La nueva Ley sobre Tráfico distingue varias casuísticas de multas en las que las consecuencias económicas son mucho más cuantiosas.
Las multas por consumo de alcohol o drogas y causar daños en la vía, están duramente castigadas
Foto: lasprovincias.es
Según la Dirección General de Tráfico (DGT), en 2020 las distracciones fueron por quinto año consecutivo el factor concurrente más frecuente en accidentes de tráfico mortales, seguidas del consumo de alcohol y la velocidad. A pesar de ser infracciones que se repiten año tras año, muchos conductores siguen jugándosela cada día sin tener en cuenta las consecuencias que pueden provocar, no solo a ellos, sino a todos los usuarios de la vía.
Las infracciones de tráfico se sancionan en función de su gravedad, clasificándolas en multas leves (máximo 100 €), graves (máximo 200 € y 3 puntos) y muy graves (máximo 500 € y 6 puntos). Sin embargo, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial distingue varias casuísticas en las que las consecuencias económicas son mucho más cuantiosas.
Consumo de alcohol al volante
1.000 euros
Conducir con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas. Esta sanción únicamente se impondrá al conductor que ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.
Recordemos que la tasa máxima de alcohol para conductores noveles y profesionales es de 0,15 mg/l en aire espirado, para el resto de conductores es de 0,25 mg/l. Dependiendo de la cantidad de alcohol que llevemos en sangre las consecuencias serán más o menos graves.
Eso sí, si superamos los 0,60 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años) la infracción se convierte en delito y el conductor será condenado “con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un a noventa días, y, en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”, establece el artículo 379.2 del Código Penal.
No someterse al test de alcoholemia y drogas
1.000 euros
Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía, cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
Conducir con inhibidores de radares
6.000 euros
Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Alteración de la señalización
De 3.000 a 20.000 euros
La retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional de la vía.
Causar daños a la vía
De 3.000 a 20.000 euros
Causar daños a la infraestructura de la vía, o alteraciones a la circulación debidos a la masa o a las dimensiones del vehículo, cuando se carezca de la correspondiente autorización administrativa o se hayan incumplido las condiciones de la misma, con independencia de la obligación de la reparación del daño causado.
No hay que olvidar tampoco que las consecuencias pueden ir más allá del aspecto económico si el conductor ha llegado a poner en un serio compromiso la seguridad vial del resto de usuarios, pudiendo ser castigado con la pena de cárcel.
Además de las multas económicas, las infracciones pueden acarrear la pérdida de puntos del carnet
Estas son las acciones al volante con pérdida de puntos más frecuentes;
Exceso de velocidad: de 2 a 6 puntos
Alcohol u otras drogas: de 4 a 6 puntos
Uso de dispositivos móviles: 3 puntos. No obstante, el anteproyecto de Ley que presentó el Gobierno contempla aumentar a 6 puntos la infracción por usar el móvil al volante
No usar casco o no hacerlo correctamente: 3 puntos
Cinturón y sistema de retención infantil (SRI): 3 puntos
STOP y semáforo en rojo: 4 puntos
No respetar la distancia de seguridad: 4 puntos
Carril prohibido o sentido contrario: 6 puntos
No respetar la prioridad de paso de ciclistas / peatones en los pasos debidamente señalizados: 4 puntos
Recuerda que, si pierdes todo el saldo de puntos, ya sea de una vez o por haber cometido varias infracciones, perderás tu derecho a conducir.
Fuente:lavanguardia.com/motor
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