Nuevas restricciones en el centro de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid quiere mejorar la calidad del aire en la capital. Por eso, ha ido avanzando en algunos aspectos, limitando la circulación en determinadas zonas. Ahora, los vehículos sin distintivo ambiental no podrán
Madrid continúa con las Áreas de Prioridad Residencial (APR). Ahora, le ha llegado le turno a la zona centro. Con esta nueva medida, el Ayuntamiento quiere reducir la emisión de contaminantes en un 40%.
Además de las limitaciones a la circulación por la ampliación de las zonas APR, el consistorio también duplicará el espacio para aparcar motos. A eso hay que sumarle que a partir de noviembre no podrá acceder al centro ningún vehículo sin distintivo ambiental.
Madrid contra los vehículos antiguos
Así pues, desde noviembre ningún vehículo, ni coche o moto, que no tenga el distintivo podrá acceder a Madrid Central. Esto supone que si son gasolina de antes del 2000 o si son diésel de antes de 2006, se verán afectados por las nuevas restricciones.
Esto supone entre el 17 y el 20% del parque circulante de la capital, según el Ayuntamiento. Según la DGT, sería hasta el 38% del parque móvil en toda la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, si no pertenecen a los residentes los vehículos con etiquetas B, C y Eco, podrán acceder al centro solo si se dirigen a un aparcamiento privado en la zona. Los Cero Emisiones, en cambio, podrán circular libremente.
Otra gran novedad es que las motos sin etiqueta tampoco podrán entrar. Y eso a pesar de que este nuevo plan está pensado para facilitar la circulación de los vehículos de dos ruedas, para los que se ha aumentar las plazas de aparcamiento. En concreto, los metros lineales en la calzada para estos vehículos pasarán de los 1.276 actuales a 2.693.
El cambio en noviembre
A partir del mes de noviembre desaparecerán, así pues, las zonas azules, dando paso a las reservadas para residentes. Así ocurrirá en la zona delimitada por las siguientes calles: Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, paseo de Recoletos, paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover, además de Gran Vía.
No obstante, durante unos meses sólo será a título informativo. A partir de febrero se empezarán a tramitar las multas.
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Cómo librarse de las multas en zonas APR
Me gustaría saber si me pueden aclarar un duda con respect al tema de los distintivos. Cuando dicen que no podrán acceder los vehículos sin el distintivo, ¿se refieren a que se debe llevar físicamente la pegatina? ¿O serán los agentes quienes tengan que acceder via telemática a la base de datos para corroborar si la tienen antes de multar?
Hola, José Manuel:
La mención a los distintivos en este caso es meramente formal, no siendo, actualmente, preciso disponer de ellos de físicamente. No obstante el Ayuntamiento de Madrid está valorando la posibilidad de exigir su presencia a bordo del vehículo.
Saludos
Mi duda es si los vehículos de antes del 2000 de gasolina, no tienen distintivos, que pasa con los matriculados en el año 2000, lo tienen que llevar o no.
Estimado Eugenio, si su vehículo es de gasolina y matriculado en el año 2000 le corresponde el distintivo ambiental de tipo B. La DGT indica que su colocación es recomendable, por lo que no obliga a su colocación en el parabrisas, no obstante algunas Ciudades con competencias en movilidad obligarán a llevar el distintivo en los episodios de contaminación (en el caso de Madrid) para poder autorizar el paso al centro urbano.
Un cordial saludo