Restricciones a la movilidad por el aumento de contagios en la Comunidad de Madrid

Restricciones a la movilidad en Madrid: zonas confinadas

Imagen de Europa Press

Como consecuencia del incremento de contagios en la Comunidad de Madrid, habrá restricciones a la movilidad en las zonas de mayor incidencia del virus.

La semana pasada, el Gobierno de la Comunidad de Madrid comunicó las nuevas restricciones de movilidad y los territorios a los que afectaría.

¿Cuándo comienzan las restricciones?

Las restricciones a la movilidad serán efectivas a partir de hoy y se extenderán durante 14 días. Esto afectará a 37 localizaciones de Madrid.

Una vez transcurrido este tiempo, el Gobierno tendrá que valorar si continúan con las mismas o no, eso dependerá del número de casos registrados.

Las zonas confinadas de Madrid

A continuación, vamos a conocer las zonas que tendrán que cumplir con las nuevas restricciones de movilidad.

Madrid (hay 26 áreas afectadas)

  • Carabanchel (Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba)
  • Usera (Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín)
  • Villaverde (San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales)
  • Villa de Vallecas
  • Puente de Vallecas (Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny)
  • Ciudad Lineal (Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa).

Los Municipios de Madrid afectados

  • Moraleja de En medio
  • Humanes de Madrid
  • Getafe (áreas sanitarias de Las Margaritas y Sánchez Morate)
  • Fuenlabrada (áreas de Alicante, Cuzco y Francia)
  • Parla (áreas de San Blas e Isabel II)
  • San Sebastián de los Reyes (zona de Reyes Católicos)
  • Alcobendas (zona de Chopera y Miraflores).

¿En qué casos está permitido hacer uso del vehículo?

Según informa Autopista, los desplazamientos permitidos son los siguientes:

  • Acudir al trabajo o desplazamientos por motivos laborales. También para regresar al domicilio habitual.
  • Desplazamientos a los centros de educación.
  • Utilización del vehículo en caso de emergencia, para acudir al hospital o cetro de salud.
  • En el desplazamiento de personas vulnerables o dependientes.
  • En caso de tener que hacer un examen o prueba oficial.
  • Si tienes que renovar tanto el permiso de conducción como residencia.
  • En caso de tener cita en los juzgados. También para ir al banco.

¿Qué pasa si tengo que pasar con mi vehículo por alguna de las zonas afectadas y no vivo allí?

Por otro lado, en caso de tener que pasar por una de estas zonas, no supondría ningún problema siempre y cuando no sea el lugar al que nos dirigimos.

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