En qué consiste un control de drogas

Cómo se hace un control de drogas
No sólo está prohibido conducir bajo el efecto de las drogas, sino que también está prohibido circular con presencia de drogas en el organismo. Por eso, cada vez es más común encontrarnos con un control de drogas en la carretera.

Tanto es así, que el Capítulo V del Reglamento General de Circulación está dedicado a las normas sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Y dice así:

Art. 27. Estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.

1. No podrá circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, el conductor que haya ingerido o incorporado a su organismo drogas tóxicas o estupefacientes, o se encuentre bajo los efectos de medicamentos u otras sustancias que alteren el estado físico o mental apropiado para hacerlo sin peligro.
2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves.

A qué sanciones te puedes enfrentar en un control de drogas

Las multas relacionadas con la conducción con la presencia de drogas en el organismo también vienen estipuladas en el Reglamento General de Circulación. Y es que se trata de infracciones graves, por lo que llevarán aparejada una multa de mil euros y la pérdida de 6 puntos del carnet.

Esa será la multa que se nos podrá imponer en un control de drogas, siempre y cuando ésta sea administrativa. Si entramos en la zona de lo penal, el Capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico. Así, establece que quien conduzca bajo la influencia de las drogas se enfrentará a las siguientes penas:

Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Igualmente, irá acompañado de la privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años por el delito de conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

También habrá penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años por negarse a someterse a las pruebas.

Cómo hay que hacer un control de drogas

La mejor forma de defendernos en caso de encontrarnos con un control de drogas es conocer el proceder adecuado.

Así, lo primero de todo será la obligación del agente de informar al conductor de la obligatoriedad de someterse al control de drogas. Negarse será un delito (tal y como decíamos, penado con prisión de 6 meses a 1 año, y privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años).

Una vez informado, en el control de drogas se procederá, generalmente, a hacer una prueba de alcohol. A continuación, tomarán una muestra de saliva con unos dispositivos especiales.
Esta prueba recibe el nombre de «indiciaria». Y es que tiene como objetivo detectar una posible presencia de drogas en el organismo.

Si esta primera muestra de saliva diese positivo en alguna sustancia, se procederá a tomar una segunda muestra de saliva. Ésta será enviada a un laboratorio autorizado, donde la analizarán y confirmarán el positivo. En este punto adquirirá especial importancia la conservación de la muestra, para que no sea adulterada de ningún modo.

Si la primera prueba dio positivo, el conductor no podrá volver a ponerse al volante. Deberá hacerlo otra persona, o llevarse la grúa el vehículo.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el resultado del control de drogas?

Cabe la posibilidad de que el conductor no esté de acuerdo con el primer resultado de la prueba. En ese caso, podrá solicitar que se le realice una segunda prueba, esta vez mediante un análisis de sanfre. Para ello, habrá que desplazarse hasta un centro hospitalario o de slaud. En caso de que el resultado sea positivo, corresponderá al conductor pagar los gastos.

Finalmente, sólo restará estar pendiente de los resultados de la segunda prueba. Y es que los resultados del laboratorio se unirán al informe del agente, con lo que se inciaría el expediente en vía administrativa o penal, o se cerraría el expediente definitivamente.

Efectos en la conducción

Alcohol

– De 0,3 a 0,5 g/L.-  Mayor tiempo de reacción, se subestima la velocidad, problemas de coordinación.
– De 0,5 a 0,8 g/L.-  Empeora la percepción de distancia, problemas de visión.
– Más de 0,8 g/L.-  Problemas de percepción, atención y coordinación, sueño.

Drogas

– Cannabis.-    Relajación, hilaridad, reacciones lentas, falsa sensación de seguridad.
– Cocaína.- Excitación, euforia, menor concentración, agresividad.
– Anfetaminas.-    Falta de sensación de fatiga, excitación, movilidad limitada, agresividad.
– Éxtasis.- Euforia, ilusiones ópticas, deslumbramiento, visión borrosa.
– Opiáceos.- Alucinaciones, convulsiones, calambres, comportamientos arriesgados y violentos.

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