Multas por el nuevo límite de velocidad
El pasado 29 de enero de 2019 entró un nuevo límite de velocidad para las carreteras convencionales. Este nuevo límite se aplicaba a las carreteras convencionales, con un carril por sentido y sin desdoblar.
El límite cambió de 100 km/h a 90 km/h y se vieron afectadas 10.000 km de carreteras que cambiaron su límite de velocidad.
El principal motivo de este cambio fue reducir los accidentes con víctimas mortales porque el 75% de estos se producen en carreteras convencionales.
Desde que entró en vigor esta medida se adaptaron todos los radares y, apenas dos meses después, están llegando las primeras multas a los infractores. Se cree que por esta medida podrían triplicar la recaudación.
¿Qué sanciones están llegando por el cambio?
Desde que se empezó a multar llegarán las multas de la siguiente forma:
– Exceder la velocidad entre 91 y 100 km/h: 100 euros.
– Exceder la velocidad entre 101 y 120 km/h: 100 euros (como anteriormente pasaba).
– Exceder la velocidad entre 121 y 130 km/h: 300 euros y dos puntos.
– Exceder la velocidad entre 131 y 140 km/h: 300 euros y dos puntos.
– Exceder la velocidad entre 131 y 140 km/h: 300 euros y dos puntos.
– Exceder la velocidad entre 141 y 150 km/h: 400 euros y cuatro puntos.
– Exceder la velocidad entre 151 y 160 km/h: 500 euros y 6 puntos.
– Exceder la velocidad a partir de 161 km/h: 600 euros y 6 puntos.
Aún así el margen de error se sigue manteniendo a 7 km/h en radares móviles en las vías con límite inferior a 100 km/h y el de los radares fijos a 5 km/h.
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