Todo lo que necesitas saber sobre Madrid Central
Como hemos mencionado anteriormente hoy, 30 de noviembre, entra en vigor Madrid Central. Esta nueva iniciativa quiere lograr que todo el centro de Madrid sea una zona de bajas emisiones para que los ciudadanos de Madrid disfruten de un aire más puro y saludable.
Madrid Central, como su propio nombre indica incluye toda la zona centro de Madrid. Hasta la fecha habían zonas llamadas APR por las que no se podía circular que incluían las zonas de Letras, Ópera, Cortes y Embajadores. Estas zonas con Madrid Central han aumentado a los barrios de Sol, Universidad, Cortes, Embajadores, Justicia y Palacio. Estas zonas estarán señalizadas con señales horizontales y verticales además de una doble línea roja.
En todo el perímetro que rodea Madrid Central estará permitida la circulación como puede apreciarse en el mapa.
Existen varias excepciones dentro de Madrid Central por las que habrá libre circulación como: calle Santa Cruz de Marcenado (de calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá); calle Mártires de Alcalá (de calle Santa Cruz de Marcenado a calle Alberto Aguilera); avenida Gran Vía de San Francisco; calle Bailén; calle Algeciras; Cuesta Ramón; calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria); y calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa).
Por otro lado, si hablamos de los coches que podrán circular dentro de Madrid Central, sólo lo podrán hacer los coches que dispongan de cero emisiones o ECO, habiendo excepciones como las personas de movilidad reducida, residentes servicios de seguridad y emergencias o los coches C o B que vayan a parkings públicos o privados.
Si dispones de un vehículo de carga y descarga deberás informar y darte de alta en el Ayuntamiento. Esta opción está disponible desde el 29 de octubre. Por otro lado, si eres residente y viene alguien de visita está la opción desde el 28 de noviembre de pedir las invitaciones para autorizaciones puntuales.
Otras excepciones que podemos incluir son, las de dejar o recoger a los niños en el colegio. El centro educativo deberá pedir la identificación de todos esos padres y pedir permisos al ayuntamiento a partir del 8 de enero. Antes de esa fecha el acceso está permitido.
Otra excepción será los que tengan una plaza de garaje alquilada en Madrid Central. Los propietarios de dicha plaza deberán dar de alta al arrendatario.
Por último,si dispone de una moto con etiqueta 0 emisiones, ECO o pertenece a los grupos de excepción podrá acceder a Madrid Central. En cambio, si su etiqueta es C o B podrá acceder a Madrid Central de las 7 horas hasta las 22 horas.
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Una de la dudas que tengo es si por ejemplo puedo circular sin llegar a entrar por las Rodas (Segovia, Valencia. Toledo, etc) así como por el Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Plaza de Colon, es decir circular por las las calles que lo delimitN.
Buenos días Eugenio,
En principio, por las vías que sirven de perímetro podría circular, pero siempre sin efectuar los giros, que lleven al interior de la zona, sí los que realice al exterior de la misma.
Un saludo.