Estamos de acuerdo que cuando nos llega una multa de tráfico a casa se trata de una pésima noticia sobretodo para nuestro bolsillo. Sin embargo no hay que desesperar de antemano porque en muchas ocasiones este problema puede tener un remedio si se recurre dicha multa a tiempo. A continuación os presentamos una serie de consejos.
En primer lugar tenemos que desterrar el pensamiento de que una multa de tráfico en la que no nos para un agente y que nos llega a casa a través del correo tiene la misma validez que si nos la diese en persona el mismo agente. Asimismo, no todas las sanciones tienen el mismo peso y castigo, por lo que siempre hay algunas que por su gravedad o complejidad serán más difíciles de recurrir que otras y no hay que olvidar que si la multa implica pérdida de puntos o retirada del carnet de conducir, abonarla no cambiará nada.
La importancia de fijarse en todos los detalles
Si nos centramos en el proceso para recurrir multas tendremos que comprobar de todas las formas que la denuncia recoge el hecho denunciado y que está correctamente identificado tanto el vehículo como el conductor y las horas exactas en las que se produjo la infracción, así como si ésta trae aparejado la pérdida de puntos o de carnet, el plazo y la cuantía a pagar. Cualquier error en estos términos puede ser una buena pieza para conseguir tanto plazos como retirar la misma denuncia.
Cualquier otra estrategia para intentar evadir los pagos, puede resultarnos a la larga más cara como es el hecho de cambiar de domicilio sin comunicarlo por el cuál se aplica un recargo del 30% e incluso se puede llegar a embargar cuentas bancarias por no tener los datos actualizados en el plazo de 3 meses, para el caso de sanciones leves y 6 meses respectivamente para multas graves y muy graves.
Hola, hoy me han multado en zona azul porque confiaba que tenia visible el distintivo de minusvalía a nombre de mi mujer , al poner el parasol en el cristal lo tapaba y no me he dado cuenta, la sanción me la han puesto a la salida del hospital del Mar de Barcelona puesto que tengo que acompañarla asiduamente, la tarjeta no esta a nombre mio ni con la matricula de mi vehículo, que gestión podría hacer para recurrirla.
Gracias.
Buenas tardes, si la sanción no viene a su nombre no puede aportar la tarjeta de minusválido a nombre de otra persona para acreditar que estaba autorizado para estacionar en zona azul. Si identifica a su mujer como conductora, se puede recurrir aportando el justificante una vez llegue a nombre de ella.
M an denunciado en un aparcamiento minusvalia el señor q l tenía no vive hace años en esta casa
Estimado Antonio,
El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad establece en su artículo 6.3 establece que:
El uso de la tarjeta de estacionamiento está subordinado a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Por tanto si el titular ha cambiado sus circunstancias personales la tarjeta debería darse de baja y la consecuente reserva de espacio para estacionar debería ser retirada.
Si le han sancionado por estacionar puede solicitar como prueba que se acredite que el titular de la tarjeta sigue en posesión de la misma y con las condiciones iniciales mantenidas para su concesión.
En cuanto a cualquier otra iniciativa, puede contactar con el Ayuntamiento a través del 010 y que le indiquen el procedimiento más adecuado para hacer constar su queja.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Btardes, referente a mi multa, fue de la siguiente manera… . No respete la Marca longitudinal continua a fin de no pasar por encima de dos vadenes cuya separación es inferior a 50 metros y pueden Dañar, rotulas amortiguadores y neumaticos… .En la denuncia se manifiesta ke yo eludi BANDAS SONORAS…. . Y allí no había bandas sonoras, … habían badenes separados entre ellos a menos de 50 metros… . Policías acostados como se les suele llamar,… de color negro y bandas amarillas ke apenas se ven… . Había señal de tráfico máximo a 40 eso si,.. antes de los BADENEs… . No Bandas sonoras como redactan en la multa
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Estimado Manuel,
Respecto al caso que nos expone, necesitaríamos que remitiese la sanción para hacer una valoración más correcta, ya que la explicación que nos ofrece es muy genérica y no podemos dar un análisis viable sobre la casuística del caso en concreto.
Iniciales que hay ciertos Badenes reductores de velocidad que se consideran también como bandas sonoras con el fin que le indico, reducir la velocidad, podría analizarse tras revisar todo el recurso por defecto de forma, pero no puedo darle una información certera al no tener toda la información.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola,supuestamente hice una infracción de tráfico me ha llegado la multa y dicen q me han echado otra multa porque dice q me negué a dar la documentación cosa q es mentira no me han parado al cometer ese supuesta infracción.como la recurro
Buenos días,
Le recomendamos nos envíe las sanciones que dice que le han notificado pues de lo que nos comenta no queda claro qué ocurrió ya que nos indica que una de las sanciones es por negarse a dar la documentación del vehículo, pero que no le pararon…
Necesitamos ver las sanciones para un mejor asesoramiento.
Un saludo
Me an parado dgt por radar y dicen que invadieron el carril contrario el caso es que no llevaba ninguna clase de documentación encima ni dni ni carnet de conducir di el nombre de boca y cometieron el error de no llevarme a identificar al cuartel ¿puedo hacer algo
Buenos días Chus,
si efectivamente no comprobaron su identidad le recomendamos que nos remita el boletín de denuncia para que le podamos asesorar la mejor forma de anularle la sanción.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas noches: hoy me ha sancionado la gc en la AP9 .
En el km 53 de la AP9 direccion santiago de C. he adelantado a un vehiculo furgon de l GC el cual 3 kms despues y a 800 mtrs del acceso al peaje coloca las luces rojas y blancas invitandome a parar.
Continuo hasta una zona segura para para y estacionar mi vehiculo y seguidamente se acerca un GC que me indica que he cometido tres infracciones del codigo de circulacion.
A saber:
– No parar cuando veo las luces especiales del vehiculo de la GC( no es un vehiculo camuflado) estando en circulacion dentro de la propia autovia y antes de llegar a una zona segura de estacionamiento en el peaje.
– multa de velocidad (143 km ) al adelantar en la AP9 in mercedes gris plata modelo c 220 que iba detras del vehiculo furgon de la GC
– multa por llevar un pinganillo en la oreja .( esta es la afirmacion del conductor del vehiculo de la gc en definitiva del agente.
Al estacionarme en una zona segura del peaje quise salir del vehiculo a lo que el GC no me dejo ( zona segura para salir de vehiculo) indicando que le entregase la doc del vehiculo(.
El GC amablemente me indica que me ha parado por las tres infracciones arriba comentadas.
Dialogando con el le informo que con la unica que pudiera estar de acuerdo es con la del adelantamiento del vehiculo sancionador Mercedes gris de la GC a la velocidad de 143 km/ h
Respecto a la primera le informe que en el
Momento que me sacaron las luces de aviso para parar estaba en la autopista y que en cuanto llegue al peaje y en zona segura de estacionamiento pare .
Respecto al asunto del pinganillo , les pregunte que es lo que habian visto por evitar una confusion ya que yo no uso pinganillo al tener manos libres en el coche y que posiblemente cuando les adelante estaba tocándome o rascando mi oido y llevaba una goma naranja y negra en la mano.
Les invite por lo tanto a que hicieran una revision dentro del vehículo a lo que el GC me indica que no es necesario.
Seguidamente y despues de informarme de las presuntas sanciones me indica que “si tengo prisa” que me envian la sancion a mi casa.
Les indico que no tengo ninguna prisa y que hagan lo que estimen oportuno.
Arranque por lo tanto y continue mi camino.
La pregunta:
Salvo la accion del radar movil que me sanciona por ir a 143 km/
Es posible recurrir y realizar un pliego de descargo por las otras dos presuntas infracciones por considerar que ambas estan dentro de una duda razonable, sobre todo aquella en la que considero que se excede en su autoridad al imputarme un hecho que se observa desde una distancia li suficientemente amplia como para no tener una seguridad completa para ver si llevo puesto un auricular?
Apostillando e invitando de manera energica ademas para que dicho Agente de la GC revise mi vehiculo y pueda verificar que llevo unicamente manos libres..
Me gustaria por favor como debo actuar al respecto.
Me sorprende la alegría con la que se lanzan a sancionar sin tener la plena certeza del hecho como acabo de exponer en estas palabras
Estimado Pablo, todas las supuestas infracciones que comenta son perfectamente defendibles. En estos casos, aunque los agentes de autoridad gocen de presunción de veracidad, principalmente, se ataca la falta de pruebas aportadas para respaldar la denuncia, por lo que el desarrollo del procedimiento dependerá de las pruebas que pueda aportar el organismo en ese sentido. Lamentablemente, es bastante común este modus operandi por parte de los agentes. No dude en ponerse en contacto con nuestro departamento jurídico una vez le notifiquen las respectivas denuncias. Un saludo
Hola.pare un minuto en un paso d peatones para darle ami hija dinero q estaba en una cafetería en frente cuado la policía me fuse q no me mueva q tengo q darle los datos q me multan. Le digo q no estado ni 1 minuto me dise q nada q m multa y me he negado a firma l muta .Eso puede ser asi?
Estimada Amalia;
En relación a la consulta que nos plantea, el hecho que nos detalla es constitutivo de sanción conforme al artículo 40 de la LSV, pero ello no implica que la misma sea contraria al principio de proporcionalidad y de presunción de inocencia, además, el agente deberá acreditar con pruebas fehacientes la comisión de la infracción.
Por lo que desde Pyramid Consulting, le recomendamos que en caso de que reciba en su domicilio la notificación, nos la remita para que desde el departamento jurídico presentemos las alegaciones oportunas para tratar de evitar el pago de la multa y dejarla sin efecto.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
Un abrazo y feliz día!!!
Buenos días .
El otro día había partido del Getafe y te suelen poner conos para que no pasen los coches…pues bien como siempre yo me metí por los conos y nada más meter el coche me paro porque el agente me para y empieza a decir que estoy ciego ..que no veo que no se puede pasar etc…yo le digo que vivo en el primer edificio y voy a meter el coche al garaje que siempre me dejan pasar, y empieza a decirme que si es que soy automático como el coche es decir que me faltó el respeto.
Ante la negativa y mala situación creada doy marcha atrás y me marcho a dar la vuelta…no me pidió documento alguno y me dijo de manera amenazante estás DENUNCIADO!!
En la dennuncia me quita 4 puntos por según el…No respetar la señal del agente creando peligro…circular en carril contrario señalizado con balizas mientras circulan vehículos en sentido contrario.
Todo falso ya que solo había conos para no entrar a la calle y no había balizas delimitando carriles…y por supuesto yo estaba parado justo en la entrada de la calle pasado los conos y no bajaban coches y menos aún por mi carril ya que esa calle es de dos carriles.
Estimado Francisco Javier,
Con relación a su consulta comentarle que nos debería de remitir la multa para poderla estudiar y ver las posibilidades de recurso. Es muy importante que nos la remita dentro de los primeros 20 días desde la fecha de denuncia para poder presentar alegaciones. En el recurso solicitaremos varias pruebas, entre otras el informe de rectificación del agente denunciante.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenos días.
Recibo notificación de denuncia por estacionar en doble fila, la calle en la que estacioné se indica correctamente, pero en el número los agentes cometieron un error, distando bastantes metros el lugar del estacionamiento respecto al indicado en la denuncia…
¿Hay posibilidades de alegar por este formal en la denuncia?
Estimado Francisco,
Sí, podemos presentar alegaciones y solicitar pruebas. Si el boletín se lo entregaron en mano, disponemos de 20 días para presentar alegaciones.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!