Reforma del Código Penal en cuanto a accidentes de tráfico
El pasado 20 de febrero, el Senado, tras una campaña emprendida por Anna González viuda por la muerte de su marido en un accidente de tráfico cuando iba en bicicleta por la carretera, ha aprobado el endurecimiento de las penas por delitos de tráfico.
Cambios en la reforma del Código Penal
Los cambios que se realizarán en el Código Penal no sólo afectarán a los ciclistas, sino que afectarán a todos los accidentes de tráfico.
Las principales reformas que se aplicarán a la ley son:
– Habrá un nuevo delito llamado «abandono del lugar del accidente». Si el accidente es el resultado de una imprudencia, tendrá una pena de 2 a 4 años de prisión y si el accidente es fortuito de 3 a 6 meses.
Anteriormente, sólo era delito no socorrer al accidentado si éste estaba vivo, pero si había fallecido no era delito.
– Cuando haya un delito contra la seguridad vial, será considerado directamente una imprudencia grave con penas de 1 a 4 años de cárcel si se han producido muertes y de hasta 1 año si sólo se han producido lesiones.
Hasta ahora, era el juez el que investigaba cada caso y valoraba si era imprudencia grave o no.
– Si en el accidente ha fallecido al menos una persona y una persona está lesionada o dos personas han fallecido, el juez podrá agravar la pena e imponer hasta 6 años de prisión. Si los fallecidos son muchos más, podrá llegar hasta 9 años, siendo esos “muchos” criterio del juez.
Anteriormente, la pena con fallecidos sólo llegaba hasta los 4 años de prisión.
– Los siniestros de tráfico que se produzcan vuelven a ser delito y, por tanto, la legislación penal les ofrecerá protección a las víctimas.
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