La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este martes una nueva prórroga para acceder a Madrid Central.
Situación extraordinaria por el Covid-19
Las circunstancias agravadas por la excepcional situación socioeconómica derivada de la Covid-19 han precipitado esta decisión. El objetivo de satisfacer las necesidades del tejido social y productivo de la ciudad. Se amplía la validez de todos los permisos extraordinarios que se concedieron el año pasado para determinados supuestos. Finalizaban el próximo 31 de diciembre.
Desde el 1 de enero se procede nuevamente a la modificación del anexo I del acuerdo de 29 de octubre de 2018 de la Junta de Gobierno. En él se desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central del artículo 23 de la OMS.
La vigencia se mantendrá hasta que se apruebe la modificación de la ordenanza. Posteriormente se determinará la regulación de todos los casos ahora exceptuados.
Supuestos ampliados
Mantiene los horarios de acceso a Madrid Central previstos para los vehículos de empresas y profesionales que presten servicios, entreguen o recojan suministros en el área restringida.
Permite el acceso a las motocicletas, ciclomotores y triciclos con los que se prestan servicios de mensajería y reparto a domicilio. Siempre dentro de la franja de 7:00 h a 23:59 h.
Podrán seguir entrando y saliendo de Madrid Central los turismos sin etiqueta de aquellos comerciantes del área. También los de los trabajadores cuya hora de inicio o de fin de la jornada esté comprendida entre las 00:00 h y las 6:30 h.
Los vehículos que accedan a los talleres de reparación ubicados en la zona de bajas emisiones se incluyen en la moratoria.
Se añaden los vehículos de abogados del servicio de guardia del turno de oficio que tengan que llegar a las comisarías de Policía en Centro y Retiro.
Entrada de los DUM según Masa Máxima Autorizada, periodo y etiqueta
Los vehículos de Distribución Urbana de Mercancías (DUM), servicios comerciales y profesionales podrán acceder dentro de las siguientes franjas horarias(foto adjunta). Siempre en función de la Masa Máxima Autorizada (MMA), el periodo y la categoría ambiental del vehículo.
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