La pegatina medioambiental debe ir en la esquina inferior derecha del parabrisas
Algunos la recibieron por correo hace tiempo. Otros, han ido a Correos a por ellas, y algunos otros todavía no la tienen. La pegatina medioambiental es ya una realidad, pero lo que no está claro es si llevarla es obligatorio.
La DGT no ha dicho que llevar la pegatina medioambiental sea obligatorio, pero tampoco ha dicho lo contrario. Y es que ha dejado la decisión en las administraciones públicas, que decidirán si en cada término municipal es obligatoria para circular.
Entonces, ¿es obligatoria la pegatina medioambiental?
Si bien, como decíamos, la DGT no ha dicho que sea obligatoria, sí ha dicho que es recomendable. Su función sería, en principio, facilitar la labor de las autoridades si fuese necesario.
No obstante, algunos municipios ya han estipulado cómo debe usarse en sus límites. Así, en Madrid va a haber que llevarla obligatoriamente a partir del próximo 24 de abril. Tendrá que ir adherida en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. Si el vehículo no tuviera parabrisas, como puede ser el caso de una moto, tendría que ir en otra zona igualmente visible.
En Madrid será obligatoria desde el 24 de abril
Así pues, todos los vehículos que tengan derecho a etiqueta tendrán que llevarla dentro de Madrid a partir del 24 de abril. Y es que no hay que olvidar que hay otros vehículos que no la tienen: diésel matriculados antes de 2006, gasolina antes del 2000, vehículos de más de ocho plazas y los destinados al transporte de mercancías comercializados a partir de 2005… en total, se estima que unos 16 millones de vehículos.
Los vehículos sin pegatina medioambiental no podrán circular en la M30 y su interior si está activado el Escenario 2 del Protocolo por Alta Contaminación. En el Escenario 3 no podrán hacerlo en todo el municipio.
La ordenanza de Madrid
Todos estos detalles están recogidos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible para la ciudad de Madrid. Afecta a todos los vehículos a motor, incluyendo las motocicletas.
El caso de Barcelona es distinto. Y es que si bien en la Ciudad Condal hay también protocolos con restricciones, no hay obligación de llevar visible el distintivo.
La sanción por no portar la pegatina conlleva multas de hasta 100 euros, al ser consideradas de tipo ‘leve’. Si bien por el momento solo es obligatorio llevarla para circular por Madrid
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No lo acabo de entender… En Barcelona decís que no es obligatoria, pero inmediatamente comentáis que las sanciones por no llevarla es de 100 €. ¿Os referís a Barcelona o a Madrid?
Buenos días, Francisco:
Actualmente sólo es obligatoria en Madrid. Por eso, a partir de finales de este mes las sanciones serán de hasta 100 euros.
En Barcelona, como decíamos, no es obligatorio.
Saludos
Si no está activada la alerta por contaminación se puede entrar en la m 30 sin pegatina?
Buenos días, Óscar:
Si al vehículo no le corresponde pegatina, por ser diésel anterior a 2006 o gasolina anterior al 2000, sí podrá circular. Tal y como dice, tendrá que ser siempre y cuando no se haya activado ningún protocolo de contaminación.
A la zona que no podrán acceder nunca es a Madrid Central, ni siquiera aparcando en un parking.
Un saludo
Entonces basta con llevarla, o es necesario colocarla en el limpiaparabrisas.
En qué arrículo de la Ordenanza lo exige ? Po qué desde el 24 de Abril?
Buenas tardes, Miguel:
El artículo 6 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible para la ciudad de Madrid indica expresamente que todo vehículo que circule o estacione en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deberá exhibirlo. Por tanto, es obligatorio llevarlo en el parabrisas.
La citada Ordenanza entró en vigor el 24 de octubre de octubre de 2018 si bien la Disposición Transitoria Primera establecía la obligación de exhibir el distintivo ambiental a los 6 meses de la entrada en vigor de la ordenanza, de ahí el 24 de abril de 2019.
Saludos