¿Se trata de una nueva norma de la que no estábamos enterados? Ahora el hecho de reducir velocidad por la inminente presencia de un radar, también es motivo de multa de tráfico. Un nuevo ejemplo de recaudación basado en multas ridículas.
La persecución de los agentes de tráfico, en determinadas ocasiones parece no tener límites con los conductores. El hecho de existir cifras concretas que marcan una buena productividad mensual, puede convertirnos sin quererlo, con cualquier acción banal, en objeto de multas de tráfico. La última sanción polémica ha llegado a un conductor por reducir la velocidad ante la llegada de un radar.
En el texto de la sanción, que se ha convertido en todo un fenómeno viral, se especifica textualmente que la multa se debe a «Reducir considerablemente la velocidad del vehículo sin advertirlo previamente al percatarse de que el vehículo a adelantar es el radar. No se notifica por tomar otra dirección«.
El criterio del agente para multar
Llegados a este punto, se tendría qué concretar qué aspectos cuentan en su mano los agentes para poder determinar a ciencia cierta que la reducción de velocidad ha podido poner en peligro al resto de vehículos, ¿tienen algún sistema homologado para demostrar que esa frenada ha puesto en peligro al resto de usuarios? ¿Las luces no son un claro indicativo de reducción de velocidad? ¿no sería adecuado verificar en todo caso la correcta distancia de seguridad del resto de vehículos? Una clara comprobación de que se multa en función del criterio del agente.
Un nuevo ejemplo de multas de tráfico con fines recaudatorios de los que nos hemos hecho eco anteriormente. Haz clic si estás interesado en ver otros ejemplos similares.
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