Multas por infracción grave
No circular por el carril derecho está considerado una infracción grave. Como sólo se contempla utilizar el izquierdo para adelantar, estas conductas están penadas con multas de 200 euros.
Hay muchos conductores que, permanentemente, circulan por el carril izquierdo. Tanto es así, que la DGT afirma que en vías de dos carriles, sólo el 60% utiliza el derecho. No obstante, con la ley en la mano, el carril izquierdo sólo debería utilizarse para adelantar. Y quienes no lo hagan, podrán recibir multas en contraprestación.
Así, en el Reglamento General de Circulación aparece estipulado en el artículo 31. Este dice lo siguiente: «se circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga’.
La circulación correcta
Tal y como hemos visto, lo correcto es circular, siempre que sea posible, por el carril derecho. Haciéndolo así, el izquierdo sólo se utilizaría para realizar adelantamientos y, una vez finalizados, volver al carril derecho.
Y es que de no hacerlo así, no sólo nos exponemos a multas. Es que además circular por el carril izquierdo provoca retenciones, frenazos y alcances.
Adelantamientos por la derecha
Ni tanto, ni tan calvo. Ni circular siempre por la izquierda, ni tampoco y a toda costa por el derecho. Tanto es así, que quien adelante por el carril derecho, también se expone a multas de 200 €. Así queda tipificado en el artículo 83 del Reglamento General de Circulación.
Así pues, si queremos adelantar a otro vehículo mientras circulamos por el carril derecho, deberemos cambiarnos al izquierdo, adelantar, y volver al carril derecho.
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La Guardia Civil me da el alto. ¿Qué hago?
Me ha llegado una multa hoy 23 dell 11 de 200 euros por articulo 31 por ir en un carril diferente del derecho. No me fue notificada en el acto según la notificació por que el agente estaba formulando otra denuncia en el momento de observar la infraccion.
No recuerdo los hechos por que ocurrió en 6 de julio, pero me parece díficil que en una autopista estuviera entorpeciendo el tráfico ya que suelo ir cerca o a la velocidad máxima permitida, Quisiera recurrir la multa, pero no sé que es lo que debería alegar ante la misma.
Buenos días Antonio,
Si nos deja su teléfono, una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para explicarle el procedimiento más detalladamente.
Un saludo.