Cómo ayudar en un accidente
Si en un momento dado vemos un accidente, tenemos el deber de dar auxilio. Pero para eso es importante saber qué tenemos que hacer, para al tiempo que ayudamos no ponernos en peligro.
Los 10 primeros minutos después de un accidente de tráfico son fundamentales para salvar la vida a los heridos. Por eso, existe un protocolo a seguir en esas situaciones. La palabra clave es PAS.
Estas 3 letras tienen un significado claro: Proteger, Avisar y Socorrer
El protocolo PAS
Si somos testigos directos de un accidente, debemos actuar inmediatamente. Lo primero que debemos hacer es Proteger. Una vez cubierto eso, podremos proceder a Alertar y a Socorrer.
Proteger
Este punto hace referencia a los heridos, al lugar del accidente y a nosotros mismos. Lo primero es velar por la seguridad, por lo que debemos:
– Detente cuando sea posible, en un punto que no te ponga en peligro.
– Para ello, el coche debe quedar fuera de la calzada y en la zona transitable del arcén, siempre que sea posible. Es importante apagar el motor.
– Antes de bajarte del coche, ponte el chaleco reflectante.
– Señaliza la zona. Enciende la señal de emergencia, independientemente de que sea de día o de noche. Los triángulos deben estar a un mínimo de 50 metros del lugar del accidente, para que sean visibles a 100 metros.
– Ilumina la zona.
– No toques nada. Esto es especialmente importante si hay muertos o heridos graves.
– Acércate a los heridos para saber cuál es su estado, pero no te pongas en peligro.
– Recuerda que no puedes sacar a los heridos del coche si no hay podido salir. Si es imprescindible, asegúrate de hacerlo como si fuese un bloque rígido, manteniendo alineado el eje cabeza-cuello-tronco.
– No traslades a los heridos. Eso deben hacerlo los profesionales.
Avisar
El punto anterior está directamente relacionado con este. Y es que hay que dejar en manos de profesionales la atención.
Lo primero que debemos hacer una vez protegida la zona es llamar al 112.
En esa llamada habrá que dar datos fundamentales para la atención a los heridos. Así, habrá que identificarse y dar una localización del lugar del accidente lo más exacta posible. Por tanto, habrá que informar de carretera, punto kilométrico y sentido, o mediante referencias.
También es importante informar del número de heridos y su gravedad, estado, características y número de vehículos implicados. También es posible que nos pregunten datos de los vehículos, como la marca y modelo.
Socorrer
Finalmente, llegará el momento de socorrer. En este punto, lo primero hay que saber qué no hay que hacer.
– No hay que dar bebida ni comida a los heridos. Ni siquiera agua.
– Si el accidentado es un motorista, no hay que quitarle el casco.
– En ningún caso hay que dar medicamentos a los heridos, ni tampoco cremas o pomadas.
Con respecto a lo que sí hay que hacer, hay que tener claros los siguientes puntos:
– Hasta que lleguen los servicios de emergencia, debemos observar la situación de los heridos. Si hay víctimas inconscientes, con dificultad respiratoria grave o con hemorragias masivas, serán a los que más atención prestemos.
– Evita que muevan el cuello. Es la zona que más afectada puede verse.
– Si tienen alguna prenda que les apriete el cuello o les impida respirar, aflójalas.
– Tapa a los heridos para que no pierdan calor. Es importante hacerlo incluso en verano.
– Evita que anden o que se muevan demasiado. Deben esperar a los servicios de emergencia.
La omisión del deber de socorro
El Código Penal contempla como delito la omisión del deber de socorro. Así, en el artículo 195 dice:
1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
2. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.
3. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses.
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