1,todas en el transcurso de unos 3 días; pero la razón es que llevaba y traía a una amiga que nos visitó y se hospedaba en el hotel que allí funciona. No tengo recibos ya que fue ella la que se hospedó. ¿Hay algo que pueda hacer o tengo que pagar las multas?. Otra cosa, ¿puedo pagar las multas al 50% y también recurrir?, me temo que si recurro y no pago igual me cobren el 100%- Gracias.
Estimado Cristián,
En primer lugar indicarle que el recurso y el pago bonificado son excluyentes. Por otro lado debemos indicarle que el acceso a hotel situado en zona prohibida puede estar exceptuado de sanción, si el vehículo en cuestión se halla incorporado al fichero del hotel del que a su vez éste debe dar traslado al Ayuntamiento. Si no es su caso indicarle que este tipo de denuncias también admiten recurso, con base en la falta de pruebas, concretamente de la certificación de las cámaras que toman la fotografía del vehículo.
Le recomendamos que nos haga llegar sus denuncias y serán objeto de un análisis más detallado.
Saludos
Buenas, he recibido una multa de la calle Jacometrezo 1, de hace 3 meses, no recuerdo haber pasado por allí, además la foto es de las 4 de la mañana y apenas se distingue el coche del resto del entorno, podría estar sacada perfectamente desde el garaje de mi casa.
Muchas gracias
Buenos días Jorge,
En relación con los hechos que nos comenta indicar que la sanción que ha recibido es recurrible pues debe ser la Administración quien demuestre con pruebas fiables y fehacientes la comisión de la infracción. Por ello, el hecho de que tan sólo exista como prueba una fotografía oscura, sombría y poco nítida hace más que dudosa la comisión de la infracción y, por tanto, no deberá considerarse prueba válida en el procedimiento administrativo sancionador. Así mismo, el Ayuntamiento deberá acreditar el correcto funcionamiento de la cámara utilizada para imponer la sanción pues son cámaras que están a la intemperie y, por tanto, sometidas a cambios climáticos bruscos que pueden entorpecer su funcionalidad.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted a la mayor celeridad.
Saludos
Buenas tardes,
me ha llegado una multa a casa por entrar en una Zona de Prioridad Residencial (APR) en Plaza de Santo Domingo nº1 una noche de septiembre. Realmente me indigna la mala señalización de estas zonas (¡desde luego si estuviera bien señalizado la gente no entraría ahí!).
El caso es que me niego por completo a pagar esta multa ya que me parece que únicamente tienen afán recaudatorio ya que según dicen, y cito, «Las Áreas de Prioridad Residencial (APR) del Ayuntamiento de Madrid son espacios en los que se restringe el acceso de vehículos a los no residentes con el objetivo de disminuir tanto la contaminación atmosférica como acústica», cosa esta que me parece una soberana estupidez ya que, por ejemplo, una de estas zonas se encuentra en la Calle Leganitos, una paralela a la Gran Vía en la que la contaminación es exagerada ya de por sí.
Espero que me orienten sobre cómo poder recurrir esta multa por vías legales.
Muchas gracias.
Antonio.
Estimado Antonio,
Si usted no se hallaba dentro de ninguno de los grupos autorizados para acceder siempre existe la vía de recurso, mediante la cual ponemos en cuestión la señalización de la zona(remitan pruebas de la misma) y además de la fotografía (con la que suelen contar), el certificado de verificación de la cámara que la toma, son argumentos que suelen ser tenidos en cuenta en particular en vía judicial.
Saludos
He recibido una multa por circula por la c/. La Bola 6, cuando me dirigía al aparcamiento privado situado en la c/. Isabel la Catolica n 12 (conservo el tiket del parking), ¿existe alguna posibilidad de que me quiten la sancion?. Gracias y un saludo
Estimado Eduardo,
Según deduzco estaría usted afectado por las restricciones impuestas en nuevo Barrio de Ópera. En efecto, la denuncia tendría opciones de impugnación, porque además de alegar que accedió al parking, aportando prueba, se pediría la prueba que acredite el correcto funcionamiento de los elementos técnicos que han intervenido en la obtención de la foto que previsiblemente tendrá en su contra el Ayuntamiento.
Si lo desea, puede dejarnos su número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted, a fin de asesorarle más en profundidad.
Un saludo
Hola llevo solo dos meses en madrid y desde hace uno trabajo como autónomo y me ha llegado dos multas por pasar por una calle de lavapies q es zona residencial yo no sabía ni q existía esto porque en ourense ni en toda Galicia hay estas restricciones y claro el GPS me hacía ir por esa calle y al no saber y conocer gire y pase por esa calle me parece encima excesivo 90 euros por multa hay forma de recurrirla y que me la quiten gracias
Buenos días, Josef:
En relación con la consulta que nos plantea comentarle que en la ciudad de Madrid hay varias zonas de acceso restringido, en las que sólo pueden circular vehículos autorizados. Desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos que se ponga en manos de profesionales como son los abogados de Pyramid Consulting, dado que lo primero que habría que ver es si su vehículos estaría o no autorizado para circular por el APR en el que ha sido denunciado. Presumiendo que no se trata de un vehículo autorizado, le recomendamos impugnar la notificación en base al control metrológico de la cámara con la que ha sido tomada la fotografía que le adjunta a la denuncia notificada.
Un saludo.
Me han multado por pasar por la calle embajadores pero iba a dejar a una residente, hay forma de recurrir la multa con el empadronamiento o comprobante de domicilio? Aunque no fuera un coche registrado por ella.
Buenos días, María:
Efectivamente la Calle Embajadores se encuentra incluida en el Área de Prioridad residenciad de Embajadores. Estas zonas, comúnmente conocidas como APR, son espacios en los que se restringe el acceso de vehículos a los no residentes, siendo el acceso a estas zonas libre para determinados vehículos, como los de los residentes del SER a su correspondiente barrio, turismos con autorización Cero Emisiones del SER, vehículos que estacionen en un parking o en un establecimiento de hospedaje ubicado en las Áreas de Prioridad Residencial, etc.
Por lo tanto, es el residente empadronado en un Área de Prioridad Residencial el que tiene que solicitar autorización de acceso para el/los vehículo/s de su titularidad.
No obstante, la persona residente podrá solicitar autorización de acceso para un vehículo que no sea de su propiedad en determinados casos, siendo uno de ellos la autorización de acceso de un día sin justificante. En estos casos de autorización puntual, se deberá solicitar la misma dentro de los tres días posteriores al de la fecha del acceso.
Entendemos que la residente no solicitó la autorización en los tres días posteriores, por lo que invitamos nos hagan llegar la denuncia con el fin de analizarla y ver la viabilidad de su recurso.
Un saludo
Buenas tardes, me ha llegado una multa por pasar por la Plaza Platería Mártinez, 1, el pasado mes de septiembre. No suelo circular por Madrid e iba buscando el parking de la Plaza de las Cortes, donde dejé luego el coche. No dispongo de recibo del mismo, pero a lo mejor tienen un registro de matrículas, ¿merece la pena recurrir?. Gracias!!
Estimado Antonio:
En efecto, un de los motivos de anulación de una denuncia cuando se accede a un parking por una calle en teoría prohibida es presentar el ticket del parking, si la vía en cuestión era de recorrido necesario de acceso al mismo. Si no dispone del ticket, lo normal es que el parking tenga un registro de las matrículas y le puedan hacer un justificante. Por otro lado, el expediente también puede ser objeto de impugnación solicitando remisión de pruebas (foto y certificado de la cámara con la que aquella ha sido tomada). Le recomiendo que nos haga llegar su denuncia a fin de realizarle un estudio más detallado.
Un saludo
Hola,
He sido multado en la calle Tribulete, en Madrid, perteneciente a la APR de Embajadores. El día de la multa aparqué en un parking cercano, el de Casino de la Reina, en el que posiblemente hay datos de entrada y salida mediante cámaras.
La calle de la multa no es una calle por la que es imprescindible pasar para acceder al parking, por tanto, me queda la duda de si recurrir o no la sanción.
¿Podrían aconsejarme?
Muchas gracias.
Saludos
Estimado Diego, para su información, cuando un parking de uso público se encuentre situado en una zona APR, es el propio titular del mismo el que solicita la correspondiente autorización de acceso para los vehículos que acceden al parking. Dichas autorizaciones de acceso se conceden en función del número de plazas de aparcamiento del parking. Por ello, le invitamos nos haga llegar la denuncia con el fin de comprobar, en primer lugar, si el parking ha solicitado dicha autorización, además se habrá de analizar otras cuestiones y defectos que pueda contener la denuncia y como no, se habrá de solicitar toda una actividad probatoria con el fin de que la Administración pruebe la comisión de la infracción.
Saludos
Hola: Hace poco dieron de alta la matricula de mi coche para poder acceder al APR del Barrio de las Letras ya que allí vive una persona de más de 70 años y puede asociar dos matriculas para que pasen las veces que sean necesarias. Cuando dieron de alta mi matricula le dijeron que podía acceder a la APR sin especificar que por las calle peatonales no podía circular. Ahora resulta que haciendo otro tipo de consulta le han dicho que los coches no pueden circular por las calles peatonales solamente las pueden cruzar. He llamado y efectivamente es así. No se cuantas multas me llegarán porque he circulado por esta calle peatonal cerca de 6 veces (Calle Huertas) ya que ella vive ahí. ¿Podría recurrir de alguna manera todas estas multas?
Un saludo.
Buenos días Javier
El control de accesos a las Áreas de Prioridad Residencial se realiza con las cámaras que están situadas en sus vías de acceso, mediante la captura de una imagen de la matrícula de la parte posterior del vehículo.
Ahora bien, como señala ha podido obtener autorización para acceder a dicha zona porque se encuentra en uno de los supuestos contemplados en la normativa por lo que, en su caso, desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos recurrir la sanción recibida en base a dicha autorización.
Por otro lado, esa sanción también es recurrible en base a la falta de acreditación de la fiabilidad de la cámara que realiza tal fotografía ya que la misma debe pasar las revisiones oportunas, y así lo están reconociendo diversos juzgados. No obstante, y para una mejor valoración deberá remitirnos la sanción para su estudio.
Un saludo
Estimados señores , me llegó una multa de tráfico por circular en una zona de acera sin tarjeta de circulación por un valor de 90€ pero la page antes de los 15 días y pague 45€ .
A los dos dias me llegaron dos más y me han dicho que hay dos más por venir.
Lo que pasa es que yo no vivo en Palma de Mallorca centro y no tenía conocimiento de la existencia de esta restricción y hacia esta ruta para ingresar al parking que está en la calle Antoni Maura en Mallorca para asistir a unas conferencias y talleres en la Cámara de Comercio que está a unas calles del parking y seguramente vendrán más por qué he seguido pasando por esa calle para ingresar al parking cada que asistía a los talleres , evidentemente sin tener el conocimiento de dicha restricción.
Mi pregunta es si puedo recurrir a las multas por qué yo vengo pasando por esa calle hace tiempo , más de medio año , no cada dia por que los talleres salen de vez en cuando en la cámara de comercio , pero la primera multa me llego a finales de octubre y era con fecha del 2 de septiembre la cual pague pero las siguientes que me han llegado quiero recurrirlas.
Pido su orientación para saber cómo proceder a recurrirlas .
Muchas gracias.
Buenos días, Freddy:
En relación con la cuestión que nos plantea, informarle que deberá presentar los tickets del parking o, en su caso, ponerse en contacto con ellos para uqe, mediante sus registros, certifiquen que accedió a su aparcamiento los días que se han puesto las sanciones. Una vez presentados, quedará anulada la multa.
Igualmente, nos ponemos a su disposición para agilizar los trámites y poder presentarlo todo en tiempos y forma correctos. Si lo desea, puede dejarnos su número de teléfono y nosotros nos pondremos en contacto con usted.
Un saludo
Hola me han multado por entrar en la calle jacometrezo 2 tres veces no se donde se encuentra el cartel de prohibido circular ni si me merezco la multa. Grcias de antemano
Estimada Rocío,
Informarle que la Calle Jacometrezo pertenece a una de las Áreas de Proridad Residencial del Ayuntamiento de Madrid (APR). Estas zonas son espacios en los que se restringe el acceso de vehículos a los no residentes, teniendo acceso a ellas determinados vehículos con autorización o en determinadas circunstancias.
El control de accesos a estas zonas restringidas se realiza con la cámaras que están situadas en sus vías de acceso, mediante la captura de una imagen de la matrícula de la parte posterior del vehículo, teniendo como consecuencia el inicio de un procedimiento sancionador a los titulares de los vehículos cuyo acceso no está autorizado. Asimismo, informarle que los accesos a las Áreas de Prioridad Residencial están debidamente señalizados mediante la señal con la advertencia de video vigilancia.
Por todo ello, le invitamos nos haga llegar sus denuncias con el fin de analizar en profundidad su caso y ver la viabilidad de la presentación de alegaciones, ya que el Ayuntamiento deberá de remitirle una serie de pruebas como es el certificado de verificación de la cámara que ha captado las supuestas infracciones.
Si lo desea, nos puede dejar un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted a la mayor celeridad.
Saludos
Hola, es posible acceder a las zona apr, sin que tu coche sea cero emisiones, me refiero a los modelos ambientales, eco, B, C.
Gracias
Estimado Antonio,
indicarle que para acceder a las zonas APR, el Ayuntamiento permite su acceso sin autorización a los vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas), los vehículos híbridos enchufables PHEV (Plug in Hybrid Vehicle) y los vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que, previa solicitud, hayan obtenido la correspondiente autorización de estacionamiento del SER otorgada por el Ayuntamiento de Madrid. Por lo tanto, hasta el momento, solo está permitido acceder a dicha zona sin autorización (con previa solicitud autorización estacionamiento SER), a los modelos referidos, además de otros supuestos como por ejemplo los vehículos que tengan autorización de residente.
Un saludo
Hola, me ha llegado una carta certificada de Madrid, hace como un mes pase por esa zona residencial porque me perdí, me imagino que sea la multa, que pasa si en los siete días siguientes no cojo la carta de correos porque he estado fuera? Me lo quitan de la declaración de la renta? Me quitan la multa ? Muchas gracias de antemano.
Hola, Esther:
Con relación a su consulta, indicarle que una carta no recogida en el plazo que le indica el certificado, es devuelta a su procedencia y lo normal es que el Organismo encargue su publicación en el Boletín Oficial; en ese momento comienzan a contar los plazos para recurrir. Le recomiendo contacte con nosotros, y le informarán oportunamente ya que tenemos una aplicación que, de modo automático, busca cualquier publicación que pueda afectar a nuestros clientes.
Un atento saludo
Hola, tengo mi oficina alquilada en la calle Preciados desde Enero y la única manera física de entrar en la zona de carga y descarga en el horario permitido (hasta las 11am) es a través de la plaza de Santo Domingo, un tramo de apenas 50 metros.
He realizado cargas y descargas este año en numerosas ocasiones y nunca me habían multado entrando por la calle San Bernardo y entrando en la calle Preciados desde la plaza de Santo Domingo.
Hoy he recibido una multa con foto de la plaza de Santo Domingo del 31 de Octubre a las 10 de la mañana y mirando el mapa de APR de Septiembre de este año he visto que hay una cámara colocada justo en la entrada a la plaza desde Santo Domingo.
¿Hay algo que pueda hacer?
Buenos días, Miguel:
Si tuviera algún tipo de autorización para entrar en la APR, deberá aportar copia de la misma, solicitando que la sanción quede anulada. En caso contrario, en este momento puede aprovechar el pago reducido o se pueden presentar alegaciones contra la denuncia que le ha sido notificada, en el plazo de 20 días, solicitando a la Administración que proporcione pruebas para demostrar la realidad del hecho denunciado, tales como certificado que acredite que la cámara con la que fue tomada la foto está sometida a los correspondientes controles, etc. En cualquier caso, recomendamos poner el asunto en manos de profesionales para ofrecerle la mejor opción en defensa de sus intereses.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono y nuestro equipo de expertos se pondrá en contacto con usted a la mayor celeridad, a fin de darle un asesoramiento más personalizado.
Saludos
Hola,me han llegado 2 multas por el tema APR con mis 2 diferentes coches puedo recurrirlas?
Estimado David,
En efecto, nos deberá remitir, si lo desea, sus multas, con independencia del vehículo, para estudiar el expediente y presentar las oportunas alegaciones pues los motivos de recurso en este tipo de denuncia son bastante diversos.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted a la mayor celeridad.
Saludos
buenos dias
acabo de recibir una multa de 90€ de la calle jacometrezo 1 de madrid por entrar en la zona APR.
Soy de Valencia y fui a pasar un fin de semana a Madrid por lo que no sabía que hay calles por las que no se puede circular, además iba buscando el parking de la plaza del Carmen y me perdí.
¿Es interesante reclamar la multa o pago el importe reducido?
¿Si reclamo la multa donde debo dirigir el escrito y que pongo en el?
Muchas gracias por su ayuda
Un saludo
Buenas tardes, Amparo:
En primer lugar informarle de que la calle Jacometrezo pertenece a una de las Áreas de Prioridad Residencial (APR) del Ayuntamiento de Madrid. Estas zonas se encuentran debidamente señalizadas tanto a la entrada como a la salida de las mismas mediante señal de advertencia de video vigilancia. Es por ello que le aconsejamos nos remita la denuncia con el fin de estudiar el expediente detenidamente y ver la posibilidad de presentar alegaciones, puesto que el Ayuntamiento le tendrá que remitir una serie de pruebas, como es el certificado de la cámara que ha captado la presunta infracción.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono, y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted a la mayor celeridad.
Un saludo.
Hola tengo la misma multa, es del 17/03 y.me notificaron ayer 24/6 con fecha 8/6 aparque en el parking pero no guarde recibo, hay forma de recurrirla?
Buenas tardes, si no dispone de recibo, se puede recurrir solicitando pruebas que acrediten la realidad del hecho denunciado, tales como certificado que acredite que la cámara con la que fue tomada la fotografía ha sido sometida a los correspondientes controles. Dispone de un plazo de 20 días desde que le fue notificada la denuncia para formular alegaciones.
Saludos
Buenas tardes, he ido al parking y han quedado en enviarme el recibo por mail. Una vez que lo tenga que debo hacer? Ir a tráfico? Mañana se cumplen los 20 días pero yo recibí el aviso hace 4 de los cuales 2 eran fin de semana. Gracias.
Buenas tardes he recibido tres denuncias por pasar con el coche por embajadores 66 las 3 fueron casi seguidas no pasadas ni un mes, una la pague sin pensar que me llegarian otras dos pues la señalizacion no se ve mucho y aparte desconocia la señal por esta calle puesto que soy de las afueras de madrid. Me niego a pagar estas dos multas porque las veo injustas la señalizacion de estas señales no estan muy bien visibles y para los que no residimos en madrid centro desconocemos estas calles, me gustaria recurrirlas nose si es posible
Buenos días, Jennifer:
Se pueden presentar alegaciones contra la denuncia que le han notificado, solicitando a la Administración que proporcione pruebas que acrediten la realidad del hecho denunciado, tales como fotografía de la infracción (que supongo le habrán enviado), certificado que acredite la existencia de señalización en el lugar de la infracción, etc.
En cualquier caso, recomendamos nos envíe la denuncia para estudiar más detenidamente las pruebas y valorar la viabilidad de un posible recurso.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para darle un asesoramiento más personalizado.
Un saludo
Hola me ha llegado una sancion de calle leganitos, 21/10/16, y he accedido al parquin de tudescos, toda la vida se ha subido por leganitos para poder cruzar gran via y acceder a ese parquin. Me gustaria saber porque me llega la multa si he accedido al parkin? Y si es un error si se puede recurrir? Muchas gracias
Hola Alberto,
Le puedo indicar que la calle Leganitos está afectada por las limitaciones de acceso de la zona de Opera (APR), de ahí que le hayan puesto la denuncia, no obstante, nos la puede remitir para hacerle una valoración más detallada y presentarle las oportunas alegaciones.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para darle un asesoramiento más personalizado.
Saludos
Hola,
Me ha llegado una multa por acceder a una zona APR en la plaza del angel, 2. Yo estaba buscando aparcamiento y efectivamente aparqué pero no en el parking de plaza mayor sino en uno cercano en la calle del doctor cortezo. Tengo el justificante de pago del parking ¿es recurrible?
Estimada Laura,
En el supuesto que nos describe le recomiendo nos envíe la notificación que ha recibido a la mayor brevedad con el fin de realizar las oportunas gestiones y ver la viabilidad del recurso, puesto que es el titular del parking de uso público el encargado de solicitar las autorizaciones de acceso para los vehículos que acceden al parking.
Un saludo
tengo una multa por circular por calle prado, hay alguna manera de recurrirla, tenia que pasar por esa calle si o si. que puedo hacer.
mi correo.
Sanchez-fama@hotmail.com gracias
Buenas tardes, Francisco Javier:
Nuestro equipo se pondrá en contacto con usted a la mayor celeridad, puesto que esas multas son perfectamente recurribles, ya que la imagen captada por las cámaras deberá ir acompañada de los correspondientes certificados que acrediten que la cámara ha pasado por todos los controles necesarios.
Saludos
Buenas, pasé por una zona APR, plaza de Sto Domingoy aparqué el coche en el parking de ese hotel durante 3h aproximadamente, conservo el ticket del parking, que confirma que aparqué el coche a las 8.41h y la multa me la pusieron a las 8.36h.. supongo que con estos datos puedo recurrir con éxito, no? ya que uno de los supuestos para poder entrar dice que vayas a un parking de la zona… podrían confirmarme esta información’.
Gracias
Buenos días, Esther:
Normalmente, son los dueños de los hoteles o parkings quienes pasan de forma regular un listado de matrículas que han entrado en sus instalaciones. No obstante, a veces no se hace o aun haciéndose llega la sanción. Por ello, desde nuestro departamento jurídico de PYRAMID CONSULTING, le recomendamos nos haga llegar la notificación para recurrir junto con el comprobante del pago del parking y así valorar ante qué tipo de notificación estamos y qué recurso es el procedente con el fin de poder defender sus derechos de una forma eficaz.
Un saludo
Buenas
Soy de Vitoria y me ha llegado una multa por circular por una APR (intersecc torrecilla leal/rosa). Decir que iba pendiente de llegar a mi destino y desconozco la normativa de Madrid. Tendría alguna opción de recurrir con éxito? Gracias
Estimado lector,
En principio, no conocer la ciudad no es excepción a la obligación de conocer sus normas o limitaciones de circulación. No obstante su multa sí es recurrible en virtud otros argumentos, como es la necesaria actividad probatoria que le debe remitir la Administración, entre dichas pruebas, la fotografía inexcusable, junto al certificado de la cámara con la que fue tomada. Envíenos su multa y se la valoramos con más detalle.
Un saludo
Buenas.
Hace 3 meses(el 20 de noviembre) pase por la calle Mayor de Alcorcon,no me di cuenta y fui aparar alli, y estoy seguro que pase por una camara.
De momento no me ha llegado notificacion, mi duda es si me llegase que deberia de hacer?? ((no deberia de hacer caso,recurrir,etc..)).Ya que acaban de pasar ya los 3 meses.
Un saludo y gracias anticipadamente.
Buenos días Sergio,
En caso de que reciba la denuncia habiendo transcurrido los 3 meses desde la fecha de la infracción, se deben presentar alegaciones manifestando que la posibilidad de reclamar dicha sanción ha prescrito, entre otros argumentos y solicitud de prueba. En cualquier caso, si finalmente recibe la denuncia, le invito a que nos la remita para su valoración y poder ofrecerle la mejor opción para su defensa. Saludos.
Hola buenas me ha llegado una multa por circular por la calle Mayor 77, yo vivo en Collado Villalba y soy nobel,iba con el gps y me metió por esa calle, me llego la notificación con la foto de la infracción y según he leído se puede recurrir, que % de estos casos se ganan?
Buenas tardes, Ronald:
En relación con su consulta le informamos de que la calle Mayor 77 está afectada por las limitaciones de acceso debido al Área de Prioridad Residencial, de ahí que haya recibido la denuncia. Sin embargo, la puede remitir al departamento jurídico de Pyramid para hacerle una valoración más detallada y plantear las oportunas alegaciones al respecto. Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono, y será nuestro equipo experto quien se ponga en contacto con usted. Un saludo.
Hola, por motivos de trabajo en Enero alquile un coche y estube un fin de semana en madrid alojado en un hotel cerca de la puerta del sol y aparque al lado. Llegue el sabado sobre las 14:00 y marche el domingo sobre las 17:00 y me acaba de llegar un aviso de la agencia de alquiler de coches informandome que han sido notificados de una multa y por facilitar mis datos tengo ademas un cargo por gestion administrativa. ¿Es posible recurrir la multa por haber estado en un hotel por motivos de trabajo?¿Seria como un residente provisional? Un saludo!
Estimado David,
En el supuesto que nos describe, le recomiendo nos envíe la notificación que ha recibido a la mayor brevedad con el fin de realizar las oportunas gestiones y ver la viabilidad del recurso, puesto que son los titulares de los establecimientos de hospedaje los encargados de solicitar las autorizaciones de acceso para los vehículos de los clientes hospedados. Además, habrá que verificar si la denuncia que ha recibido viene acompañada del correspondiente certificado de que la cámara fotográfica con que fue captada la presunta infracción, cumple todos y cada uno de los requisitos sobre el control metrológico.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted.
Un saludo
Buenas tardes, he recibido 2 multas, una de plaza santo domingo a día de 24/01 y otra en calle leganitos a día de 26/01, son calles coliganantes. El caso es que fui a Madrid de vacaciones, y me hospede en un hotel de la calle leganitos, no sabía la existencia de esos radares y en el hotel no me informaron, las multas son del día de llegada y del día de salida. Mi duda es si puedo recurrir de alguna forma, alegando que tube que pasar por esas calle para soltar/recoger el equipaje o tendré que pagar las multas.
Podrías daros mi número de teléfono para ponernos en contacto si fuera necesario.
Buenas tardes, Juan José:
Efectivamente, esa sanción sería recurrible. Habría que acreditar que estábais hospedados en ese hotel, para poder autorizar el vehículo.
Tal y como comentas, si quieres déjanos un número de teléfono y te llamaremos cuanto antes para asesorarte de forma más concisa.
Saludos
Buenas entonces te dejo mí número de teléfono. 681189780 muchas gracias de antemano.
Tengo una multa por entrar en la calle jacometrezo 1 el dia 23 del 11 de 2016 a las 20 horas y 11 min de noche cerrada ya, me hacen la fotografía, se puede recurrir si digo que me di cuenta y di marcha atrás y salí de esa calle y no circulé por ella. No recuerdo ni por donde pasé ese día puesto que no vivo en Madrid. Fui con mi familia de compras
Buenos días, Eduardo:
Su sanción es recurrible. En este caso habría que solicitar pruebas que acrediten la realidad del hecho denunciado, tales como certificado que acredite la existencia de señalización de prohibición de entrada en el lugar de la denuncia, informe que acredite que la cámara con la que fue tomada la fotografía ha pasado los correspondientes controles y se encontraba en condiciones adecuadas en el momento de la denuncia, etc. En cualquier caso, le invitamos a que nos remita su multa para ofrecerle la mejor opción en defensa de sus intereses. Saludos.
Buenas mi caso es que trabajo para Amazon a través de otra empresa llamada ics, y lógicamente tenemos pedidos para entregar en todas las Apr de Madrid. La empresa me obliga a pasar a pesar de no tener permiso las furgonetas. Ahora me a llegado una multa y me van a llegar varias más. Mi empresa me obliga a pagarlas, que puedo hacer?
Buenas,
En mi caso he recibido una multa de la calle Cenicero, 13, también por circular por una zona APR. La realidad es que fui a cenar a un restaurante y entré en esa zona sabiendo que «no se podía» porque había un cartel que indicaba un Parking publico (y sabia que para aparcar si que se puede acceder)
El caso es que no encontré el parking, asi que sali de la zona y aparqué en un parking de Embajadores, que está justo al lado, pero que por lo que veo a ahora son zonas APR diferentes.
Mi pregunta es: para que un Parking anule la denuncia de la camara del ayuntamiento, debe estar el parking en la mias zona APR?
Estimado Juan:
Efectivamente, para que una denuncia por parte del Ayuntamiento se archive es necesario que el parking se encuentre en la misma zona de prioridad residencial. Si necesita información, no dude en contactar la página web del Ayuntamiento de Madrid, donde encontrará información detallada sobre las APR.
Igualmente, estamos obteniendo muy buenos resultados en los recursos de multas de APR, puesto que, a nivel técnico, muchas veces no cumplen con todos los requisitos.
Por lo tanto, le invitamos a hacernos llegar su expediente a fin de estudiar detenidamente las posibles alegaciones. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted a la mayor celeridad.
Un saludo
Hola, me han enviado una multa por acceder a la zona apr. Me gustaría saber si es posible recurrir ya que me acompañaba mi padre con movilidad reducida para la renovación de el dni en la comisaría de la plaza de platería de martinez, el no dispone de tarjeta de aparcamiento de personas con movilidad reducida pero si de carnet de minusvalía y era necesario dejarle en la puerta de la misma y yo deje mi vehículo en el parking más cercano gracias.
Buenos días Alberto, le recomendamos nos remita la denuncia recibida, así como el justificante de haber estacionado el vehículo en el parking con el fin de estudiar la mejor manera de presentar las alegaciones. Desde la fecha de notificación, dispone de 20 días para presentarlas por lo que le animamos a contactar con el Departamento jurídico de Pyramid Consulting. Un saludo.
Hola, me a llegado una multa en la zona de jacometrezo 2 en madrid, pero pensaba entrar en el parking publico pero estaba lleno y no hubo manera de entrar. Aun así me llego la foto de la multa.
Hay alguna posibilidad de recurrirla. ??
Buenas tardes, David:
Las denuncias detectadas por cámara son recurribles en base a la existencia de certificado relativo a sus oportunas revisiones, ya que efectivamente la calle Jacometrezo es de circulación restringida y tiene una cámara al principio de la misma. Por ello el motivo, además de que la denuncia debe estar emitida de forma electrónicamente válida, lo que habrá que verificar, el expediente debe ir acompañado del soporte probatorio suficiente, entre el que se encuentra el citado certificado.
Saludos
Buenas tardes, mi caso es que me han multado en la plaza del ángel de Madrid por ser zona restringida, pero un policía me dijo que si lo metía en parking público me quitaban la multa, lo metí en el de la plaza Santa Ana y tengo el justificante, y la multa me ha llegado, puedo recurrirla? *
Buenos días, Mari Carmen:
Al tratarse de una denuncia en zona restringida, existen dos posibles argumentos de recurso; además de aportar el justificante del parking como le indicó el Agente, existirá imagen tomada por una cámara, por lo que es conveniente solicitar el certificado de la misma. Circunstancia añadida que los documentos de la Administración deben tener la consideración de documentos electrónicos y como tales ir revestidos de unas formalidades que, en la mayoría de los casos, no reúnen.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono para que alguien de nuestro equipo se ponga en contacto con usted y le explique cómo proceder.
Saludos
655916646,a partir de las 19h. me podria llamar,gracias.
Hola, Mari Carmen:
¿Has alguna otra hora a la que te puedan llamar? A esa hora nuestros compañeros ya no están en la oficina. Gracias.
mañana entre 10 y 11 a.m.
Perfecto, Mari Carmen. Damos el recado. Un saludo
Hola, me ha llegado una multa por pasar por la calle Mayor para ir a un curso del SEPE. Dejé el coche en párking de Carretas pero tiré el justificante. ¿Puedo hacer algo?
Un saludo
Buenos días Óscar,
Seguramente el parking guarde algún registro de entrada por lo que se podría aportar al recurso. Por tanto, dado que el plazo de recurso es de 20 días naturales deberá hacernos llegar la sanción lo antes posible para su recurso.
Para su comodidad, puede dejarnos un teléfono y le explicaremos cómo proceder.
Un saludo
Hola. Quería aparcar en el parking debajo de plaza de Oriente pero me pase la salida. El caso es que entre en el barrio apr, salí de nuevo a Gran Vía, volví y ya sí aparque en dicho parking? Ese parking no tiene ningún cartel de APR como si tienen otros. ¿Es factible anular la multa?
Buenas tardes Mateo, a priori el parking debajo de la plaza de Oriente tal y como usted indica, no pertenece al área de prioridad residencial de Ópera. No obstante le animamos a remitirnos la denuncia con el fin de presentar alegaciones en base a la legalidad de la fotografía remitida, así como analizar otras cuestiones y defectos que pueda contener la denuncia y en su caso, solicitar toda una actividad probatoria con el fin de que la Administración pruebe la comisión de la infracción. Un saludo.
Buenas noches, he recibido una sanción por pasar por la calle Leganitos 24, con una fotografía, ¿puedo reclamar de alguna manera? ¿es aconsejable hacerlo? por el hecho de que si no acceden a retirarla tendré que pagar su totalidad. Gracias.
Hola buenas, he recibido una multa por pasar en zona apr, en la calle leganitos, no me di cuenta de la señal, y me ha llegado la carta con la fotografía del coche. es recurriese y merece la pena recurrirla?
Gracias
Buenas tardes, Juan:
La calle Leganitos está incluida, como bien dice, en Área de Prioridad Residencial. Por supuesto, esas multas son recurribles, puesto que pueden solicitarse pruebas tales como los certificados de mantenimiento de las cámaras.
Si quiere, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para indicarle cómo proceder.
Un saludo
Este es el teléfono 666271551
Espero su llamada, gracias!
Perfecto, Juan. Alguien de nuestro equipo le llamará mañana.
Un saludo
Buenas tardes,
Me ha llegado una multa por circular por la calle Hileras. Accedí a la calle Hileras con el fin de aparcar en el parking, pero durante el trayecto encontré un aparcamiento en la misma calle y aboné la tasa correspondiente por ser zona verde.
¿Puedo recurrir?
Buenos días, Cristina:
La sanción a la que hace referencia es por acceder a una zona de prioridad residencial. Este tipo de sanciones son totalmente recurribles ya que la única prueba que aporta la Administración es una fotografía, la cual no se acompaña del correspondiente certificado de verificación de funcionamiento de la cámara o elemento técnico con la que fue tomada según dispone el art. 83 dentro del apartado garantías procedimentales de la Ley de Seguridad Vial. Le animamos a que se ponga en contacto con el departamento jurídico de Pyramid Consulting y nos remita la denuncia. Un saludo.
Buenas si llevas pasando dos meses por zona residentes prohibiendo el paso, y son casi 9.000 euros no ay forma de recurrir si uno de los ocupantes del coche vive en esa zona?
Buenos días,
Para acceder a una zona APR debe obtener una autorización, si no la tiene no está habilitado a circular por esa zona aunque uno de los ocupantes sea residente en la misma.
Aun así este tipo de sanción podrá ser recurrible negando la infracción y pidiendo los medios de prueba acompañados de los requisitos legalmente exigibles.
Un Saludo
Buenos días, hoy me ha llegado una multa de 90€ por circular por la calle Mayor 77 de Madrid a las 17:30 horas, lo curioso es que ya he ido unas 20 veces por allí con el mismo motivo «aparcar en el Aparcamiento Público de la Plaza Mayor» para así «quitarme problemas de aparcamiento» y estar tranquilo haciendo las gestiones pertinentes. Resulta que ese día al igual que todos los restantes, entre en dicho aparcamiento público, aparque durante un tiempo largo y luego pague en la máquina y me marché, pero parece que el sistema informático del aparcamiento y del Ayuntamiento falló, sancionandome injustificadamente. Por favor, que hago y como recurro contra esa muralla que es el Ayuntamiento de Madrid. Gracias
Estimado Miguel Ángel,
Entiendo sus dudas. Efectivamente deberíamos ver el caso en concreto y estudiar la multa que le ha llegado para controlar que se la hayan notificado correctamente, ver lo que el ayuntamiento aporta y las normativas que supuestamente haya infringido. Sería, además, muy útil si pudiera conseguir el recibo o el ticket de cuando haya estacionado en dicho aparcamiento. Por ello, le invito a remitirnos la multa con los documentos para poderle asesorar de forma efectiva y profesional.
Un saludo
Hola, he recibido una multa de 90 euros por pasar por la calle mayor 23 y nos estar autorizado. Soy de fuera de Madrid y no conocía la existencia de las zonas autorizadas restringidas. El caso es que dejé el coche en el parking de la plaza mayor el día 8 de Julio a las 21:39 y lo saqué el día 9 de Julio a la 01:04. Según parece para que no me hubieran multado, tenía que haber sacado el coche de la parking antes de las 24 horas del día 8 de Julio y haber vuelto a entrar después de las 24horas, algo totalmente ilógico. ¿Merece la pena presentar un recurso?
Gracias y saludos
Estimado Gonzalo,
Pueden acceder a las Áreas de Prioridad Residencial los vehículos que estacionen en un parking o en un establecimiento de hospedaje ubicado en las Áreas de Prioridad Residencial. En este caso, el titular del parking o establecimiento de hospedaje tiene que tramitar la autorización de acceso de dichos vehículos. Los parking pueden ser, tanto de uso privado (de un edificio de oficinas, un centro comercial, instituciones públicas, etc), como de uso público.
En este sentido, su multa se puede recurrir aportando el comprobante del parking. Además pidiendo los medios de prueba que comprueban la infraccion.
Un Saludo
O sea que aunque haya estado viviendo en la zona con contrato de piso, como no pedí permiso es tontería que recurra las 12 multas no?
Tendríaque pagarlas verdad?
Hola Alberto,
Como ya hemos indicado anteriormente, la autorización se tiene que solicitar siempre con antelación a la fecha del acceso a la APR.
Así mismo, estas denuncias se están recurriendo en base a la falta de certificado que acredite que el aparato con que fueron tomadas las fotografías haya pasado las revisiones oportunas, certificado que acreditaría no sólo su correcto funcionamiento, sino también su falta de manipulación. Sin embargo, a fecha de hoy, el Ayuntamiento de Madrid no está emitiendo ese certificado por lo que muchas sanciones están siendo recurridas y ganadas en vía judicial ya que son muchos los jueces que consideran dicha prueba como pertinente y relevante para la acreditación de la infracción.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted a la mayor celeridad.
Un saludo
Hola. He recibido una multa por pasar por la calle mayor 23 (que es zona APR) acompañada de una foto de noche en la que:
1- se ve muy oscuro y no se aprecia que marca y modelo de coche es.
2- a una letra de la matricula le falta un trozo (en la ampliacion que ellos mismos hacen lo han retocado y ahi si que se lee).
3- En la denuncia no se indica el modelo ni el color del coche, solo pone «Peugeot claro».
4- No se adjunta certificado de la camara que realizó la foto.
¿Debo en primer lugar solicitar datos de la camara (certificado y revisiones) o realizar primero o al mismo tiempo las alegaciones por defecto de forma?
¿Puedo solicitar estos datos y luego cuando me lleguen hacer las alegaciones o se hace todo a la vez?
Gracias por su atencion.
Estimado David,
Deberá proceder a realizar las alegaciones, ya que cualquier solicitud o escrito que presente ante la Administración en el plazo de 20 días será tomado como alegaciones. Nuestra recomendación es que nos haga llegar la denuncia a la mayor brevedad, ya que en el escrito de alegaciones se deberá solicitar toda una actividad probatoria, como es por ejemplo como bien dices, el certificado de la cámara con que fue captada la supuesta infracción.
Un saludo
Hola he recibido una multa de 90 euros por pasar por la calle Mayor 77, la cuestión es que ese día deje a mi marido haciendo un recado mientras yo daba vueltas por la misma calle por lo menos 6 veces, me multarán por cada vez que pasé por allí o solo una vez??
Buenos días Ángeles,
Teniendo fecha / hora distintas las infracciones son susceptibles de denuncia, aunque sea el mismo hecho y en su caso en el mismo día. Aun así este tipo de multas se pueden intentar anular, presentando un escrito en el cual entre otras alegaciones se pedirá los medios de prueba legalmente exigibles.
Un saludo
Acabo de ver que tengo una multa por «NO RESPETAR LAS SEÑA LES EN UNA VÍA DE CIRCULACIÓN RESTRINGIDA O RESERVADA.»
Se indica que es en la calle Hileras 16. Yo no recuerdo haber visto señal alguna que indicase que esa vía era restringida (si no lógicamente no accedo por ella)
Puedo recurrir de alguna forma
Buenas tardes Jose Carlos,
Este tipo de multas son recurribles negando la infracción, comentando que en ningún momento ha tenido percepción de señal que prohibiera el paso y pidiendo los medios de prueba que la acreditan acompañados de los requisitos legalmente exigibles.
Buenos días, para pasar al párking de plaza de las descalzas ¿se puede acceder por el acceso del túnel de plaza mayor y cruzar por calle de las hileras? En mi opinión tiene mejor acceso que desde gran vía que siempre está atascado.
Gracias
hola,en agosto fui a madrid y el dia 19 estuve en el parking de la plaza mayor dos veces,accediendo a el
por el subterraneo de la calle atocha.
ayer me ha llegado de una multa de pasar por la calle mayor n 23 el dia 20 (solo puede ser una vez cuando salí del parking por esa calle)
Pero esque el dia 20 estube en la warner y no pase por esa zona de madrid
no tengo tikets que lo justifique ya que se los queda la maquina para abrir la barrera…
hay algún modo de reclamar dicha multa ya que no tengo pruebas de ello?? podria contactar con el parking y justificar mis ingresos y salidas del parking?¿
Buenas tardes, en relación con su consulta le aconsejamos, desde el departamento jurídico de Pyramid Consulting, que nos remita la sanción para poder presentar las alegaciones correspondientes, donde solicitaríamos a la Administración la fotografía para corrobar que no haya un posible error de lectura de la matrícula. Un saludo.
Buenas tardes,
Me han llegado dos multas por acceder a la calle mayor. Tenía una reserva para un apartamento en esa calle y simplemente entré a cargar y a descargar (en días distintos) tengo entendido que los clientes de los hoteles pueden acceder a las zonas de trafico restringidas, ¿podría recurrir las multas?
Muchas gracias, saludos
Me acaba de llegar una multa por acceder a una zona restringida en el centro de Madrid, puesta por una cámara en la calle Hileras 16. He comprobado que en ese punto no hay ninguna señal, aunque haciendo el recorrido a la inversa a pie si he visto una señal restrictiva en la plaza de Herradores. Dicha señal está en una bifurcación y sinceramente no me parece que quede muy clara a cual de los dos ramales afecta la señal. No obstante entiendo que probablemente reclamar esa cuestión sea complicado.
En la notioficación de denuncia el campo nº de agente viene en blanco. La denuncia viene firmada por «EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION DE MULTAS DE CIRCULACION. ENRIQUE GARCIA ROMERO»
¿Sería anulable la multa en base a que no viene el nº de agente que efectua la denuncia?
Estimado Tomas,
Con relación a su consulta comentarle que las multas de APR son recurribles por varias razones: control periódico de la cámara; señal puesta de forma incorrecta; prueba fotográfica y otros motivos. Según lo que usted nos dice podría tener también un error formal en la misma multa. Por tanto, le aconsejo remitirnos el expediente completo aportando, también, prueba fotográfica de la señal de aviso de APR, de forma que el departamento jurídico de Pyramid Consulting pueda asesorarle correctamente.
Un cordial saludo
Me han llegado 2 multas por circular por la calle bola, una el dia 25/08 a las 22h y otra eldia 26 a las oo:36h. Ese dia tenía una cena y no vi ninguna señal de prohibido circular por esa calle y menos de noche.las multas son de la misma noche como se puede apreciar en los horarios, de cuando llegué y de cuando me fuí de la cena. Mi pregunta es…¿se pueden poner 2 multas en menos de 3h.aunque sean dias distintos al haber sobrepasado las 12 de la noche?
Estimado José Manuel,
En el presente caso tendríamos que valorar si existe una duplicidad de expedientes. El criterio interno del Ayuntamiento varía en cada caso teniendo en cuenta, por ejemplo, para las denuncias por estacionamientos prohibidos una diferencia de seis horas entre una denuncia y la siguiente para que no se considere que se denuncia por duplicado. En su caso, debe tener en cuenta que no se trata de un estacionamiento, sino que se denuncia por cometer el mismo hecho con horas de diferencia (acceder al Área de Prioridad Residencial – APR), por lo no existe duplicidad, aunque sí podría defenderse en base al artículo art. 4.6 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora:
“No se podrán iniciar nuevos procedimientos sancionadores por hechos o conductas tipificadas como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora de los mismos, con carácter ejecutivo.”
No obstante, para poderle facilitar una información más detallada sobre su caso concreto, necesitaríamos estudiar la documentación completa.
No dude en ponerse en contacto con nosotros. Si lo desea, déjenos un teléfono y será nuestro equipo quien se ponga en contacto con usted.
Reciba un cordial saludo
Hola buenas noches. Me acaba de llegar una multa de la calle al lado de callao. Vi la señal de parking y me direccione por esa calle donde estaba la camara. Tambien tengo el ticket guardado del parking. Misma hora y misma fecha. Donde tengo que recurrirla?
Un saludo atentamente. Jose.
Estimado José Antonio.
Lo primero que debemos comprobar es si el parking al que accedió está dentro de los autorizados dentro del Área de Prioridad Residencial (APR) del Ayuntamiento de Madrid. Si fuera uno de los autorizados, podría tratarse de un error por parte del parking, o del sistema informático, que provocó que no se registrase correctamente su matrícula. En ese caso tendría 20 días naturales desde la recepción de la denuncia para presentar escrito de alegaciones aportando el justificante del parking.
En el caso de que no se tratase de uno de los parking públicos autorizados para las zonas APR, lo más recomendable sería, en el mismo plazo de 20 días naturales, presentar escrito de alegaciones pidiendo pruebas, entre otras informe de la señalización y certificado de control metrológico al que se ha sometido la cámara que captó la imagen.
Por ello le animamos a recurrir. No dude en ponerse en contacto si es esa su intención.
Reciba un cordial saludo
Buenas ,
Mi caso es curioso , yo entre en la calle jacometrezo 2 porque es el único acceso al garaje al que me dirigía .
El garaje es propiedad de un amigo , que ese día no tenia el coche por motivos de accidente , entonces entramos en el garaje que el garaje que esta a 2metros de la foto que me hicieron.
Quiero saber si puedo alegar , ya que no tenia otra forma de entrar en la plaza de garaje y la plaza de garaje es de un amigo y es un garaje amplio y con seguridad y cámara.
Un saludo , espero noticias.
Estimado Samad,
Solo pueden acceder al Área de Prioridad Residencial (APR) del Ayuntamiento de Madrid los vehículos autorizados. En su caso debían de haber solicitado autorización al Ayuntamiento antes del acceso o hasta 72 horas después, al tratarse de un acceso puntual. No obstante, aún no teniendo autorización válida para ese vehículo, la denuncia es recurrible. El Ayuntamiento de Madrid debe acreditar que la cámara que captó el fotograma que le adjuntan junto con la denuncia había sido sometida a control metrológico. En la actualidad el Ayuntamiento no lo está acreditando. El artículo 83.2 de la Ley de Seguridad Víal establece:
2. Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico, seguridad vial y circulación de vehículos a motor estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la normativa de metrología.
Por ello, le animamos a recurrir ya que existe fundamentación jurídica para su defensa.
Un saludo
Hola buenos días, quisiera hacer una consulta haber si me podeis ayudar, ayer pase entre por la calle paseo de las cortes para dirigirme al parking que hay a unos 200 metros mas arriba (parking empark), en principio al poder acceder a la calle para utilizar dicho parking exime de multa, el problema que me encuentro es que al entrar en la entrada del parking veo que la altura máxima de dicho parking es de 1.85m, y mi vehículo tiene una altura de 1.95m, entonces no me quedo otro remedio que dar marcha atrás y volver a salir por la misma calle que accede al paseo de las cortes, en la entrada de dicha calle en el cartel pone «acceso restringido calle prado´´, yo no accedí a dicha calle, será motivo de multa?
De ser así seria posible recurrirla alegando que la información de la altura en la entrada no venía estipulada?
Muchas gracias un saludo
Estimado Yeray,
En el centro de Madrid existen 4 zonas delimitadas como Áreas de Prioridad Residencial (APR), Letras, Cortes, Embajadores y Ópera, áreas a las que solo tienen acceso vehículos autorizados. Dentro de cada una de las APR existen Parkings públicos que están autorizados y que se encuentran conectados con el Ayuntamiento de Madrid a los efectos de comunicación de matrículas. Por lo que si no llegó a acceder al parking (suponiendo que fuera uno de los autorizados), su matrícula no se encontraba autorizada.
En caso de que hubiera accedido al APR y se inicie por parte del Ayuntamiento expediente sancionador por circular por zona restringida, podríamos incluir, como cuestión previa, que se compruebe si se encuentra señalizado, antes de acceder a la zona restringida, la altura máxima del parking en cuestión (repito, en caso de que sea uno de los autorizados), además de solicitar más pruebas como que se acredite que las cámaras están sometidas a control metrológico.
Puede consultar en la página del Ayuntamiento de Madrid los Parking Públicos que se encuentran autorizados en cada una de las “APR”.
Un saludo
Hola! Me acaba de llegar una multa con foto de la Plaza del Ángel 2. La cuestión es que yo fui al parking de Jacinto Benavente y no entiendo como no se ha cotejado. ¿Cómo puedo recurrir justificando lo del aparcamiento? No conservo recibo del aparcamiento
Estimada Mar,
Lo primero que deberá corroborar es si los vehículos que estacionen en el parking que utilizó tienen autorización para circular por las calles de acceso restringido del Área de Prioridad Residencial APR. Es decir, debe de tener en cuenta que hay parkings en los que el acceso y la salida a los mismos sólo podrán realizarse a través de las calles de libre circulación. No obstante, nuestra recomendación es que nos haga llegar su sanción a la mayor brevedad posible para analizar la viabilidad del recurso.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted.
Un saludo
Accedí a una zona APR para acceder al parking de la calle el Carmen pero al llegar no podía meter mi furgoneta dentro porque la altura del parking era menor que la de mi vehículo.No había ninguna indicación previa en las señales sobre la altura
Estimada Beatriz,
Solo pueden acceder al APR vehículos autorizados o que vayan a acceder a uno de los parkings públicos autorizados; no existe ningún parking autorizado en la calle del Carmen y el situado en la Plaza del Carmen se encuentra fuera del Área de Prioridad Residencial, por lo que no sería alegable. En caso de que fuera uno de los parkings autorizados, el Ayuntamiento tiene que señalizar antes de acceder a la zona, de la altura máxima y si el parking se encuentra “libre” o “completo”. Por lo que en caso de ser uno de los autorizados, se podría solicitar como prueba el estado de la señalización.
Un saludo
He recibido 2 multas por circular por la APR de Ópera para ir a dos parkings públicos que están cerca pero fuera de la APR. Como en el cartel pone que está permitido el acceso a parkings y no especifica cuáles son, yo entendí que era a todos. Presenté las alegaciones explicando esto, pero parece que no las han tenido en cuenta (no me han respondido) ya que han publicado en Tablón Edictal la notificación de la resolución sancionadora. Parece que todavía puedo recurrir, pero ¿hay alguna posibilidad de que el recurso propspere?. Gracias
Buenas tardes, Carlos. En caso de que el parking al que accedieras no sea uno de los parking públicos autorizados, tu expediente se puede defender por otros motivos tales como la petición de pruebas oportunas, entre ellas, el informe de la señalización, certificado de control metrológico al que ha de estar sometida la cámara que captó la imagen del vehículo… Desde Pyramid Consulting te animamos a que nos remitas el expediente para estudiar la mejor defensa posible de tus intereses. Un saludo.
Hola, en mi caso deje el coche a las 22h en el parking de la plaza mayor y lo saque a las 3am del día siguiente. Me acaba de llegar una multa en la calle Hileras, 16 por circular en zona restringida. Pensé que esta calle estaba cubierta si dejabas el coche en el parking. Puede ser que crucen los datos sin tener en cuenta gente que entra y sale en días distintos?? Si me pueden aconsejar por favor. Gracias
Buenos días Alba, le recomendamos nos remita la denuncia recibida, así como el justificante de haber estacionado el vehículo en el parking con el fin de estudiar la mejor manera de presentar las alegaciones. Desde la fecha de notificación, dispone de 20 días para presentarlas por lo que le animamos a contactar con el Departamento jurídico de Pyramid Consulting. Un saludo
He recibido una multa del día 16/12/17 por entrar por la calle Miguel Servet, yo me dirigía al parking de la calle Amparo 75. Pero al llegar estaba completo. Y tenía prisa y no espere, ni pedí ningún justificante. Puedo alegar algo o es mejor pagar la multa con reducción. Además, soy de Burgos, y no tenía ni idea del APR. Aquí las calles centrales q esta restringido el tráfico tiene bolardo automático q te permite o no el paso si eres residente. Es un sistema q no es recaudatorio como el de Madrid
Buenas tardes, Vicente:
Dado que no dispone de justificante del parking, únicamente podría recurrirse la sanción en base a otros motivos, como la falta de certificado que acredite el correcto funcionamiento de la cámara con la que se tomó la fotografía. En cualquier caso, le invitamos a que nos remita su multa para analizarla con más detalle por si existiría algún defecto de forma. saludos
Hola me ha llegado una multa de embajadores 66.
En la foto aparece mi coche en un carril con una bicicleta en el suelo. Yo a la derecha del carril veo un coche que parece aparcado. No se si la multa es por el carril bici o por zona restringida. Esa tarde aparque en un parking de la zona por si sirve de algo.
Gracias por la ayuda
Buenos días Jose, En relación a la cuestión que nos plantea indicarle que en la sanción debería venir el precepto infringido señalado, pero por lo que entiendo de su mensaje, la multa hará referencia al acceso a una zona restringida; solo pueden acceder al APR vehículos autorizados o que vayan a acceder a uno de los parkings públicos autorizados. Si el parking que comenta fuese uno de esos parkings autorizados , nuestra recomendación es que nos haga llegar su sanción a la mayor brevedad posible para analizar la viabilidad del recurso. Un saludo
Hola buenas noches, el 5 de enero circule por la calle Esparteros y tuve que parsar por la puerta del sol para dirigirme al parquin de Jacinto benavente, (tengo justificante del mismo), dado que habia varios cortes de vallas en la zona, me he puesto en contacto con el 010, y me manifiestan que me han sancionado por estacionar en otro parquin, que ese no me correspondia, en las placas de restricion de circulacion no especifica dicha anomalia que tenga que aparcar si no que esta prohibida la circulacion nada mas,se puede sancionar de este modo
, es recurrible,:la foto si me la han mandado en la notificacion.
UN SALUDO Y GRACIAS
Hola Ginés,
El Decreto que aprueba el funcionamiento de las Áreas de Prioridad residencial del Ayuntamiento de Madrid no especifica que el acceso a un parking público únicamente esté permitido a uno de los situados dentro de un APR concreto (esto es, Letras, Cortes, Embajadores u Ópera). Además, tampoco la señalización lo concreta, por lo que entendemos que sí es defendible. A lo anterior hay que añadir que la fotografía que le adjuntan debe de ir acompañada de certificado de homologación de la cámara que captó la imagen que garantice que la misma ha sido sometida a control de metrología.
Por ello le animamos a recurrir la denuncia que ha recibido. Si lo desea, déjenos un número de teléfono para que una persona de nuestro equipo se ponga en contacto con usted, a fin de darle un asesoramiento más personalizado.
Saludos
necesito recurrir unas multas de APR para unos coches VTC que se nos paso renovarlos 1 mes
Buenos días, Víctor Manuel:
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para que le dé todos los detalles.
Saludos
Buenas noches, Hoy he recibido una multa por circular por la zona APR de Embajadores. No aparqué en ningún parking de la zona, solo pasé por allí. Pero en la carta que me ha llegado solo viene la foto de mi coche, la multa propiamente dicha y un escrito pidiéndome disculpas por «robarme» el dinero. En ningún lado indica el certificado de que la cámara no haya sido manipulada o que funcione correctamente. ¿Es posible recurrir la multa por esto?
Muchas gracias
Buenos días, Sergio:
Efectivamente, cuando hacemos recursos para este tipo de sanciones esa es una de las muchas pruebas que solicitamos.
Si necesita asesoramiento para realizar el recurso, no dude en contar con nosotros. Si quiere, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para asesorarle.
Un saludo
Buenos días, he recibido una multa por entrar en c/ leganitos 24. Tengo ticket del parking de Luna Tudescos, me imagino que no vi bien el acceso y habría que entrar por otra calle. Se podría recurrir? Muchas gracias.
Estimada Carmen, he podido comprobar que para acceder al parking de Luna Tudescos no es necesario pasar por la calle Leganitos, por ello le han puesto la multa puesto que el propio Ayuntamiento debe cruzar las matrículas captadas por las cámaras de las calles de circulación reservada por las que haya que circular necesariamente para acceder a los parkings, con las matrículas que acceden a los mismos.
No obstante le animo a que nos remita la sanción para poder asesorarle, ya que, entre otras cosas, las cámaras del A.P.R. tienen que estar sometidas al control metrológico propio a los instrumentos destinados a la formulación de denuncias, según el artículo 83.2 de la Ley de Tráfico.
Un saludo
Buenas tardes,
Me han puesto una multa al intentar acceder al parking de Isabel la Católica, en el cual no pude aparcar porque estaba completo y había una cola de unos 3-4 coches. Por lo que, finalmente, aparqué en el parking de Plaza España. ¿Podría recurrirse la multa en ese caso?
Un saludo
Buenos días Ximena, entendemos que le han puesto una sanción por acceder al área de prioridad residencial, le recomendamos nos remita la sanción junto con el justificante de haber accedido al parking y desde el departamento jurídico presentaremos las alegaciones correspondientes. Un saludo.
Buena tardes: me h llegado una denuncia el día 12 de Abril, de un área de circulación restringida en la calle «Los Madrazo» de Madrid.
Del día 6 de Marzo que visité esta ciudad, porque soy de otra comunidad.
Después de dar mil vueltas conseguí aparcar en el parking de Santa Ana, pero no he guardado el ticketc ( si decido recurrir deberé pedir justificante al parking)Tengo dudas de si recurrir o pagar la multa con el 50% de descuento.Que me aconseja? Tengo posibilidad de anulación? Gracias de antemano. Un saludo.
Buenos días, Juan. En relación a tu consulta, te informo de que no todos los parkings están autorizados en las áreas de prioridad restringida de Madrid. Lo primero sería ver si el parking donde aparcaste el vehículo está autorizado y si lo está, recurrir la sanción en ese sentido. De otra manera, habría otra fundamentación legal para alegar en tu defensa, sin aportar el ticket del parking, por lo que te recomiendo nos envíes la sanción para que te asesoremos de la manera más conveniente. Un saludo
Buenas me han llegado 3 multas consecutivas de MADRID Central , por pasar por la calle Mártires de Alcalá 2, pensé que se podía, y yo lo habré hecho mal pero si ellos no tardan 4 meses en enviar las multas, yo no habría pasado 3 días más y supongo que aún tendré que recibir más. Hay alguna manera de recurrir esto??
Gracias
Buenos días Estrella,
El Ayuntamiento de Madrid no puede iniciar todos los expedientes a la vez, sin que haya recaído firmeza del primero al tratarse de una infracción continuada por el mismo hecho cometido de manera reiterada. Igualmente hay que comprobar si le han notificado algún tipo de carta informativa sin sanción en el periodo de noviembre de 2018 a marzo de 2019, ya que el Ayuntamiento se comprometió a enviar estas cartas previas. Para notificar las denuncias disponen de 3 meses para notificarlo desde la fecha de recepción. Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para analizar su caso.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas tardes, me llamo diego, somos de Teruel y hoy 18 de abril nos han llegado dos multas por circular por vías de acceso restringido, aspecto totalmente desconocido para nosotros. El tema es que nos alojamos en un apartamento hace un mes , pero no regitramos vehiculo,ni nada, simplemente circulamos por ahí por indicación del propietario del apartamento(apartamento legal). Se puede recurrir o pagamos y punto. Las calles eran mayor 23 e hileras 16. Un saludo , gracias
Buenas tardes Diego,
Las denuncias de APR de Madrid son recurribles ya que el Ayuntamiento no está acreditando que la cámara que toma la fotografía esté sometida a control metrológico; no envía ningún tipo de certificado de homologación. Además, podemos pedir más pruebas como, por ejemplo, los informes sobre la señalización de la zona, informe del denunciante…etc.
En cuanto a que iban a un apartamento, el Decreto que regula las APR es estricto en cuanto a que cualquier acceso tiene que estar autorizado. En caso de tratarse de un acceso puntual, establece que las autorizaciones se solicitarán en un plazo máximo de 72 horas anterior o posterior al momento del acceso. Por lo que, al no disponer de autorización, nos tendríamos que centrar en las pruebas antes indicadas.
No obstante, para precisar con más detalle la defensa del expediente necesitaríamos disponer de la documentación. En cualquier caso le animamos a recurrir si no está conforme con la denuncia, ya que el pago con descuento supone una muestra de conformidad.
Saludos
Buenos días,
Estoy empezando a recibir multas por APR, y tras ver dónde se ubica, es posible que puedan llegarme entre 10 y 15 en total, todas ellas de la misma calle.
Me gustaría saber si es posible hacer algo al respecto, o acordar con el ayuntamiento el cierre de una sanción total que pueda reducir el gasto antes de que sean tramitadas, pues el importe total aún con la reducción sería bastante alto.
Muchas gracias.
Un saludo.
Estimado Andrés,
Con relación a su consulta comentarle que en esta fase no hay posibilidad de llegar a ningún tipo de acuerdo, eso significa o que se recurren o que se abonen con descuento. Se puede intentar recurrir pero aportando el hecho que usted no lo sabía pero se debería de recurrir cada multa singularmente. En cualquier caso, nosotros podemos hacerlo por usted; déjenos un número de teléfono, y le explicaremos cómo proceder.
Cualquier otra duda quedamos a completa disposición.
Un Saludo
Buenos días,
Como me decís me gustaría saber cuál sería el proceso a seguir para recurrir.
Si no os importa, preferiría que me dierais un teléfono al que llamar, ya que prefiero no publicar mi teléfono personal.
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola, Andrés:
Nuestro teléfono es el 91 523 23 15. Si quieres, llama y pregunta por Nuria Carmona, que está al tanto de tu situación. Hoy estará hasta las 18 horas, y si no mañana entre las 9 y las 18.
Un saludo
BUENAS TARDES, ME HAN MULTADO POR ACCEDER A UNA APR en la calle mayor 77 de MAdrid. El vehículo sancionado es un vehículo eléctrico, por lo que entendía que estaba podría pasar sin problema.
¿debo recurrir?
Un saludo
Buenas tardes, Rafael. El acceso a las Áreas de Prioridad Residencial es libre para determinados vehículos, como turismos con autorización Cero Emisiones del SER. No obstante, le animamos a que nos remita la notificación puesto que existen otros motivos para recurrir este tipo de sanciones. Un saludo
Buenas tardes, el autorizador de mis accesos a la zona APR ha confundido el día y por error ha tramitado la autorización para el día 5 en vez de para el día 6, que es cuando accedí y fui multado. La autorización la realizan siempre a posteriori y se puede comprobar que no he accedido en el día 5.
¿Hay forma de recurrir con éxito o conviene pagar con descuento?
Muchas gracias.
Buenos días, Javier:
A fin de poder defender que usted solicitó correctamente la debida autorización a APR, sería conveniente, además de aportar el correo en el que solicitaba dicha autorización para el día 6, que recabara de la Administración rectificación escrito aunque sea a posteriori, de modo que siendo un error de la propia Administración, el expediente debiera quedar anulado, pero es conveniente aportar toda la documentación que permita acreditar el error cometido por ellos.
Déjenos, si quiere, un número de teléfono y le explicaremos en detalle cómo debe proceder.
Saludos
Buenas tardes,
Acabo de recibir una carta de una denuncia en la calle de la bola, 6.
No vi ningún tipo de señal en la calle ni nada… Solo estaba de paso buscando aparcamiento.
No se puede hacer nada?
Un saludo
Hola Ángel:
Deduzco que su denuncia es por circular por zona prohibida. Siendo así es plenamente recurrible, porque se puede pedir acreditación de la correcta señalización de la zona y además pedir los certificados de verificación de la cámara que le debe haber tomado una imagen de la infracción. Recomendamos nos remita su notificación para una mejor valoración. Saludos
Hola, acabo de recibir una multa en hileras 16, Madrid un domingo a las 09:14h cuando baje por paseo la castellana a dejar a alguien en la estación de tren de atocha y tenían un maratón programado por paseo la castellana subiendo y desviaban a los coches por la calle atocha y tuve que tomar una ruta que utilizo google para regresar a nuevos ministerios nuevamente.-
Buenas tardes Ricardo,
Entendemos que se trata de una multa por acceder a un Área de Prioridad Residencial (APR), le invitamos a que nos remita la misma para su estudio y posible defensa.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le indicaremos cómo proceder. Quedamos a su disposición.
Un saludo.
Buenos días.
Acabo de recibir una multa por circular por la calle Lope de Vega. Circulaba en busca de aparcamiento (que al final, por cierto, encontré y pagué, tengo el ticket que lo acredita). ¿Puedo recurrir la multa y conseguir que me la retiren?
Muchas gracias.
Un saludo
Buenos días, Brian:
Con relación a su consulta comentarle que debería de explicar mejor que multa se le han puesto, ¿se refiere a una multa de APR? Si nos remite la multa podemos asesorarle de forma más detallada.
Un Saludo
Muy buenas.
Si,se trata de una multa de APR. La cuestión, es que tengo un ticket por haber aparcado dentro de la zona. Eso me deja exento del pago de la multa? Dónde puedo hacer el recurso?
Muchas gracias.
Buenos días Brian.
Su ticket únicamente será valido siempre y cuando, para acceder a dicho parking sólo sea posible hacerlo por esa calle. No dudes en remitirnos la documentación para valorar las opciones de recurso.
Un saludo,
Hola mi caso es el siguiente, la multa me la ponen por pasar al APR plaza santo Domingo, yo aparqué en un parking, pero no en el de Santo Domingo sino en el de Descalzas, he enviado recurso con justificante del parking, pero me imponen igualmente la multa ¿esto es correcto, no puedo hacer nada?
Muchas gracias
Buenas tardes Guillermo, indicarle que efectivamente existen varios parking en la zona de APR autorizados para poder acceder por esas determinadas calles, le animo a que nos envía la documentación que presenta en sus alegaciones y tras valorar la documentación le indicamos si efectivamente para acceder al parking donde aparcó su vehículo podía acceder por la calle donde le han multado o si se tratase de un error del Parking que no comunicó los datos al Ayuntamiento de Madrid.
Un saludo
Buenas tardes;
Me acaba de llegar una Multa por acceder a Leganitos 24, el día 10/7, cosa de la que no era consciente y he vuelto a acceder por esa zona unas 40 veces mas desde ese día.
Me es imposible pagar las multas que estarán por llegar, hay alguna forma de recurrirlas?
Estimada Lara, por lo que nos comenta se trata de un caso de infracción continuada del artículo art. 63.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por lo que no debería pagar todas las sanciones. Por tanto le recomiendo que nos las remita para poder asesorarle y presentar recurso. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le explicaremos cómo proceder.
Un saludo
Recibí una multa de la calle Jacometrezo por circular en zona restringida o reservada. No soy de Madrid, fui por trámites y no vi ningún cartel que me prohibiera pasar.si lu hubiera visto tampoco sabía lo que era APR. Dicen que puedo pagar el p50% y recurrir la después. S epuede hacer algo? La multa está con la foto
Estimada Maria Victoria,
Con relación a su consulta comentarle que si abona la multa con descuento pierde la posibilidad de recurrir, por tanto, o se recurre o se abona con descuento. Ahora bien, el hecho que usted no lo sabia no es una motivación suficiente para recurrir, en cambio si faltaba la correcta señalación se podría recurrir. Le ruego n os remita la multa para poder valorar mas en detalle como poder recurrir.
Gracias y un Saludo
Si pasas por una calle restringida dos veces en un rato y la segunda entras a un parking? Vale para la primera vez que pasaste?
Buenos días Ángel,
Las Áreas de Prioridad Residencial del Ayuntamiento de Madrid en caso de tratarse de un parking autorizado, el mismo parking comunica las matrículas para que no se tramite la sanción independientemente de las veces que haya pasado por las cámaras. No obstante, en caso de que haya transcurrido mucho tiempo entre el primer acceso y el segundo, es posible que el Ayuntamiento tramite el primer expediente.
En caso de que se trate de otro Ayuntamiento, habría que analizar la ordenanza de circulación del mismo para ver que excepciones determina para las zonas restringidas.
Saludos
Hola, Tengo un problema y es que no paran de llegarme multas por entrar en zona restringida, concretamente por la calle mayor, tenemos un cliente en el mercado de san miguel donde tenemos que repartir y hemos dado la matricula al establecimiento, pero todas las semanas me llegan multas de hace un mes, se puede recurrir estas multas presentando facturas y albaranes de entregas? necesito ayuda, muchas gracias, un saludo
Buenas tardes,
Vivo en Valencia y el próximo viernes 9/11 iré a Madrid en tren.
Voy a coger un coche de alquiler en la estación de Atocha y seguir al hotel Ibis Budget Madrid Centro Lavapies, localizado en la Calle de Valencia, 8.
Voy a reunirme con 2 familiares que vienen de Brasil y desde Madrid vamos a hacer paseos, el día 9 vamos a Ávila y Segovia, el 10 vamos a Toledo y el 11 al Escorial y al Valle de los Caídos.
Así, en estos 3 días vamos a salir de Madrid por la mañana y retornar a la última hora de la tarde.
En contacto con el Ayuntamiento de Madrid me explicarón que el hotel se encuentra en una zona APR (Embajadores) y para no tener problemas (multas) tengo que reservar un parking autorizado, y que ellos se encargarán de autorizar el acceso del coche.
Uno de los parkings sugerido por el Ayuntamiento es el Garaje Amparo (Calle Amparo, 75), que me viene muy bien pues está a escasos metros del hotel.
Mis dudas:
– con esta autorización vamos a poder salir de la ciudad por las mañanas y retornar al parking por las tardes?
– como se puede ir a otro punto de la ciudad cruzando por otra APR?
– el consistorio ya está multando o solo a partir del 30 de noviembre?
Muchas gracias por su ayuda.
Un saludo.
Estimado Christian,
Con relación a su consulta comentarle que la nueva APR de Madrid, llamada Madrid Central, entrará en vigor el próximo 30.11.18. Hasta este día, la APR antigua será válida y será la APR que hay que respetar. Segundo, la ubicación que escogió por su hotel efectivamente está ubicada dentro de la APR antigua. La autorización es solo para entrar y aparcar en dicho parking, no para poder circular dentro de la APR, por tanto, mi consejo es el de no cruzar y circular por el centro de Madrid. De hecho, para llegar a los sitios que usted indica es mucho mas sencillo por motivos de tráfico escoger M30 o M40 y llegar a su destino.
Un saludo
Hola, mi caso es que pase por la plaza benavente de madrid en busca del parking y luego al salir las calle de acceso estaban cerradas, obligándome a pasar por una zona restrigida calle angel 2, tengo el justificante del parking pero me dicen que no vale porque no estuve en el parking del la zona del acceso restrigido y las calle de acceso estaban cerradas por construcción
Buenos días, Álex:
Sin perjuicio de alegar lo que indica en su consulta, pues parece que se debió a una circunstancia de fuerza mayor, lo cierto es que estas denuncias son recurribles por el certificado de la cámara, ya que debe ir acompañando las pruebas que remite el ayuntamiento cuando no es así. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted para explicarle cómo proceder.
Un saludo
Yo estoy en las mismas, me acaba de llegar una multa del dichoso Leganitos, 24. Yo dando vueltas para aparcar en un parking pues me metí por ahí y al final aparqué en un parking que no estaba por esa calle. Supongo que pagaré sin más (45€…), pero me gustaría saber si hay alguna posibilidad de librarse…
Y creo recordar que si no fue por las obras de Gran Vía que me obligaron a pasar por ahí poco le falta, aunque ya no recuerdo bien.
Estimado Alberto,
Estas sanciones las estamos recurriendo en base a que el Ayuntamiento no aporta el certificado de verificación de la cámara que toma la imagen. Si además existían cortes de circulación que le obligaran a circular por dicha calle y se pueden acreditar, el recurso tendrá más posibilidades de prosperar.
Un saludo.
Hola, Me ha llegado una multa por circular por la gran vía, aunque fue para ir a un parking público, el de plaza de españa. Creo que este parking no pertenece a Madrid Central y mi duda es si aún así, la multa se podría recurrir o, en este caso, no tendría sentido.
Gracias
Buenos días María,
Efectivamente el parking de Plaza de España se encuentra fuera de Madrid Central y, por tanto, no se encuentra entre los autorizados para estacionar para los vehículos que accedan a Madrid Central con distintivo ambiental.
Las denuncias de Madrid Central son recurribles ya que el Ayuntamiento no está aportando pruebas suficientes para acreditar la infracción. No aportan ningúnn tipo de certificado de la cámara que capta la fotografía ni ningún informe que acredite qué señal de limitación de acceso a vehículos autorizados supuestamente no se ha respetado. Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para hacer una valoración de su caso e iniciar la tramitación.
Muchas gracias,
Saludos.
María, al final recurriste la multa? O pagaste la tarifa reducida?
Te lo pregunto porque estoy en las mismas que tú y no sé qué hacer…
Hola.
He aparcado en el parking de Plaza España en Madrid y al salir no pude más que girar por la gran vía y me han multado.
Tengo el ticket del parking y mi coche tiene el distintivo C.
Puedo recurrir la multa con éxito? O mejor pago la tarifa reducida porque tenía que haber girado hacia el otro lado (aunque fue imposible)?
Muchas gracias.
Buenos días Jorge,
El parking de la Plaza de España se encuentra fuera de Madrid Central, por lo que no cumple los requisitos. Con la etiqueta C, para circular por Madrid Central, tiene que estacionar en uno de los parkings autorizados que se encuentren dentro de Madrid Central. No obstante, la denuncia sería recurrible por otros motivos ya que el Ayuntamiento está obligado a remitir los certificados de metrología de la cámara que captó la imagen, así como informe de la señalización de restricción de paso que supuestamente no se respetó. Son pruebas que solicitaríamos en el escrito de alegaciones. Por ello, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento jurídico para iniciar el procedimiento en caso de que esté interesado en recurrir.
Muchas gracias,
Un saludo,
hola, necesito de consejo por si hubiera alguna posibilidad de como recurrir una multa de Madrid central. Siempre me ha autorizado la misma persona y muchas y varias veces al mes. Una de las veces se olvido de hacer la autorizacion y me ha llegado la multa. ¿ habria alguna posibilidad de recurrir la multa ya que siempre me autoriza la misma persona para la misma zona y la multa es justamente ahi? tengo posibilidades de ue con el ecurso me la anulen.
muchas gracias de atemano.
Buenos días, Mercedes:
Al no disponer de autorización para ese día en concreto es preferible recurrir por otros motivos. Entendemos que el Ayuntamiento en este tipo de denuncias no remite todas las pruebas necesaria para acreditar la infracción, por lo que existe fundamentación legal para la defensa. Te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro Departamento Jurídico para analizar la multa que te han notificado y presentar alegaciones. Si quieres, déjanos un número de teléfono (no lo publicaremos) y le pedimos a un compañero que se ponga en contacto contigo para indicarte cómo proceder.
Saludos
hola buenos días. he recibido la notificación de una multa por acceso a zona peatonal. en la multa se añaden 3 fotos… una de ellas si que se ve mi matrícula, en la siguiente no es mi coche y en la última, no se ve la matrícula de mi vehículo… eso sería suficiente para recurrir esta sanción? muchas gracias.
Estimado Antonio,
Con relación a su consulta comentarle que efectivamente si hay un error en los fotogramas se podría presentar recurso, además, hay otros motivos que se pueden añadir y que resultan ser muy efectivos para su anulación. Por ello, le invito a remitirnos la multa cuanto antes para poderla recurrir.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!