La “nueva normalidad” conlleva restricciones a la circulación de vehículos de transporte de mercancías
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comunicado que a partir de esta semana volverán las restricciones a la circulación de vehículos dedicados al transporte de mercancías.
Con la llamada “nueva normalidad” vuelven las restricciones en el sector del transporte profesional.
Hasta el momento, no había restricciones al encontrarnos en una situación excepcional como es, el estado de alarma.
¿Cuáles son las restricciones?
Según informa la DGT en un comunicado de prensa, estos vehículos no podrán desplazarse a determinadas horas y días.
El objetivo es conseguir una mayor seguridad, así como un mejor control de movilidad en carretera.
No obstante. estas restricciones a la circulación de vehículos empiezan con el fin del estado de alarma y serán efectivas los fines de semana.
También habrá restricciones en operaciones concretas de tráfico. Este tipo de restricciones se publican una vez al año en el BOE.
Los vehículos que tienen restricciones
- Vehículos de transporte de mercancías, en general.
- Aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas por calendario y según tramos de vía.
- Los vehículos especiales, así como aquellos que necesitan una autorización complementaria para poder circular.
Este es el caso de los vehículos que superen las dimensiones permitidas, debido a sus características.
La DGT agradece al transporte profesional su labor
Además, en su página web, la DGT agradece a los trabajadores del transporte profesional la labor desempeñada durante el estado de alarma.
El trabajo de estos profesionales ha sido crucial para mantener el abastecimiento de la población sin problemas.
Por otra parte, hay que lamentar la pérdida de 23 profesionales en accidentes de tráfico.
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