Cada cuánto hay que renovar el carnet de conducir
Si te ha llegado el momento de renovar el carnet de conducir y no recuerdas cómo hacerlo, desde Pyramid Consulting te damos las pautas necesarias.
Lo primero que hay que saber es cada cuánto hay que renovar el carnet de conducir. Y es que cambia en función del permiso, así como de las características del conductor.
Por supuesto, para que un conductor pueda renovar el carnet de conducir lo principal será que no haya perdido totalmente sus puntos, además de que mantenga los requisitos exigidos para tenerlo en vigor.
Igualmente, el período de vigencia del carnet de conducir podrá reducirse. Esto ocurrirá en los casos en los que el titular padezca una enfermedad o deficiencia que, si bien no impide la conducción, pueda agravarse con el tiempo.
¿Cuándo no podré renovar el carnet de conducir?
Hay distintas causas que pueden impedir la renovación del permiso:
– Si un juez ha resuelto que el titular no puede conducir vehículos a motor y ciclomotores.
– Si el carnet de conducir ha sido intervenido o suspendido como medida cautelar. Siempre tendrá que ser por vía judicial o administrativa.
¿Cuál es el periodo de vigencia?
Cada carnet de conducir tiene una vigencia distinta, y ésta puede cambiar en función de la situación del conductor. Así:
– El permiso de conducir clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años.
– A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años
– Los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E:
Cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.
A partir de los 65 años el período de vigencia será de tres años.
¿Cuándo se puede solicitar la renovación del carnet de conducir?
La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.
Si presentamos la solicitud antes, no supondría la pérdida de días de validez. Y es que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en qeu la autorización pierde vigencia.
¿Y si me ha caducado el carnet de conducir?
Cuando un carnet de conducir está caducado, se puede obtener una prórroga. Así, no habría que pasar otra vez los exámenes para sacarse el carnet de conducir (teórico y práctico).
Documentación necesaria para renovar el carnet de conducir
Esta documentación variará en función de dónde decidamos renovar el carnet de conducir.
Así, si lo hacemos en un Centro Médico, no tendremos por qué acudir a la Jefatura de Tráfico. De hacerlo así, tendremos que llevar:
– El DNI o el Pasaporte, ambos originales y en vigor.
– Los extranjeros, deberán aportar la autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
– Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
– Realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
– Tasa de 23,50€
– No habrá que aportar fotografía, puesto que la harán en el centro. Allí se firmará la solicitud de renovación del carnet de conducir.
Si, por el contrario, vamos a renovar el carnet de conducir en la Jefatura Provincial de Tráfico, los documentos necesarios serán los siguientes:
– Solicitud del impreso oficial que podéis encontrar aquí. También está disponible en las Jefaturas de Tráfico.
– Tasa de 23,50€, que se podrá abonar mediante tarjeta bancaria, en oficinas de Tráfico, a cargo en cuenta a través de este enlace o pagando en efectivo en cualquier entidad financiera.
– Un informe de Aptitud Psicofísica telemático comunicado al Registro de Conductores por un Centro de Reconocimiento de Conductores.
– Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
– Fotografía actualizada de 32 x26 mm en color.
– Talón-foto, firmado. Dicho talón-foto se obtiene en todas las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
Cómo renovar el carnet de conducir desde el extranjero
Si estamos en el extranjero en el momento de renovar el carnet de conducir, lo recomendable es acudir a las representaciones diplomáticas o consulares. No obstante, también se pueden enviar los siguientes documentos a cualquier Jefatura Provincial u Oficina Local de Tráfico.
– Talón-foto debidamente cumplimentado y firmado, con una fotografía. Se puede solicitar en la representación diplomática o consular.
– Un informe de aptitud psicofísica que será expedido por un médico del país donde se encuentre el interesado y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país con una fotografía reciente del solicitante. Deberá especificar la aptitud para la conducción.
– Copia del resguardo del pago de las tasas correspondientes. Este pago se habrá podido hacer a través de internet o por transferencia bancaria.
Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:
Cómo recuperar los puntos perdidos y el carnet de conducir
1 de cada 4 conductores ha perdido puntos
¿Qué pasos hay que seguir ante un robo en el carnet de conducir?
El peligro de no notificar a tiempo la pérdida de puntos en el carnet de conducir
El artículo no corresponde al título «actuar en caso de avería»
Buenos días, María José:
No comprendemos tu comentario. ¿Te refieres a que desde otra entrada te ha redirigido aquí?
Muchas gracias
Un saludo