Hemos podido ver informaciones en las que se asegura que te pueden multar por llevar un ambientador en el espejo retrovisor del coche, ¿existe esa sanción?
¿Existe una multa de la DGT por llevar un ambientador o adornos en el espejo retrovisor del coche?
Foto: neomotor.epe.es
En primer lugar, conviene aclarar que no existe una multa específica por llevar un ambientador colgado en el espejo retrovisor del coche. Y esto mismo ocurre en lo relativo a conducir en chanclas, o sin camiseta, etc. como ya hemos explicado en más de una ocasión.
No hay una multa específica, pero si que te pueden sancionar
Este tipo de conductas no se trata de infracciones que estén recogidas como tal en el Reglamento General de Circulación (RGC), pero eso no significa que los agentes no puedan llegar a sancionarte (aunque no es lo habitual). De hecho, pueden multarte si se basan en algún artículo de la Ley que analizamos a continuación.
¿Cuándo me pueden multar por llevar un ambientador en el coche?
Llevar un ambientador en el espejo retrovisor del coche sí está permitido; como también lo está colgar del retrovisor una cinta, un crucifijo, etc. Sin embargo, cualquier elemento que coloquemos colgado del espejo de retrovisor debe cumplir siempre la misma regla: no impedir que el conductor tenga buena visibilidad de la carretera.
De esta forma, si el ambientador que colgamos del espejo retrovisor es muy grande e impide la visibilidad, los agentes de Tráfico nos pueden sancionar en base a lo que dice el artículo 19 del Reglamento General de Circulación (RGC) que hace referencia a la visibilidad en el vehículo.
Según el artículo 19, en su apartado 1:
«La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. Únicamente se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias. No obstante, la utilización de láminas adhesivas en los vehículos se permitirá en las condiciones establecidas en la reglamentación de vehículos. La colocación de los distintivos previstos en la legislación de transportes o en otras disposiciones deberá realizarse de forma que no impidan la correcta visión del conductor».
Multas de 200 euros
Por lo tanto, y aunque no es probable, si un agente de Tráfico cree que el ambientador que llevas en el espejo retrovisor de tu coche ocupa gran parte de tu campo de visión y te impide una correcta visibilidad de la vía, puede ponerte 200 euros de multa.
Y esta misma sanción, aplicando el citado artículo 19, te pueden poner si llevas dentro del coche algún objeto que tape tu visibilidad de la carretera o, como señala la Ley, alguna pegatina, cortinilla, etc. que dificulte tu visión.
Fuente: autofacil.es
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