La mascarilla en desplazamientos en coche
Ya ha comenzado la Fase 0, con la que empieza la desescalada. Ha traído muchos cambios, como la obligatoriedad de llevar mascarilla en algunos lugares. ¿Es el coche uno de ellos?
En esta fase de la desescalada se han visto ya muchos cambios. Estos afectan a la movilidad, al número de personas que pueden viajar en un vehículo, a los comercios… Y a las mascarillas. Y es que desde el lunes es obligatorio utilizarlas en el transporte público.
En concreto, lo recoge la nueva Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo. En ella se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte. Y es que no obliga solo a utilizar la mascarilla en el transporte público, sino también en algunos casos en el privado.
Condiciones para viajar en coche
Hasta ahora, solo podía viajar una persona en cada fila de asientos, a ser posible en posición cruzada. Además, todos debían llevar mascarilla. Con la nueva normativa, estas condiciones han cambiado.
La nueva orden ministerial permite que dos personas viajen por fila de asientos en los vehículos particulares. Eso sí, se mantiene la obligatoriedad de la mascarilla, así como guardar la máxima distancia entre ocupantes.
1. “En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes”.
2. «En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes”.
3 «En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor”.
[woorousell id=»49056″]¿Me pueden multar por conducir con mascarilla?
Está claro que su uso es obligatorio siempre que además del conductor haya algún pasajero en el interior del vehículo. Pero es importante tener claro que no utilizar la mascarilla correctamente también nos puede llevar a encontrarnos con una multa.
Y es que el Reglamento General de Circulación considera una falta leve todo lo que impida «la liberta de movimientos en el conductor, el campo necesario de visión y se pierde la atención permanente a la conducción». Por ello, es importante llevarla bien colocada, de forma que no interfiera en la visión.
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Ya pueden viajar dos personas en el coche
Una familia de 3 personas, que se encuentra confinada en una segunda residencia desde el 15/3/20 y quiere desplazarse a su residencia habitual en granada, santa fé, puede hacerlo? Estamos en la costa y tenemos una furgoneta de 3 plaza en una línea, uno de los miembros es un niño de 13 años. Y el padre tiene que trabajar el día 11, ya posee comprobante de la empresa.
Buenos días, Marisa:
Al tratarse de un desplazamiento por motivos laborales y para el retorno al lugar de residencia familiar, y disponiendo de justificante de la empresa, sí pueden hacerlo, aunque se encontrasen en diferente provincia. Así lo recoge el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo que prorroga el estado de alarma. En cuanto a la forma de hacerlo, la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo establece que en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla.
Saludos
Estoy en Zaragoza, desde el 15 de marzo, necesito viajar a La puebla de Hijar, provincia de Teruel, por cita médica el 5de junio ,en traumatologia! Puedo hacerlo? Y después, puedo volver a Zaragoza de nuevo o me tengo que quedar en la Puebla, que es mi domicilio habitual?
Me gustaría, que me respondieran a mis preguntas
Buenos días José Ramón,
El movimiento entre provincias, por regla general, no está permitido entre Zaragoza y Teruel. No obstante, si es por motivos médicos, y lo puede acreditar, sí que puede desplazarse y volver al domicilio desde el que se haya desplazado. Aunque le recomendamos, salvo que pueda acreditar que se ha desplazado desde Zaragoza y que ha pasado allí toda la cuarentena, quedarse en la Puebla, en Teruel, al ser su domicilio habitual.
Muchas gracias.
Un saludo,