Madrid prohibirá circular por el centro
El próximo verano va a cambiar mucho las zonas de circulación de Madrid. Y es que el Ayuntamiento va a eliminar todas las plazas azules del distrito Centro, creando una nueva APR. Tampoco se podrá circular por sus vías, excepto los residentes.
Sólo quedan unos meses para seguir viendo plazas azules de aparcamiento en el centro de Madrid. Desde verano todas serán verdes, es decir, para residentes.
Éste será el primer paso para convertir todo el centro en nueva nueva gran Área de Prioridad Residencial (APR). Ésta será conocida como Madrid Central, funcionará unos meses después de lo previsto.
Justo después de verano
Las estimaciones hablan de después de las vacaciones de verano. Será entonces cuando todas las plazas azules de aparcamiento se conviertan en plazas reservadas para residentes. Así ocurrirá en la zona delimitada por las siguientes calles: Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, paseo de Recoletos, paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover, además de Gran Vía.
La zona azul comenzará a desaparecer en primer lugar de los barrios de Malasaña y Chueca. Allí unas 700 plazas de aparcamiento pasarán del azul al verde. Le seguirán Las Vistillas, la Latina y Conde Duque.
Las restricciones de las APR
Tal y como ha ocurrido con las otras APR, cuando ésta esté en marcha sólo podrán circular por ella los residentes, las motos, los coches de cero emisiones, autobuses de la EMT, taxis y VTC y vehículos de carga y descarga.
A través de estas restricciones, el Ayuntamiento de Madrid quiere mejorar la calidad del aire. Así, lograría cumplir los protocolos europeos sobre calidad del aire.
No obstante, lo que aún no se sabe es cómo se redistribuirá ese tráfico. Y es que cabe la posibilidad de que todos los vehículos que hasta ahora pasaban por ahí busquen una solución por el mismo camino, provocando el mismo problema en otro punto de la capital.
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¿Qué es una APR? No lo has puesto en tu reportaje.
Buenos días, D:
Tal y como pone en el tercer párrafo, son las Áreas de Prioridad Residencial. Esto quiere decir que sólo pueden circular por su interior residentes y algunas excepciones, como los vehículos eléctricos.
Saludos
Los vehículos de carga que ya tienen el apr les vale o ay que sacar uno nuevo para estas zonas
Estimado Javier:
El titular de un vehículo industrial o comercial que quiera realizar operaciones de carga y descarga en las Áreas de Prioridad Residencial tiene que solicitar una autorización de acceso para su vehículo.
Asimismo, el interesado que desea realizar carga y descarga en las calles peatonales de las Áreas de Prioridad Residencial, tiene que solicitar una autorización específica, indicando la relación de calles para las que solicita la autorización.
A tal efecto, el interesado tiene que remitir una instancia al Departamento de Régimen Jurídico del Contrato Integral de Movilidad sito en la calle Bustamante 16, planta baja, indicando que es titular de un vehículo industrial o comercial con el que desea realizar operaciones de carga y descarga en las (APR) y acompañando la correspondiente documentación acreditativa.
Tramitada la autorización, el interesado recibe a través del correo electrónico o del teléfono móvil un número de PIN con el que a partir de ese momento puede dar de alta o baja los vehículos industriales o comerciales que tiene en propiedad, renting o leasing.
En los casos en los que tiene que adjuntar documentación para el alta de un vehículo, la autorización queda en trámite hasta que la documentación es revisada por la Administración, y una vez autorizada o denegada el interesado recibe una comunicación con la autorización o denegación.
La autorización de acceso del vehículo en propiedad del interesado tiene una vigencia de cinco años.
Si el vehículo está en régimen de renting o leasing, la vigencia de la autorización de acceso se establece en función de la duración del contrato de renting/leasing.
El interesado puede dar de baja la autorización de acceso en cualquier momento, así como dar de alta cuantos vehículos tenga en propiedad, renting o leasing.
Saludos