A inicios de 2025 contaremos con un nuevo Reglamento General de Circulación de la DGT que traerá importantes novedades. Te contamos todas las novedades.
¡Estos son los nuevos límites de alcohol y de velocidad que va a aprobar la DGT!
Tras meses de rumores y filtraciones, la cuenta atrás definitiva para la implementación en España de un nuevo Reglamento General de Circulación ya ha comenzado. La DGT lo ha confirmado a través de sus canales oficiales e incluso la agencia Servimedia ha tenido ya acceso en exclusiva al primer borrador de un cambio de normativa que deberá aprobarse mediante un nuevo Real Decreto.
En concreto, el primer paso ya está dado: la modificación del Reglamento General de Circulación inició la semana pasada su fase de audiencia e información pública, con el objetivo de ser inmediatamente después aprobada ya en Consejo de Ministros con el objetivo de entrar en vigor previsiblemente a inicios de 2025. Y, si nada cambia por el camino, conoceremos pronto oficialmente importantes novedades a través de un paquete de medidas en el que la DGT asegura que lleva tres años trabajando.
La DGT rebajará hasta un 30% la tasa máxima de alcohol en conductores noveles y profesionales
Una de ellas será sin duda una rebaja en la tasa de alcoholemia… aunque no para todos los conductores. Al mismo tiempo que la DGT ha iniciado una agresiva campaña con el lema “Solo 0 tiene 0 consecuencias”, alertando de que el 29% de los accidentes mortales está relacionados con el alcohol, que es la segunda causa de fallecimientos, el debate de momento no lleva a prohibir el consumo tajantemente al volante, pero sí a llevar a cabo nuevas acciones.
La DGT va a rebajar la tasa de alcohol para conductores noveles y profesionales.
Cuando el texto se aprueba, este quedará fijado en solo 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre como máximo (la tasa hoy es de 0,30) o de 0,10 si se mide en miligramos por litro de aire espirado (la tasa hoy es de 0,15). Hablamos de una rebaja de más del 30% en la tasa máxima permitida.
Además de esta actuación, la DGT ya ha confirmado que efectuará más controles de alcoholemia y que ya trabaja en cambios normativos que permitirán poder llegar a prohibir grupos de WhatsApp y de difusión por cualquier otro medio (como Telegram o aplicaciones) de controles y avisos de policía en carretera, con el objetivo de que no puedan desvelarse los controles de alcohol.
Pero no va a ser esta la única gran novedad que estrenará la modificación del Reglamento General de Circulación
Junto a medidas de las que ya se llevaba largo tiempo hablando y que ahora se confirman, como la posibilidad de que las motos ya puedan circular por los arcenes en situaciones de atascos o congestión circulatoria, de que quedará prohibida la circulación por el carril izquierdo en situaciones de nevada para dejar paso a las máquinas quitanieves y a los servicios de emergencia, y de que los patinetes eléctricos solo podrán ser conducidos por mayores de 16 años y siempre con casco, una nueva norma de adelantamiento ha sorprendido a todos los conductores.
La DGT obligará a adelantar a ciclistas a menos velocidad: hasta 20 km/h por debajo de los límites
Y es que la reforma del RGC que ya prepara el Gobierno contempla también, en su objetivo de proteger a los usuarios más vulnerables de las vías, la obligatoriedad de que cualquier conductor que adelante en carretera a ciclistas tenga que hacerlo como máximo a 20 km/h de velocidad por debajo del límite máximo establecido en esa vía, dejando por supuesto siempre una separación lateral mínima de 1,5 metros y debiendo hacer, en algunos supuestos aún no detallados, incluso un cambio completo de carril.
La DGT cambia también las normas para los ciclistas y para que los coches les adelanten
Esta medida supone en la práctica que si circulas por una vía con límite de 90 km/h, no podrás superar en ningún caso los 70 km/h al adelantar a ciclistas. Y si la carretera tiene limitación de 70 km/h, deberás hacerlo por debajo de los 50.
Además, para favorecer también la utilización de la bicicleta en entornos urbanos, la DGT va a aprobar que los ciclistas puedan rebasar ya a los vehículos de motor legalmente por la derecha o por la izquierda en ciudad, así como que, en calles con un único carril y limitación de velocidad de 30 km/h puedan circular en sentido contrario a los coches legalmente. La polémica, en estos casos, creemos que está ya servida.
Fuente y foto: autopista.es
Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:
¿Un nuevo impuesto de circulación y propiedad de coches en España?
¿Se puede adelantar por la derecha sin que te multe la DGT?
¡Nuevo radar indetectable que pone 12 multas en hora y media!
Recent Comments