100.000 propietarios de vehículos cero emisiones han comenzado a recibir una carta de la DGT con el distintivo medioambiental que identifica a dichos vehículos.
La colocación del distintivo en el vehículo es voluntaria, pero dada la rápida identificación de los mismos hace que su colocación sea recomendable. Desde la DGT se aconseja colocarlo bien en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero o, en su defecto, en cualquier sitio visible del vehículo cero emisiones.
Esta es la segunda remesa que se realiza después de que en abril de 2015 la DGT enviara el distintivo categoría Vehículos Cero Emisiones a los más de 10.000 titulares que tienen un vehículo de estas características.
Se consideran vehículos cero emisiones a los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificado en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía de < 40 km/h, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP)-.
Criterios para los vehículos cero emisiones
El 21 de abril de 2016 se publicó en el BOE la resolución de la DGT en la que se recoge la clasificación del parque de vehículos correspondiente al 50% más limpio (unos16 millones).
Esta categorización se origina en el Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.
Esta medida tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos cero emisiones y ser un instrumento eficaz al servicio de las autoridades municipales, que a partir de ahora podrá implementar políticas tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad, regulación de parquímetros etc.
Cada autoridad con competencia en materias relativas a la fiscalidad, movilidad y medio ambiente podrá decidir en cada momento qué incentivos ofrece a los vehículos cero emisiones en su ámbito de competencia.
La clasificación de los vehículos está consignada en el registro nacional de vehículos de la DGT y a la misma podrán acceder en tiempo real los organismos con competencia en materia de movilidad, seguridad vial, tributaria o en medio ambiente.
Los criterios para clasificar el parque de vehículos son el resultado de un largo y deliberado trabajo liderado por la DGT y en el que han participado entre otros organismos el Ayuntamiento de Madrid, el Ayuntamiento de Barcelona, el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC), la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (ANFAC), el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y Generalitat de Cataluña.
A partir del próximo mes de septiembre y de forma progresiva, la DGT finalizará los envíos de distintivos ambientales correspondientes del 50% de los vehículo cero emisiones y enviará el distintivo a los a los titulares de vehículos etiquetados como C y B.
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