La obligatoriedad de la prueba de alcoholemia
Si nos encontramos un control y los agentes así lo ordenan, estaremos obligados a someternos a la prueba de alcoholemia. Esta obligación se extiende también a la segunda prueba.
La negativa a realizar la segunda prueba de alcoholemia, después de haberse sometido voluntariamente a la primera, también constituye el delito de desobediencia. Así viene tipificado en el artículo 383 del Código Penal.
Y así lo determina también el Supremo. Así, en una sentencia del 11 de julio resuelve un asunto que había generado dudas en numerosas Audiencias Provinciales.
Los controles de alcoholemia
Según este precepto, los conductores estarán obligados a someterse a la prueba de alcoholemia siempre que así lo requiera un agente de la autoridad. Y es que así podrán comprobar cuál es la tasa de alcoholemia del conductor en cuestión, así como si cuenta con presencia de drogas en su organismo.
Y es que la ley establece cuidadosamente los derechos con los que cuenta quien se somete a la prueba. Y, claramente, no está entre ellos el de negarse a la segunda medición.
En la sentencia del pasado mes, se aclaraba el recurso presentado por un conductor. Éste había sido condenado por conducir bajo los efectos del alcohol, así como por un delito de negativa a someterse a la prueba de alcoholemia. Y es que, después de dar 1,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, decidió no someterse a la segunda prueba.
La sentencia
Así pues, ante el recurso, el tribunal provincial mantuvo la condena por el primer delito, pero anuló la que corresponde al artículo 383 del Código Penal. No ha ocurrido lo mismo con el Tribunal Supremo, que si bien considera que no es igual de grave negarse a la segunda prueba que a la primera, también matiza que negarse a la segunda también tiene consecuencias penales.
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Anulan multa de alcoholemia por no adjuntar los tickets del etilómetro
No habrá multas por drogas sin pruebas posteriores de laboratorio
HOLA
SI TIENES EN LA PRIMERA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA 0,62 Y EN LA SEGUNDA 0,59.
CUAL ES LA QUE VALE????
Buenos días Margari,
Han de tener en cuenta la segunda prueba realizada, debiendo mediar entre ambas un mínimo de diez minutos.
Muchas gracias,
Saludos.
Es obligatorio que hagan la prueba de contraste .porque a mi me dijeron que era delito y no contrasraron
Si entre la primera prueba y la segunda han pasado 8 minutos y no 10 podría recurrirse la multa? Muchas gracias
Estimado Rubén, efectivamente tiene que haber pasado un tiempo mínimo de 10 minutos entre prueba y prueba, por lo que te recomendamos que nos remitas la sanción para que podamos defenderte de la mejor manera posible.
Un saludo
Hola buenas, aver si me podéis ayudar.El otro día tuve un accidente con el coche,el otro vehículo dio positivo el alchol en la primera prueba pero la segunda dio pero no se pasó, la segunda prueba se la hicieron después de más de dos oras eso es legal? Aver si me podéis ayudar gracias
Estimado Pedro,
Deberá esperar la Diligencias que se instruyan derivadas del accidente. En principio es bastante raro que dejaran transcurrir un lapso de tiempo tan amplio, pues la ley lo que establece es un tope mínimo de espera pero lo sitúa en 10 minutos entre la primera y la segunda.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas noches,
He dado positivo en un control de alcoholemia dando 1’2. Nunca había dado positivo y me sometí a la prueba las dos veces, sin renegar en ningún momento de mis actos. ¿Qué sanción podría tener? Dentro de las 3 que marca el Código Penal, cual es la más apropiada además de la perdida del carnet de conducir. Sé que si se reconocen los hechos se puede rebajar la sentencia 1/3.
Un saludo.
Estimado Aaron,
Al haber superado la tasa de alcohol de 0,60 en aire se considera que existe un delito por conducción bajo los efectos de alcohol, y le citarán para un juicio rápido. Para poder analizar su caso, sus circunstancias y poder evaluar su caso concreto precisamos que se ponga en contacto con nosotros. Estamos a su disposición para poder asesorarle correctamente.
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Hola,ayer me hicieron dos pruebas,la primera me dio 0.43 y la segunda 0.51.
Me dijeron que me tendrian en cuenta la mas baja,y oara mi sorpresa he tenido una sancion de 6 puntos y mil euros de multa,esto es normal?a nivel normativo se tiene en cuenta la segunda?
Estimado David,
La Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida establece que, para los casos de mediciones en pruebas de alcoholemia, el resultado del ciclo de medida se tendrá en cuenta la menor concentración medida de las dos medidas correctas.
En su caso afectaría a la graduación de la sanción, por lo que le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para valorar el boletín de denuncia que le entregaron los agentes en el momento de hacerle la prueba. Igualmente, tendremos que revisar los tiquets que le entregaron en día de la denuncia para comprobar las mediciones. Se solicitarán, entre otras pruebas, los certificados de revisión del etilómetro y los certificados de ensayo del mismo que acrediten que se han aplicado correctamente los márgenes de error a los resultados de la medición.
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Hola. Estoy en tu misma situación…. 0,47 la primera y la segunda 0,54.
En boletín de denuncias me llega 500 y 4 puntos y ágora que recibo la multa 1000 euros y 6 puntos.
Ahora de policía local me mandan a oficina recaudatoria, de ahí al jefe de sección de multas…
Estimado Francisco.
A fin de poder darle el mejor asesoramiento le invitamos a que envíe lo que ha recibido para su valoración por nuestro gabinete jurídico. No obstante apuntar que si el alcoholímetro marca una cifra superior a 0,50 mg/l y hasta 0,60 mg/l, la multa asciende a 1.000 euros y se pierden seis puntos. Como la segunda medida supera ese límite se gradúa conforme a dicho nivel. No obstante a efectos de recurso deberá acreditarse la aplicación del margen de error, que puede suponer que dicha medición quedase por debajo de esa cifra y por tanto su graduación sea inferior.
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¿Es válida la prueba de alcoholemia si solo se hace una determinación?
A mi hija le hicieron una sola determinación y en el atestado aparecen dos determinaciones, una de 0.89 y la segunda de 0.85.
¿Hay alguna posibilidad de que con estos datos (¿irregularidades?) se considere nula la prueba?
Estimado Alberto,
La ley exige que se realicen dos pruebas y que entre una y otra medie al menos 10 minutos. Con el resultado arrojado en el caso de tu hijo, entendemos que os han incoado un procedimiento penal por ello. Por lo que, para poder intentar invalidar la medición puedes contactar con nosotros para que estudiemos tu caso y buscar la mejor solución.
Quedamos a tu disposición.
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Buenos dias,
Tuve un accidente yo solo, no hubo ningun perjudicado, el coche se quedo fuera de la carretera. Me hicieron un control de alcoholemia y di 0,56 y el segundo 0,61. No me entregaron tcket de las pruebas. Me dijeron que me llamaria el juzgado para un juicio rapido. Es normal que las dos pruebas las hagan con el mismo alcoholimetro? y De estos parametros debemos descontar el porcentanje de error del alcoholimetro?. Con lo cual no llegaria a 0,60 y seria multa grave me imagino y no seria juicio rapido en el juzgado.
Gracias de antemano
Estimado Antonio,
Sí las dos pruebas se realizan con el mismo etilómetro, teniendo en cuenta que la prueba de alcoholemia te la realizan tras haber tenido un accidente, aunque no se haya visto implicado más que tu vehículo, al amparo del artículo 379.2 del Código Penal pueden incoarte un procedimiento penal aunque no alcances la tasa de 0,60, pues lo que se castiga es la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Una vez te citen para juicio rápido, si lo deseas, puedes contactar con nosotros a fin de que te asesoremos y defendamos en dicho procedimiento y verifiquemos si procede o no la incoación de procedimiento penal o en su caso velemos por tus intereses.
Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración que precises.
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Hola buenas quería preguntar si soy conductora de más de 2 años, en la primera prueba me dio 0,24 y en la segunda 0,26 puedo recurrir? Porque el etilometro tiene margen de error y pudieron haberme multado por 0,1 o 0,2 de diferencia siendo fallo. Gracias
Estimada Margarita,
Para conocer los márgenes de error admitidos en los alcoholímetros, hay que acudir primero a la Orden ICT/155/2020. Su Anexo XIII regula los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado. A su vez, el Apéndice IV de este Anexo regula el procedimiento técnico para la verificación de etilómetros, que a su vez reenvía a la Recomendación OIML R-126. (La OIML es la Organización Internacional de Metrología Legal).
Se distingue entre alcoholímetros de uso inicial o después de verificados; y los alcoholímetros operativos. Par los primeros, el margen de error es de 0,02 mg/litro ó 5% del valor de referencia de la concentración de masa, cualquiera que sea mayor; para los segundos 0,03 mg/litro ó 7,5% del valor de referencia de la concentración de masa, cualquiera que sea la mayor.
Como se constata, es una regulación muy técnica y que contempla distintas variables. Te aconsejo que te pongas en contacto con nuestro Departamento Jurídico para estudiar específicamente tu caso.
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Buenas tardes. En control rutinario de una patrulla de motoristas el resultado del etilómetro (es lo que dice el tiket de la sanción) fue de 0.31. En la segunda prueba, a los 13 minutos el resultado fue igual. ¿Es normal que no haya variación entre una y otra?. ¿Existe alguna posibilidad de que el recurso saliera bien?. Gracias
Estimada María,
La variación en las muestras depende de cada caso si bien lo normal es que sí suela registrarse alguna variación a pesar de que normalmente siga dando cantidad sancionable. Con relación al recurso le recomendamos que nos vaya trasladando ya su boletín de denuncia, pues se pueden ir presentado alegaciones y solicitando las pruebas que tenga la Administración en su contra.
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Hola mi caso es distinto..me hicieron el control una vez que mi coche estaba aparcado en la puerta de mi casa y yo me disponía a entrar….la policía local me sometió a la prueba y di 0.50…luego unos minutos después en dependencias de la policía di 0.45…de hay solicite contraste de sangre…y ahí salío algo más de el equivalente a 0.60….que sanción me pueden poner?
Estimado Jesús,
Es oportuno indicarle que, si el alcoholímetro marca entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l, la sanción económica será de 500 euros y la perdida de cuatro puntos.
En caso de registrar una cifra superior a 0,50 mg/l y hasta 0,60 mg/l, la multa asciende a 1.000 euros y la pérdida de puntos es de un total de seis.
Por encima de los 0,60 mg/l estaría incurriendo en un delito penal con una posible condena de entre tres y seis meses de prisión, de seis a doce meses de trabajos en beneficio para la comunidad, y pérdida del permiso de conducir durante un período de uno a cuatro años.
Para valorar el fundo del asunto, le recomiendo ponerse en contacto con nuestro departamento, para que podamos ofrecerle la mejor defensa jurídica.
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De las dos pruebas que te hacen en un control cual es la que presentan y por la q te denuncian la mas baja o la mas alta
Estimado Paquito,
Ante un control de alcoholemia, si el resultado es positivo, se realizará una segunda prueba con 10 minutos de diferencia.
En estos casos, la sanción será impuesta por la que ofrezca un valor inferior.
Para un mayor análisis de su supuesto, por favor, póngase en contacto con nuestro Departamento Jurídico.
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hola, el otro día me paró la nacional, y me hicieron prueba de alcoholemia. di 0.58 y posteriormente llamaron a la local, me hicieron dos pruebas y di en las dos 0.66 . Es normal que se llame a la policía local para repetir la prueba? la sanción y la multa varía mucho.
Estimada Pepa,
No ofrece mucha información sobre lugar en que fue Vd parada y sometida a las pruebas de alcoholemia. La competencia en esta materia suele variar en función del lugar en el que se produzcan lo hechos, puede ser la G Civil de Tráfico o la Policía Municipal, si los hechos se producen en un determinado ámbito municipal. Nos tendría que enviar su denuncia para valorarla y analizar motivos de impugnación, en todo caso tanto con uno como con otro valor, la conducta es sancionable con 6 puntos y un importe económico de 500 euros que puede alcanzar los 1000 en caso de ser reincidente.
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Cual de las 2 pruebas con el alcoholímetro es la que cogen en la denunca la que menos da o la que mas da?
Gracias
Estimado Paquito,
Ante un control de alcoholemia, si el resultado es positivo, se realizará una segunda prueba con 10 minutos de diferencia.
En estos casos, la sanción será impuesta por la que ofrezca un valor inferior.
Para un mayor análisis de su supuesto, por favor, póngase en contacto con nuestro Departamento Jurídico.
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Hola tengo una duda si te hacen la primera prueba de alcoholemia , y la segunda prueba te la hacen al cabo de 1 hora y 12 minutos es válida?
Estimado Jordi,
Entendemos que las multas por alcoholemia pueden ser recurribles por distintos argumentos, en especial al impugnar las pruebas que posiblemente puedan existir y la manipulación incorrecta de las muestras tomadas. Por tanto, si cree que fue sancionado indebidamente, le recomendamos contactar con nuestro departamento jurídico para verificar las posibilidades de recurso en su caso concreto.
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Buenos días, me pararon en un control y me hicieron las dos pruebas con alcoholímetro, no con el etilómetro, no me enseñaron ni me entregaron el ticket donde indica el grado de alcohol. Esto es legal?
gracias
Estimado José Manuel,
En las pruebas de alcohol, se realizan dos pruebas con unos minutos de diferencia y la denuncia va en función del grado más bajo con respecto a aire espirado. Si le facilitaron boletín de denuncia, por favor, remítanoslo para su valoración por parte del Departamento Jurídico.
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Hola tras realizar una prueba de alcoholemia en la segunda prueba tras más de 6 intentos y 20 minutos el aparato no funcionaba y me reclaman que me negue a hacer la segunda prueba cuándo eso no fue así y viene especificado que se intentó hacer mas de 20 minutos la prueba,es eso legal?
Estimado Juan,
En las pruebas de alcoholemia no debe haber un intervalo de tiempo de, como mínimo, 10 minutos entre una prueba y otra; por lo que le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para valorar las cuestiones de su caso con mayor exactitud.
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